este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE la PRETENSIÓN MERO DECLARATIVA incoada por la ciudadana MERCEDES MARÍA FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-2.655.416, representada judicialmente por los abogados en ejercicio JESÚS REAL MAYZ, GABRIELA PATIÑO y LUIS SALVADOR GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 33.439, 74.299 y 138.858, respectivamente; contra el ciudadano EDGAR JOSÉ ZAPATA FOUCAULT, titular de la cédula de identidad N° V-523.504, representado judicialmente por el abogado en ejercicio LUIS MANUEL MOTA CODALLO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 11.276; única y exclusivamente en lo que respecta a la inexistencia de derechos sobre el bien .....