Por los razonamientos antes expuestos es por lo que este Tribunal Tercero De Control Del Circuito Judicial Penal Del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, ACUERDA La DECLINATORIA DE COMPETENCIA de la presente causa, al Juzgado Tercero de Control, extensión Barlovento, del estado Miranda, Según Expediente Nro. C-2280-09, de fecha 09/02/2015, por el delito de Violencia Física, y acuerda otorgar la libertad, vito la entidad del delito que se le sigue al ciudadano JULIO CESAR YENDIZ GONZALEZ, de 36 años de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 17.213.734, de facha nacimiento 13/01/1980, soltero, oficio Carpintero, natural de Cumaná Estado Sucre, residenciado en La Llanada, sector Brisas del Valle, Autopista Antonio José de Sucre, Casa Nro. 02, al lado de la Bloquera de Melecio Millán, de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre, teléfono 0416-084-16-61, imponiéndolo de la obligación de que acuerda al tribunal de la causa a r.....