Seguidamente este TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL Administrando Justicia, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, pasa a hacer el siguiente pronunciamiento: Declara SIN LUGAR la solicitud de la Defensa en lo que respecta a la medida cautelar sustitutiva solicitada a favor de la imputada GLENDYS DEL VALLE GÓMEZ, venezolana, nacida en fecha 29-01-1984, de 35 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.197.978, soltera, ama de casa, hija de Ubilma Gómez (difunta) y Juan González, residenciada en santa maría de Cariaco, Calle Comercio, Casa sin N°, al lado de la Farmacia Corazón de Jesús, Municipio Ribero, Estado Sucre, por cuanto considera quien aquí decide que no han variado las circunstancias que dieron origen a la imposición de la misma, y en el caso que nos ocupa la medida de privación judicial preventiva de libertad no puede ser razonablemente satisfecha con la aplicación de una medida menos gravosa, así mismo observa esta juzgadora que efect.....