Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del imputado: FULGENCIO DICARLO VILLALBA CALZADILLA; venezolano, natural de Guiria, Estado Sucre, de 32 años de edad, nacido en fecha 28-04-1980, soltero, de profesión obrero, residenciado en la calle La Miranda, Sector Las Malvinas, Casa S/N Municipio Valdez Estado Sucre, a quien se le imputa la presunta comisión HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEXANDER JOSE HERRERA MARCANO, todo de conformidad con lo establecido los artículos 250, numerales 1º, 2º y 3º; 251, numeral 2º, 3º y 5° y artículo 252, numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, desestimándose la solicitud de Medida Cautelar, solici.....