Se revocan las medidas cautelares sustitutivas que le fueran impuestas y se ordena la ubicación y captura de dichos ciudadanos Franklin José Bravo, titular de la Cédula de Identidad N°. 17.214.140, quien reside en calle Corporiente, casa N° 25, detrás del liceo "Castro Machado", (familia Los Bravo), Cumaná, Estado Sucre y José Jesús Ruíz, titular de la cédula de identidad N°. 15.575.624, residente en Cascajal viejo, callejón INOS, casa N° 22, al lado del taller Álvarez, Cumaná, Estado Sucre, a quienes se les imputa el delito de HURTO ASGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 1° y 8° del Código Penal en concordancia con el artículo 77 ordinales 12 y 16 eiusdem, en perjuicio de la Empresa CANTV, y una vez aprehendidos, sean puestos a la orden de este Tribunal Tercero de Juicio, a los fines de dar continuidad al presente proceso; en consecuencia ofíciese lo conducente al Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Cri.....