DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto éste Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DESESTIMA la acusación interpuesta por el Ministerio Público en contra de la ciudadana YOLANDA JOSEFINA VILLALBA, venezolano, de 37 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio manicurista, nacida en fecha 10-06-1970, titular de la Cédula de Identidad N° 11.435.338, hija de Pedro Celedonio Rojas y Luisa Pastora Villalba Romero, con domicilio en Las Terrazas de la UDO, al lado de la UDO, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Actos Contrarios a la Decencia Pública, previsto y sancionado en el artículo 536 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Luis Enrique Freites Ayala; decretándose en consecuencia el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, todo de conformidad con lo establecido en el or.....