REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE CUMANÁ
JUZGADO SEGUNDO DE CONTROL
Cumaná, 24 de Mayo de 2005
195° y 146°


Visto el escrito de fecha Veinticuatro (24) de mayo del año dos mil cinco (2005), presentado por la Fiscal Segundo del ministerio Público de esta circunscripción Judicial Abg. Esleny Muñoz donde solicita se le conceda la Libertad Inmediata del ciudadano LUIS VICENTE GUEVARA PÉREZ, mediante el cual expone “…El ciudadano Luis Vicente Guevara Pérez, el día 07-04-05 fue absuelto en el juicio llevado en su contra más aún sin embargo, no se había dejado sin efecto, la solicitud emanada del tribunal Quinto de Control, en consecuencia, esta representación fiscal solicita la Libertad Inmediata del precitado ciudadano…”. Seguidamente este Tribunal Segundo de Control, antes de decidir observa: Previa revisión del presente asunto se evidencia que en el mismo no existen elementos de convicción para estimar que el ciudadano LUIS VICENTE GUEVARA PÉREZ, titular de la Cédula de identidad nro V-16.313.391, está incurso en la comisión de hecho punible alguno en base a la siguiente consideración: Previa revisión del sistema juris 2000, se pudo verificar que el ciudadano Luis Vicente Guevara Pérez, plenamente identificado en autos, fue absuelto en juicio oral y público, celebrado en fecha 07-04-05 por ante el Juzgado primero de juicio de este Circuito judicial Penal, a cargo del Dr. Juan Chirino Colina y de los escabinos o jueces legos Maribel Robles y Alexis José Gutiérrez, por la presunta comisión del delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código penal en perjuicio del ciudadano Julio César Fuentes. Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control, actuando en nombre de la Republica y por Autoridad de la ley con fundamento en el articulo 44 y 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y de los artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda la Libertad Plena del imputado LUIS VICENTE GUEVARA PÉREZ, venezolano, de 20 años de edad, soltero, sin oficio definido, titular de la Cédula de identidad nro V-16.313.391, residenciado en el Barrio Buena Vista, Sector la Quinta San José, Casa S/N de esta ciudad de Cumaná Estado Sucre. En consecuencia se acuerda librar boleta de libertad y junto con oficio remitirse a la Comandancia General de la Policía de este Estado a los fines de su ejecución. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público en su oportunidad legal. Quedan las partes notificadas de la presente decisión, de conformidad al Art. 175 del Código Orgánico Procesal Penal. Es Todo”.Terminó, se leyó y conformes firman siendo las 4:45 de la tarde.
El Juez Segundo De Control

Abg. Oscar Eduardo Henríquez




La Secretaria De Guardia

Abg. ODILMARYS SOFÍA MARTÍNEZ PÉREZ.