Este Tribunal Primero de Juicio, que pese a que se han fijado tres oportunidades para la constitución del tribunal mixto, éstas no han podido ser efectivas, debido a que en ellas no han asistido el quórum de escabinos exigidos por la ley, e igualmente consta en autos, que ellos no hayan sido debidamente notificados en su domicilio y de manera personal, según consta a los folios 122, 123, 124, 125, 126, 127 y 141 de la segunda pieza; debe constar la efectiva citación de los escabinos, y de las actas se evidencia que el único escabino que efectivamente fue citado y está haciendo acto de presencia en este tribunal es el ciudadano Luís José Díaz Benítez, es decir, de tal suerte, que el mencionado extremo no está dado, Si bien es cierto que el tribunal debe garantizar el debido proceso y la tutela judicial efectiva; también es cierto que de las resultas que constan en autos que se desprende de las mismas han sido negativas, considera el tribunal agotar una nueva convocatoria para el a.....