este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la ley DECRETA, de conformidad con lo establecido en los artículos artículo 236, numerales 1, 2 y 3; y artículo 251, numerales 2 y 3, todos del Código Orgánico Procesal Penal; la Privación Judicial Preventiva de Libertad del imputado Javier José Narváez Rodríguez, de 28 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 21.096.135; soltero, nacido en fecha 04-01-1985, hijo de Ángel Narváez y Carmen Rodríguez; y residenciado en Punta Colorada, Casa S/N, cerca del Bar, Araya, Municipio Cruz Salmerón Acosta; por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Intencional en Grado de Frustración, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, en relación con los artículos 80, último aparte, y 82 ejusdem; y Agavillamiento Agravado, previsto y sancionado en el artículo 288, del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Eu.....