Definitivamente Firme como ha quedado la Sentencia, de fecha 11-03-2003, dictada por el Juzgado Segundo de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, mediante la cual se CONDENÓ al penado SIMÓN ANTONIO GUERRA LUGO, ya identificado, a cumplir la pena de: SEIS (06) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión del Delito de: HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 455 ordinal 5 del Código Penal Vigente, cuya sentencia condenatoria definitivamente firme cursa a los folios 28 al 38, ambos inclusive; quien se encuentra detenido, según acta policial cursante en el folio 09 de la pieza I, desde la fecha:17-01-2001, en su primera detención, hasta el día que fue puesto en libertad, en fecha 08-04-2002, fecha de otorgamiento de una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, que riela a los folios 136 y 137, por lo que a esa fecha tiene Pena Cumplida de UN (01) AÑO, DOS (02) MESES Y VEINTIDOS (22) DIAS DE PRISIÓN; y en su segunda detención según act.....