Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al ciudadano DANIEL ANTONIO CASTILLO CRESPO, venezolano, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 12.739.752, de profesión u oficio albañil, de 34 años de edad, nacido en fecha 15-04-74, hijo de Daniel Castillo, y Elizabeth Crespo y domiciliado en: San Martín, Barrio Bolívar, Calle Rivas, Casa Nª 3, del Estado Sucre, y expone, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Inhabilitación política por el tiempo que dure la pena principal y la sujeción a la vigilancia a la autoridad por una quinta parte del tiempo que dure la pena, por la comisión del delito de 470 del Código Penal, establece para el delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, todo de conformidad con l.....