Este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal, del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, Decreta;
PRIMERO: Se SUSTITUYE LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD que pesa sobre el adolescente OMISIS, venezolano, de 13 años de edad, natural de Carúpano, nacido en fecha 09-08-96, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.835.061, hijo de Rosmary del Valle Márquez Hurtado y Ricardo Fernández, estudiante, residenciado en el Sector Barrio Sucre, calle El Cautaro, casa s/n, Carúpano Estado Sucre, por las medidas de LIBERTAD ASISTIDA e IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA, contenidas en el articulo 620 Literales “D” y “B”, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, por el lapso de sanción que resta por cumplir el cual es de DOS (02) MESES Y DIECISIETE (17) DÍAS, siendo la fecha de vencimiento el 13 de Abril de 20.....