procede a CONDENAR al acusado: GERINO JOSE LATTAN, quien dijo ser venezolano, natural de Guiria de la Costa, de 21 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.201.546, de oficio Pescador, nacido el 02-10-1990, hijo de Neris del Valle Lattan y padre desconocido, domiciliado en: Guiria, La Antena, Casa Nº 82, casa de la señora Carmen, cerca del puentecito de hierro, Guiria, Estado Sucre, por la comisión de los delitos de: POSESION ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el articulo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, ROBO A MANO ARMADA AGRAVADO, tipificado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: Ninoska Antonia Zabala y William José Cedeño; FALSA ATESTACION ANTE FUNCIONARIO PUBLICO, tipificado en el articulo 320 del Codigo Penal, en perjuicio del Estado Venezolano; ASOCIACIÓN PARA DELINQUIR, tipificado en el articulo 6 de la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del Esta.....