En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE CON SEDE EN CARUPANO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano SIXTO JAVIER FERRER MARQUEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 5.860.430, en contra de la sociedad mercantil LA MANSION DEL PAN, C.A., Inscrita por ante el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Sucre, en fecha 16-03-94, bajo el Nº 119, folios 133 al 135, Tomo 44 de los libros respectivos.
Segundo: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y.....