Por los fundamentos de hecho y derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA MEDIDA DE PROTECCIÓN solicitada por la Fiscal Superior del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, la cual consistirá, funcionarios adscritos al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Sucre con sede en ésta ciudad de Carúpano, presten RECORRIDOS POLICIALES PERMANENTES, por el lapso de SEIS (06) MESES, por la vivienda que funge como domicilio de la ciudadana LISMAR SALAZAR, venezolana, titular de las cédula de identidad Nº 24.753.853, de 19 años de edad, soltera en concubinato, de oficios del hogar, teléfono 0416-780.01.85, domiciliada en la cuarta calle de Charallave, Sector Quebrada de Carata, casa s/n de zinc, al lado de la Iglesia del sector, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, siendo necesario su resg.....