Este Tribunal Primero de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida contra GUERRA CORDOVA JHONNY: venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad nº 11.442.540, residenciado en el Valle, casa s/n, Carúpano, Estado Sucre; y RIVERA RAMOS WILLIAMS: venezolano, mayor de edad, indocumentado, residenciado en la calle 4, casa s/n, Carúpano, Estado Sucre; Notifíquese.