Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Penal De Primera Instancia Estadales Y Municipales En Funciones De Control Nº 01 del circuito judicial penal del estado sucre, extensión Carúpano administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA: LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 45 y 46 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a favor del Ciudadano ALFONZO COVA MANUEL ANTONIO, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.124.845, nacido en fecha 17/01/1989, de 24 ños de edad, de profesión u oficio obrero de Georgina Cova y Pedro Alfonzo, y domiciliado en santa Eduviges II, Avenida Circunvalación Sur, Calle San Francisco, Casa Nº 19, Carúpano, Estado Sucre, por la comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, en grado de tentativa, previsto y sancionado en el articulo 07 de la ley s.....