Con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara NO CULPABLE al ciudadano WILLY ESTEBEN HERNANDEZ GUITIERREZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 24.130.024, estado civil soltero, profesión u oficio indefinido, nacido en esta ciudad, en fecha 19-02-1995, hijo de Merly Coromoto Gutiérrez y William Hernández, residenciado en la urbanización la llamada, sector 02, a la altura del ambulatorio, Casa número 16, en esta ciudad de Cumaná Estado Sucre de la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el articulo 112 de la Ley para el control de Armas y Municiones, cometido en perjuicio del Estado Venezolano, y a dicho ciudadano WILLY ESTEBEN HERNANDEZ GUITIERREZ, titular de la cédula de identidad N° 24.130.024, ya antes identificado y al acusado, ciudadano KERVIN RAFAEL GO.....