REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 6 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001233
ASUNTO: RP11-P-2005-001233
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por el Abg. JOSÉ LINO BENAVIDES , en su carácter de Fiscal Quinto E del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a VICTOR JOSÉ RONDÓN, por el delito de ABUSO SEXUAL EN NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 en su encabezamiento de la L.O.P.N.A, en perjuicio de OSBEL ALEJANDRO RIVAS AQUILERA, hecho ocurrido en fecha 22- 05-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal y 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, por estar llenos los requisitos de ley. Se estima que no es necesario fijar audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición. En conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Jueza Cuarto de Control
Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria
Abg. María Pereira
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PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 6 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001233
ASUNTO: RP11-P-2005-001233
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por el Abg. JOSÉ LINO BENAVIDES , en su carácter de Fiscal Quinto E del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a VICTOR JOSÉ RONDÓN, por el delito de ABUSO SEXUAL EN NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 en su encabezamiento de la L.O.P.N.A, en perjuicio de OSBEL ALEJANDRO RIVAS AQUILERA, hecho ocurrido en fecha 22- 05-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal y 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, por estar llenos los requisitos de ley. Se estima que no es necesario fijar audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición. En conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Jueza Cuarto de Control
Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria
Abg. María Pereira
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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 6 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001233
ASUNTO: RP11-P-2005-001233
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por el Abg. JOSÉ LINO BENAVIDES , en su carácter de Fiscal Quinto E del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a VICTOR JOSÉ RONDÓN, por el delito de ABUSO SEXUAL EN NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 en su encabezamiento de la L.O.P.N.A, en perjuicio de OSBEL ALEJANDRO RIVAS AQUILERA, hecho ocurrido en fecha 22- 05-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal y 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, por estar llenos los requisitos de ley. Se estima que no es necesario fijar audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición. En conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Jueza Cuarto de Control
Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria
Abg. María Pereira
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
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CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSIÓN CARUPANO
TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL
Carúpano, 6 de Marzo de 2008
197º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2005-001233
ASUNTO: RP11-P-2005-001233
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Visto el escrito presentado por el Abg. JOSÉ LINO BENAVIDES , en su carácter de Fiscal Quinto E del Ministerio Público del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, mediante el cual solicita a este Tribunal de Control, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a VICTOR JOSÉ RONDÓN, por el delito de ABUSO SEXUAL EN NIÑO, previsto y sancionado en el artículo 259 en su encabezamiento de la L.O.P.N.A, en perjuicio de OSBEL ALEJANDRO RIVAS AQUILERA, hecho ocurrido en fecha 22- 05-2001, de conformidad con lo establecido en el artículo 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que la acción penal se ha extinguido.
Por lo antes expuesto y previo análisis de la presente causa, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 108 numeral 5 del Código Penal y 318, ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 48, numeral 8° y 324 ejusdem, por estar llenos los requisitos de ley. Se estima que no es necesario fijar audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición. En conformidad con el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia se ordena notificar a las partes de la presente decisión. Remítase la causa a la Fase de Ejecución en su debida oportunidad. Líbrense las correspondientes notificaciones. Cúmplase.-
La Jueza Cuarto de Control
Abg. Lourdes Salazar Salazar
La Secretaria
Abg. María Pereira
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