Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Condena: al ciudadano Deivis José Velásquez, de nacionalidad venezolana, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 19 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 25.557.008, de profesión u oficio Agricultor, nacido el 15-10-1983, hijo de Simón Barceló y de Vidalia Velásquez, y residenciado en la Calle Principal, Casa S/N, Caserío Caño de Ajíes, El Pilar, Municipio Benítez del Estado Sucre; a cumplir la pena de tres (03) años de prisión, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 31 en su tercero y último aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el .....