Por las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, de conformidad con lo establecido en el Articulo 358 del Código Orgánico Procesal Penal, a los imputados ciudadanos SANTIAGO ALEJANDRO GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del estado Sucre, de 19 años de edad, nacido en fecha 28/09/1994, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 22.924.276, de oficio estudiante, hijo de Santiago González y Petra González y residenciado en: Calle Peralta, centro, casa Nº 53, cerca del centro comercial Caribe Mall, Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre y RICARDO JESUS BASTARDO CORTEZ, venezolano, natural de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, de 18 años de edad, nacido en fecha 25/12/1995, de estado civil soltero, tit.....