Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: SE DECLARA ADMISIBLE el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado WILFREDO EMILIO DANIA GALAVIS, Fiscal del Ministerio Público en Materia de Drogas del Segundo Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, contra sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Juicio del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, publicada en fecha 01 de Abril de 2005, mediante la cual ABSOLVIÓ a los acusados PEDRO FRANCISCO SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.888.999, residenciado en la urbanización Bello Monte, Primero de Mayo, Casa S/N, Carúpano, Estado Sucre, RONNY JOSÉ LÓPEZ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 19.455.640, residenciado en Cerro Corea, casa S/N, C.....