en virtud de lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Cajigal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la acción de DIVORCIO, intentada por los ciudadanos, Vicente Plaza y Santa Felicidad Lopez de Plaza, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad números V-5.861.647 y V- 6.807.457, respectivamente, domiciliado el primero en el Alto de San Pedro Parroquia Libertad, Municipio Cajigal del Estado Sucre y la segunda en la ciudad de Rio Seco, Alto de San Pedro Parroquia Libertad, Municipio Cajigal del Estado Sucre, quedando así en consecuencia, Disuelto el vinculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Libertad, Municipio Cajigal del Estado Sucre, en fecha 28 de Noviembre de 1.975, según acta Nro 11, del libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante la mencionada Prefectura, todo de conformidad con lo establecido en el A.....