este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo establecido en el articulo 330 numeral 6 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal CONDENA al ciudadano FRANCISCO JAVIER AILLÓN ORTIZ, quien es Venezolano, nacido en fecha 15-10-1988, de 20 años de edad, Cédula de Identidad Nº 19.980.241, de estado civil soltero, de profesión u oficio indefinida, hijo de Francisca Antonia Ortiz y Lourdes Aillón, domiciliado en Campeche, Sector I, Calle 03, casa Nº 31, Cumaná, Municipio Sucre, Estado Sucre, a cumplir la pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por estar incurso en la comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece como fecha provisional que la.....