Este Tribunal Cuarto de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA CON LUGAR la solicitud Fiscal y DESESTIMA LA DENUNCIA formulada por la ciudadana ARELIS MERCEDES CORTEZ GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.461.842, residenciada en Urbanización Cantarrana, Sector La Sabana, callejón Manzanares, casa s/n, Cumaná, Estado Sucre, en razón que el hecho denunciado, de conformidad con la norma que lo tipifica, es enjuiciable a instancia de parte agraviada mediante acusación ante el Tribunal competente.-