REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE
EXTENSION CARUPANO
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO
Carúpano, 27 de mayo de 2014
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL: RP11-P-2009-002728
ASUNTO: RP11-P-2009-002728
SENTENCIA ABSOLUTORIA
JUEZA: ABG. LOURDES SALAZAR SALAZAR
FISCAL: ABG. MARALBA GUEVARA
DEFENSA: ABG. ELVIRA GOITIA
ACUSADO: BENANCIO JOSE MORAO
VICTIMA: SE OMITE EL NOMBRE DE LA VICTIMA POR DISPOSICIÓN LEGAL
SECRETARIA: ABG: MARIA JOSE MARTÍNEZ
Corresponde a este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, dictar el texto íntegro de la sentencia de conformidad con el artículo 107 de la Ley Orgánica Sobre los Derechos de la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con motivo del Juicio Oral y Privado realizado en contra del acusado BENANCIO ANTONIO MORAO, venezolano, de 50 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 5.861.044, nacido en fecha 04 de Mayo de 1959, de oficio: Educador, residenciado en Calle San Francisco, casa Nº 02, San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Actos Lascivos Agravados, previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, en perjuicio de la niña OMISSIS (se omite el nombre de la víctima por disposición legal) en base a las siguientes consideraciones:
HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETOS DEL JUICIO
La Fiscal Quinta del Ministerio Público Abg. Maralba Guevara, expuso:
“Buenos tardes a los presentes, ratifico en cada una de sus partes la acusación consignado por el ministerio publico por el Tribunal de Control en contra del ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, venezolano, de 50 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 5.861.044, nacido en fecha 04 de Mayo de 1959, de oficio: Educador, residenciado en Calle San Francisco, casa Nº 02, San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, donde se señala como presunto autor por la presunta comisión de los delitos Actos Lascivos Agravados , previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, en perjuicio de la niña OMISSIS, quien para el momento de los hechos tenia ocho (08) años de edad; en virtud de los hechos ocurridos en fecha 11/12/2009, en el salón de cuarto grado de la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, ubicado en San José de Aerocuar Municipio Andrés Nata, estado Sucre, el Imputado Venancio Antonio Morao, ejerciendo sus funciones, como Docente de aula, de dicha institución educativa, le dijo a la niña OMSSIS (su alumna), que le besara su pene, a lo cual esta no accedió, pero este toco sus partes intimas y una vez entrevistada la niña y realizada la evaluación psicológica así como las entrevista de testigos referenciales se concluye que el hoy acusado se encuentra incurso en los referidos delitos. Razón por la cual solicito a este tribunal, se ordene la apertura de la recepción de las pruebas y una vez evacuadas pueda el Ministerio Publico solicitar la sentencia a que haya lugar, demostrado como sea tanto los delitos acusados como la responsabilidad penal y que durante el transcurso del presente juicio sean valoradas las pruebas, ello a través de la máxima experiencia, así como de la lógica, y solicito se le preste atención a los mismos en su evacuación de testimonios, expertos y funcionarios actuantes en el procedimiento, a los fines de demostrar la culpabilidad, por lo cual esta representación fiscal presentó tal acusación, así como las pruebas solicitadas que fueran incorporada por su exhibición y lectura, solicito copia de la presente acta, es todo.
Por su parte el Defensor Publico Penal Abg. Jesús Maiz, expuso:
“Esta Defensa en nombre y representación de mi representado, del ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, a quien la ciudadana fiscal del ministerio publico le esta imputando los delitos de Actos Lascivos Agravados , previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, en perjuicio de la niña OMISSIS, hechos ocurridos en fecha 11/12/2009, en el salón de clases de cuarto grado de la escuela bolivariana Bernardo Bermúdez, ubicada en San José de Aerocuar, Municipio Andrés mata estado sucre, siendo esta la oportunidad procesal a los fines de llevarse acabo la presente audiencia oral y privada se demostrara durante la secuela del mismo que los hechos no ocurrieron en las circunstancia modo, tiempo y lugar en que fueron señalados por la representación fiscal, hechos estos que motivara a esta defensa a demostrar la inocencia del mismo, le tocara a la representación fiscal, demostrar fehacientemente con suficientes elementos de convicción que la conducta del justiciable se subsume dentro de la norma ya transcrita y una vez demostrada la inocencia del mismo esta defensa solicita una sentencia absolutoria, de no ser así solicito le sean aplicados la atenuante de ley. Solicito copia es todo.
El acusado BENANCIO ANTONIO MORAO al inicio del debate debidamente impuesto del precepto constitucional manifestó no querer declarar sin embargo luego de las conclusiones manifestó querer declarar arguyendo ser inocente de los hechos imputados en su contra.
En la conclusiones la Representante del Ministerio Público Abg. Maralba Guevara, a los fines de que exponga sus conclusiones y expuso:
“Por cuanto en el transcurso del debate la adolescente OMSSIS, manifestó que desde que comenzó las clases en 4to grado en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, durante el periodo 2009-2010, específicamente en el primer lapso del año 2009, es decir desde septiembre al 11 de diciembre del 2009, su maestro Benancio Antonio Morao, la ponía en frente de su escritorio dentro del aula de clases, cerrando la puerta, quedando ambos solos, sin permitirle salir a desayunar ni almorzar, ni a realizar las clases de deporte, aprovechando la soledad para que esta le tocara sus partes íntimas (el pene), siendo sometida a evaluaciones psicológicas y fue cambiada de institución escolar, por presentar somnolencia y la experiencia por ella relatada, situación que configura la comisión del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 Ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, y fue el motivo por el cual el Ministerio Público acuso y nos encontramos hoy en el Juicio Oral y Privado. Asimismo oído en esta sala a la Psicólogo Virginia Blassini, quien ratifico haber atendido a OMSSIS como su paciente y que la misma le relato lo hechos antes desglosados; no obstante en el transcurso del debate se evacuaron una serie de testigos como docentes, estudiantes del mismo salón que OMISSIS, obreros, todos de esa institución quienes fueron conteste en afirmar que la puerta del salón de clase de 4to grado del periodo de clases 2009-2010 permanecía abierta por razones de seguridad, siguiendo instrucciones de defensa civil, como prevención en caso de ocurrir algún siniestro, por encontrarse dicha escuela en el Municipio Andrés Mata, zona sísmica de Paria, pues precisamente esa Escuela Bolivariana sufrió daños materiales producto de varias réplicas sísmicas y mientras la reparaban los alumnos de 4to, 5to y 6to grado recibían clases en el antiguo liceo del Municipio Andrés Mata, agregaron la Directora, Sub-Directora, Secretaria, Obreros y Alumnos que no se les permite salir a desayunar a almorzar, por ser una escuela bolivariana, el desayuno y almuerzo lo reciben dentro del aula de clases y cuando no hay desayuno le permiten comprar en un kiosco al lado de la institución, saliendo grupos de dos y de tres del aula de clases y cuando no había almuerzo, los alumnos eran despachado de 11:30 a 12:00 del mediodía. Asimismo pudo corroborar este Tribunal la defensa y el Ministerio Público, en inspección realizada en el sitio del suceso, que el lugar donde recibían clases de deportes está ubicado en frente del aula de clases donde recibía la victima clases de 4to grado en el año 2009, no permitiéndose visibilidad en caso de recibirlo en la cancha deportiva ubicada en la parte de atrás del aula de clases. Ahora bien tomando en cuento lo dicho por la víctima, corroborado por la Psicólogo Virginia Blassini, pero desmentido por un cúmulo de pruebas ofrecidas por la defensa, considera esta representación Fiscal que no existen suficientes elementos de convicción procesal que permitan desvirtuar la presunción de inocencia que le ampara al maestro Benancio Antonio Morao, principio Constitucional que no fue revertido como consecuencia de las declaraciones de los compañeros de estudios de OMISSIS, quienes fueron contentes al indicar que ella nunca quedaba sola en el aula de clase con el maestro, con lo declarado de deporte Julián Malavé, quien indico en esta sala que la niña OMISSIS, siempre asistía a sus clases y el maestro acompañaba a sus alumnos cuando salían del salón, también fue corroborado esta situación, por quien fungía en ese entonces como Directora hoy Jubilada, por la Sub Directora, por los Obreros, quienes indicaron que la niña asistía a clases y que la puerta del salón permanecía abierta, en tal sentido, forzoso de solicitar al maestro Benancio Antonio Morao, se declare No Culpable y en consecuencia se dicte sentencia absolutoria. Asimismo solicito se desestime el testimonio de la maestra Lago, actual Directora, quien manifestó ser la otra maestra de 4to grado y el resto d los medios de pruebas no corroboro su dicho, indicando a Yelitza Caraballo como la otra maestra de 4to grado. Es todo.
La defensa Privada Abg. Elvira Goitia concluyó alegando que:
“Buenos días, efectivamente ciudadana Juez quedo demostrado en esta sala por todo los alumnos, el cual veían clases todos los días con la niña OMISSIS, desde que comenzó el año escolar e inclusive el mismo día de que suceden supuestamente los hecho los alumnos manifestaron, ese día tanto alumnos como representantes que iban a buscar a los niños al colegio no haber visto nada del dicho de la víctima, asimismo lo corrobora ciudadana juez cuando la mama de la niña va en búsqueda de la niña, está un representante a retirar el niño paras luego ella entrar, nos preguntamos ¿había más niños dentro del salón de clases? Mientras que la mama de OMISSIS la retiraba, y seguidamente entra la señora Natalia, entonces nos preguntamos en un sitio público donde hay estudiantes, obreros, directora, y el salón está ubicado en una forma visible a la dirección, igualmente se pudo observar el sito donde se sentaba los obreros, concluyendo también de una forma más global, como lo acaba de decir la representación fiscal, no hay forma y quedo firmemente demostrado en esta sala, que la relación de causa y efecto no compagino con el dicho de la víctima, igualmente con el informe psicológico, ya que somos madres y padres y efectivamente el niño, según las orientaciones psicológica una vez que es abusado a esa edad inmediatamente se lo indica a sus padres, porque espero y ningún niño vio que haya sido víctima de abuso lo dice de inmediato, es por ello que el informe no es una prueba de certeza, por cuanto no encuadra las circunstancias de modo, tiempo y lugar con el dicho de la víctima, viendo todos elementos y pruebas evacuados por fiscalía como de la defensa, es por lo que solicito ciudadana juez se le decrete una absolutoria a mi representado por no demostrar, la relación de causa y efecto con el sujeto activo y pasivo del hecho todo de conformidad con el artículo 348 del Código Orgánico Procesal Penal”.
Una vez culminada las conclusiones se le cedió la palabra al representante de la víctima quien expuso:
“Doctora para mí no es una sorpresa lo que la ciudadana fiscal acaba de concluir, puesto que de cinco años, muy poco interés vi en el caso en cuestión no tanto es así que hice un tríptico de la manera que se fueron llevando la investigación, siempre hice referencia a medios de pruebas que jamás aparecieron, como la rompa intima de la niña que jamás aparecieron y le solicite a la PTJ una prueba semántica y todo fue un misterio, yo puede escuchar los testigos, porque yo sabía que el tiempo que duro para que el señor apareciera le dio chance para se prepararon a favor del señor Benancio Antonio Morao, todos los testigos siempre estaban con él, a tal efecto que una maestra que mintió en decir que daba cuarto grado, se daba deporte en la cancha, yo como docente de carrera de 17 años de ser vicio, tres aulas a menos de 10 metros, trabajar con un docente todo el día, esa es la mentira más grande que dijeron aquí, habiendo una cancha tan hermosa que nosotros podemos constatar, se habló de la visibilidad del salón, que solo se veía era el escritorio, la parte de atrás no se ve, tanto es así que como se encontraba versiones de los testigos de que decían que había receso y otras decían que no había, otros que había almuerzo y otros que no, si le digo a este señor, pero este señor no ha cometido actos lascivos, él debe saber quién es Jesica Marcano y quien es Yanoski, niñas que hace años han sido silenciada, y que los representantes jamás tuvieron las pelotas de denunciarlo, yo si lo hice, sé que mi hija no miente, mi hija jamás mintió, el viene haciendo eso y a él se lo han ocultado, a mí no me extraña los resultados, pero a mi hija yo la sigo defendiendo, una niña de 7 años no miente, el señor la acusaba y se aprovechó de ella y no la viola por ese 11 de diciembre, porque si la niña va al viaje de la poza, ese señor viola a mi hija, ya todo estaba arreglado, si usted lo declara inocente usted es la Ley, hay una ley divina, que mañana o pasado y nos juzgaran, lo que pasa es que en esa escuela más de una vez han silenciado las voces de los niños, y no hay gente que los denuncie yo si tuve las pelotas y lo hice, es todo”.
DE LAS PRUEBAS:
Alexis José Rojas González,
“Bueno de ese caso de mi hija, del año 2009, llegaba yo en horas de la mañana del trabajo, para ese entonces mis dos hijos estudiaban en la escuela Bernardo Bermúdez OMSSIS veía clases en las instalaciones del liceo Andrés mata, eran las instalaciones antiguas y mi hijo menor veía clases en las instalaciones que quedaban en la escuela, ese 11 de diciembre a eso de las 11:00 de la mañana yo estaba pegándole las rejas a una cerradura cuando mi esposa me dice que le tocaba ir a buscar a los muchachos, estaba lloviendo ella sale busca a OMISSIS y me la trae para que se quede conmigo mientras se iba a buscar aquel donde estaba la escuela, en ese momento me dice Alexis te debo decir algo, vi algo sospechoso cuan entre al salón de clases con el maestro benancio, yo le dije que paso ella dijo después hablamos, yo como docente comienzo decir a ella que debe tener mucho ciudadano en la escuela, puesto que habían personas que nos ofrecían amistades y podía ser peligrosa para los niños, abusar de los niños utilizando la confianza, y que si algo pasaba ella debía a ver decirlo a los padres que estaba sucediendo, es cuando la niña llorando y me hace el comentario de que el maestro Venancio abusaba de ella, tocándole sus partes, besándola en la boca y manoseándola, yo en ese momento de la rabia que me da eso, me dirijo a la escuela donde veía clases OMISSIS y le pregunto a los señores que estaban en un pasillo, que donde yo podía encontrar al maestro Venancio, ellos me indican el salón fue cuando me dijo que estaba la puerta semi abierta yo entro, el ciudadano ya como sospechoso se levantó de la silla comenzamos a discutir el caso y nos fuimos a los golpes luego me dirijo con mi esposa y la niña, a la LOPNNA a poner la denuncia nos tomaron declaraciones a mi esposa a la niña y a mí, pasando el caso a fiscalia en esa misma tarde nos dirigimos allá donde expusimos lo ocurrido la doctora Maralba nos atiende y de allí comenzó el proceso de averiguación, la niña fue puesta en un control con un psicólogo la Dra. Blassini, labora en el colegio universitario trato en varias sesiones a la niña, por otra parte el señor Benancio esa misma noche de los hechos tenia detención por policía y desde allí se le conoció después de cuatro meses es decir su paradero nadie lo conocía, nadie supo del sino hasta los cuatro meses que se `presento al circuito desde ese entonces nosotros hemos querido darle apertura a este caso teniendo tatas fechas de diferimiento del caso que fue hasta el 05/11/2014 que se toma la decisión de revocar a la defensa del señor por tanto diferimiento, del día de ayer fue diferido para hoy. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿usted puede indicar la fecha, hora y lugar exacto donde ocurrieron los hechos que le relatan OMISSIS? R. fue el 11/12/2009, en la antigua sede del liceo Andrés mata, que estaba funcionando en ese momento la escuela Bernardo Bermúdez, a eso de las 11:00 de la mañana: ¿Nombre completo de OMISSIS? R. OMISSIS ¿Cuál es la fecha de nacimiento de OMISSIS? R- 06/03/2001. ¿En ese salón donde estudiaba su hija, podía describir las características físicas del salón? R. un salón tipo galpón, techo acelorit, ventilación e un lado de rejas y persianas, puerta de metal, pizarras anexas a la pared, pupitres, como aproximadamente 10 de ancho por 12 de largo. ¿la niña le manifestó usted que esos hechos ocurrieron ese día que usted me indica? R. específicamente no, ella me dijo que el maestro abusaba que la besaba en la boca, le metía la mana por sus partes. ¿Ella le indico que los hechos ocurrieron una sola vez o varias veces? R. varias veces, ya que en una de las declaraciones dijo que el maestro se lo había hecho tres veces. ¿Ella le indico si algún alumno o maestro había visto? R. ella comento de un compañero de clases y dio nombre Roberto o Rigoberto algo así estudiaba con ella, quien cerraba la puerta según ella cuando quedaba sola con el maestro. ¿Cuándo ella decía que el maestro abusaba de ella a cual maestro se refería ella? R. al maestro Benancio. ¿OMSSIS le llego a usted a describir que Significaba ese abuso que abuso trataba? R. ella decía que abusaba por que la abrazaba, le besaba la boca, le metía sus manos por sus partes, se sentía abusada por eso. ¿Por qué parte se refería ella que le metía la mano? R. por sus partes íntimas. ¿Cuál era el rendimiento académico de OMSSIS antes de lo ocurrido? R. evaluándola como docente excelente. ¿Después de lo ocurrido como ha sido su académicamente? R. ella pudo mantener su promedio. ¿Antes de lo ocurrido como observaba usted la conducta del maestro Benancio con respecto a su hija y los alumnos? R. no tuve la oportunidad de conocer esa relación docente alumno por cuanto que mi esposa era la representante legal de la niña en la escuela. La Defensora quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Quién le informo a usted de los hechos que acaba de narrado en esta sala? R. primero me informa mi esposa cuando trajo la niña, quien asoma que había visto algo sospechoso con el maestro Benancio, luego la niña me comunica atreves de la conversación que sostuve con ella, la manera de cómo el maestro venció abusaba de ella. ¿Usted no estuvo presente en el sitio de los hechos? R. No. ¿Qué tiempo tiene usted conociendo al maestro Benancio? R. 15 años. ¿Durante esos 15 años cual fue el comportamiento en el colegio? R. yo ignoraba su comportamiento, no puedo evaluarlo porque no tuve la oportunidad de ver clases con el. ¿Usted tuvo actos de violencia con el señor Benancio? R. el día que estuve en el salón de clases cuando fui a ver qué pasaba con la niña, si nos peleamos. La Jueza quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Después que su esposa vio al maestro Benancio como sospechoso y le deja la niña a su casa, como aborda usted a la niña, como ella le contó? R. Yo comienzo a decirle a la niña que en las instituciones debemos estar pendiente porque hay personas que de repente creemos que son buenas, conversando con ella, no está al tanto de lo que la mama me dijo, le digo que el mismo maestro abraza que mucho cuidado, ella allí comienza a llorar, yo la veo llorando y yo sigo hablando, ella allí me comienza a decir el maestro Benancio abusa de mí, me abraza, me besa. ¿Cuándo usted ve a su esposa cundo regresa le pregunto el motivo de que le dijo eso de? R. no, en ese momento se presenta la pelearon el maestro, cuando ella ve la discusión ella se asusta, y me dice OMISSIS que te paso, por qué hiciste eso, es decir ella todavía cree que lo que con ella me dijo a mi yo fui al salón de clases a golpear al maestro, ella todavía no sabe lo que me contó la niña, es cuando yo le digo lo que la niña me contó., que cuando ella va llegando al salón a buscar a la niña, un niño empujo la puerta y el maestro se levantó del escritorio asustado regañando al niño que tenía que tocar la puerta antes de entrar”.
VICTIMA: OMISSIS, SE OMITE EL NOMBRE DE LA VICTIMA POR DISPOSICIÓN LEGAL
“el señor aquí presente el abuso de mí, cosa que no debió hacer a una niña de 8 años, el cuándo todos salían a recreo me dejaba a mí al salón, todavía me acuerdo del nombre del niño que cerraba la puerta Rigoberto, entonces el me agarraba, me besaba la boca, me metía la mano por el cierre, me sentaba en sus piernas, me ponía que le manoseara sus partes, y siempre botaba algo blanco por ahí, y cada vez que me hacía eso traía siempre la misma ropa interior de color blanco, el me amenazaba que me iba a bajar las notas, todo eso y a veces cuando pasaban todos los niños él se tapaba con un libro, se lo ponía en las piernas, el día que yo le conté todo a mi papa mi mama fue a buscarme a la escuela y estaba la puerta cerrada cuando ella entra, él consiguió al maestro muy nervioso y le pregunto qué le estaba pasando y el nervioso dijo que nada, que él estaba cuadrando unos viajes para las pozas, que me llevaran que él iba a pagar todo, mi mama le decía que no que no, y él seguía insistiendo que me llevara para las pozas que él iba ser responsables de todo, mi mama me llevo para donde estaba mi papa para ir a la otra escuela para llevar a mi hermanito, yo me sentía mal, ya nos e no aguantaba y le conté a mi papa no todo porque me daba pena, entonces cuando mi papa fue a denunciar de la pena que yo tenía yo lo saque a ellos dos para yo contarle a la fiscal todo lo que él me hacía, yo no sé no entiendo, el antes no vio que una niña de ocho años, eso me cause mucho daño porque yo no podía dormir nada, cada vez que yo venía para acá siempre me acordaba de eso. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Tu recuerdas las fechas la hora y el lugar en que el tenia hacia esos abusos que acabas de narrar? R. yo recuerdo fue el 2009, ese día me lo había hecho tres veces y fue en el salón de clases. ¿Cuántas veces? R. casi todos los días cuando veía clases. ¿Dónde fue? R. en el salón. ¿La hora? R. en el recreo él se ponía a corregir la tarea y mi cuaderno lo dejaba de ultimo los niños salían al recreo y yo no. ¿Cuándo pasaba? R. en la mañana, el recreo y cuando mi mama me fue a buscar me lo estaba haciendo otra vez. ¿Quién se daba cuenta que te hacia eso? R. prácticamente nadie porque todos salían. ¿Y Rigoberto? R. él era que mandaba a cerrar la puerta. ¿Y su apellido de Rigoberto? R. no los creo que es sobrino de él. Del maestro Benancio. ¿Quién era tu maestro para el momento de los hechos? R. Benancio Morao él era mi maestro todo el año. ¿Tú que estudiabas para ese entonces? R. cuarto grado. ¿Esos hechos empezaron a partir de que él era tu maestro? R. él era mi maestro y era quien me hacia esas cosas. ¿Antes de que ocurrieran estos hechos como él era el trato? R. el me traba normal cuando estaban los niños pero cuando los niños salían me hacía todo eso. ¿Antes de que el comenzaba por primera vez hacerte todas las cosas, como te trataba el a ti? R. normal. ¿Qué tiempo transcurrir desde que comenzaste cuarto grado a que ocurrieron esos hechos? R. tenía un poquito días y el comenzó hacerme esas cosas. ¿En qué parte se sentaba el cuándo te sentaba en las piernas? R. se sentaba en la silla que esta frente al escritorio. ¿Tú tuviste en algún momento una discusión? R. no, porque cuando él hacia eso me amenazaba. ¿Quién entraba al salón cuando se tapaba con el libro? R. mi mama que fue cuando fue a buscar. ¿Qué se tapaba con un libro? R. se tapaba sus partes por que se bajaba el pantalón. ¿Ese día tu mama y el hablaron? R. no él se puso nervioso cuando mi mama le pregunto qué pasaba, él puso a insistir del viaje. ¿En qué parte del salón estaba ubicaba tu mama cuando conversaba? R. ella entro y él se sorprendió y le dijo que estaba pasando, mi mama estaba más o menos frente de la mesa, tenía los pantalones abajo. ¿El llego a pararse? R. no se quedó sentado. ¿Tú le contaste eso a alguna persona? R. no. ¿Tú llegaste a observar si por la ventana alguien podía verlo? R. No porque la ventana le quedaban altas. Es todo. La Defensora quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿en algún momento había personas ahí presentes en los hechos? R. no ¿siempre se encontraban ustedes dos solos? R. sí. Es todo. La Jueza interroga al deponente en la forma siguiente: ¿esos abusos ocurrieron por qué tiempo? R. como a partir del quinto día después que iniciamos el año escolar de cuarto grado, hasta la fecha que le conté a mi papa. ¿Por qué en todo ese tiempo no le habías contado a tu papa? R. por qué me tenía amenazada, sentía pena con mi papa.
JIMENEZ FRANCYS DEL CARMEN,
“Eso fue el 11 de diciembre del 2009, yo me dirigía a la escuela buscar a mi hija, ella estudiaba en la parte de abajo y los varones en la otra parte que era la escuela Bernardo Bermúdez, yo entre a la escuela a buscar a la niña y en ese momento paso un niño y abrió la puerta y en ese momento yo metí el pie, y él le grito al niño y le dijo que cuidado que no entrara así sin saber que estaban haciendo, cuando yo entre la niña estaba al lado del escritorio como si le estuviera corrigiendo un cuaderno y él estaba como sospechoso arreglándose la camisa y yo le preguntaba que estaba pasando y él me decía que no pasaba nada, todo sospechoso y bajo los mismos nervios me decía que la niña tenía que ir a un paseo a las pozas, y yo le decía que ella no iba para ningún lado y él me decía que si tenía que ir porque él iba a pagar todo y ella tenía que ir para ponerse su traje de baño, entonces yo me fui con la niña para llevarla a la casa pero estaba lloviendo muchísimo y fui a buscar un paño para buscar al otro niño que me había quedado en la escuela, y le dije a mi esposo que tuviera cuidado con la niña porque había visto al maestro sospechoso y él me dijo que tranquila yo me fui a buscar al otro niño que estaba en la escuela, cuando venía de regreso se encuentra con el problema porque la niña le contó a mi esposo lo que el maestro le había hecho en la escuela, luego de ahí fuimos a la lopnna y a la fiscalía. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Podría indicar el lugar y la fecha en que ocurrieron los hechos? R: 11 de noviembre 2009, eso fue a las 11 o 11.30. ¿En qué lugar? R: en el salón de la sede del liceo viejo, Bernardo Bermúdez, de Andrés Mata. ¿A quién iba a buscar a usted a ese salón del liceo? R: a mi hija OMSSIS. ¿Puede identificar con el nombre al niño que abrió la puerta del salón? R: no, de verdad que no sé quién es el niño. ¿Cómo se llamaba el maestro de su hija para ese momento? R: Benancio. ¿Dígame las características del salón de clases donde usted a buscar a su hija el 11-12-2009? R: un salón tipo galpón, con paredes de bloques por la mitad y persianas, con una sola puerta. ¿Por qué usted dice que el profesor estaba sospechoso? R: porque el regaño al niño, y se jalaba la franela hacia el frente, estaba muy sospechoso. ¿Cuál era la posición donde se encontraba su hija cuando usted entro al salón? R: parada al lado de él. ¿y la posición del maestro? R: sentado detrás del escritorio. ¿Cuánto usted le hablaba en qué posición estaba? R: Frente al escritorio. ¿Cómo Vestía el profesor Benancio ese día? R: una camisa de vestir. ¿El maestro llego a pararse de su asiento mientras conversaba con usted? R; no él se mantenía sentado. ¿Desde el lugar que estaba parada le llego a ver algo en su regazo? R: No. ¿Mientras usted hablaba con el Maestro Benancio, que actitud tenía la niña? R: no hablaba solo me quedaba viendo y lo veía a él. ¿Mientras usted llevo a su hija a su casa, pudo conversar con ella sobre lo que había pasado? R: no, solo cuando llegue a mi casa le comente a mi esposo. ¿Antes de esa fecha usted o la niña tuvo algún percance con el Maestro Benancio Morao? R: no nunca tuvimos problemas. ¿El rendimiento académico de la niña antes de la fecha como era? R; normal. ¿Posterior a la fecha 11-12-2009, que le contó la niña sobre lo que había pasado? R: me contó que el maestro la besaba en la boca y le manoseaba los brazos y las piernas y le metía la mano dentro del pantalón y la obligaba a que le besara el piripicho. ¿Eso lo hacía en varias oportunidades? R: ella me dijo que había pasado varias veces. ¿Usted no le pregunto qué porque no le comentaba nada de lo que estaba pasando? R: porque él la amenazaba y le decía que la iba a botar de clases y le iba bajar las notas. La Defensa Privada quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Puede indicar al tribunal a qué hora usted acostumbraba a buscar a su hija OMSSIS R: bueno el despacho era de 11:30 a 12. ¿Puede indicar al Tribunal al momento en que usted se presentó a buscar a su hija habían otras personas a buscar a los demás niños? R: no cuando yo llegue no había más representantes, luego llegaron más. ¿Cuándo usted llegaba a buscar a su hija a la escuela habían más niños en el salón? R: a veces sí y a veces no- ¿En qué momento el niño abrió la puerta y corrió? R: cuando yo iba caminando al salón yo estaba cerca de la puerta y el niño empujo la puerta del salón y siguió corriendo y fue que entre. ¿Podría indicar si el salón de clases esta al final o esta al comienzo de la institución o si tiene algún tipo de visualización? R: esos son galpones, cerca de ese salón lo que quedaba era la dirección. ¿A parte de usted que otro representante había en el salón? R: en el momento que llegue no había nadie, estaba sola en el salón. ¿ y las otras veces que lo ha buscado? R: a veces si me los encuentro. ¿Cuándo usted dice que la niña le comento que habían sido en varias ocasiones, algún otro niño tenía conocimiento de esto, o si pasaba en alguna actividad escolar? R: ella me decía que el la dejaba encerrada en el salón mientras corregía los cuadernos y cuando iban a receso los demás niños se iban y ella se quedaba en el salón, eso fue lo que ella me comento. ¿Puede indicar al tribunal si los desayunos se hacían dentro del salón o fuera con todos los niños? R: no sabría decirle, ella solo me decía que cuando llegaba el receso a ella la dejaban de última. ¿Puede indicar si esa escuela bolivariana daba recreo? R: no recuerdo si daban recreo o no, sé que él les daba permiso para ir a comprar. ¿Usted manifiesta al tribunal que en ese momento que llego a buscar a su hija, el ciudadano Benancio aparte que estaba proyectando un viaje para la poza ya que era navidad como la fecha lo indica 11-12-2009, él le manifestó si la niña iba mal en alguna actividad? R: no en ningún momento. ¿Durante ese tiempo que empezó el año escolar el ciudadano Benancio Morao no falto nunca a clases? R: no sé, las veces que yo llevaba a buscar a la niña él estaba ahí. ¿Usted manifiesta que la niña cuando iba a hacer deporte el maestro no la dejaba salir, entonces como era su calificación y su asistencia, cuando usted vio el boletín? R: no sé porque el boletín lo entregaron meses después y la asistencia era normal. La Jueza quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Quién era el profesor de deporte? R: un maestro que llamaban Williams no se el apellido.
Rigoberto Andrés Martínez Caraballo,
“El en ningún momento llego a abusar de la niña y también me entere que ella me está acusando que yo cerraba la puerta del salón, en ningún momento yo cerraba esa puerta, y otra cosa ella dice que yo también me la pasaba ahí pero yo en ningún momento vi al señor abusando de la niña. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Dónde estudiaste tú primaria? R: En el Colegio Bernardo, En san José de Aerocuar, Municipio Benítez. ¿A qué niña te refieres en tu exposición? R: no me acuerdo el nombre de la niña. ¿Ella está dentro de la sala? R; sí. ¿Qué estudiaste tú con la niña? R: 4to Grado. ¿Cómo se llamaba el docente que te impartía las clases? R: Benancio Morao. ¿Puedes describirme las características del salón en el que estudiaste 4to grado? R: tenía ventanas y era normal de concreto. ¿A qué distancia del suelo estaban las ventanas? R: como un metro. ¿En qué año estudiaste 4to grado? R: como en el 2009. ¿Cuál era la dinámica de la actividad escolar cuando estudiabas 4to grado? R: bueno nosotros cantábamos el himno, pasábamos al salón, pasábamos todo el día sentados haciendo tareas y después nos quedábamos dentro del salón relinchando. ¿Qué tiempo pasaban en el salón? R: de 7:30 a las 03:00. ¿A qué hora el recreo? R; no había recreo. ¿en qué momento desayunaban? R: nos llevaban la comida al salón y ahí comíamos, la escuela la daba. ¿Y cuando no avía comida como hacían? R: Despachaban a las 11:30. ¿Y Cómo se enteraban los papas si los tenían que recoger? R: en la escuela avisaban un día antes. ¿Quién les daba deporte? R: un profesor que se llamaba Julián. ¿Te acuerdas el nombre de la directora? R: no. ¿En algún momento cuando salían a hacer deporte tu compañera OMISSIS salía a hacer deporte con ustedes? R: sí. ¿Por qué tú dices que él no le hacía nada a esa niña? R. porque no salíamos del salón y yo nunca vi nada. ¿Cuándo salían él te decía que le cerraras la puerta y se quedaba adentro con OMISSIS? R: no. La Defensora Privada quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿recibiste a alguna orden de cerrar la puerta mientras que OMSSIS se quedaba en el salón? R: no nunca. ¿Puedes indicar si ese día presentaron alguna evaluación? R: si, presentamos el examen y después cada uno daba su examen y se quedaba esperando en su pupitre. ¿Es decir que nunca viste al profesor encerrado con la niña? R: no. ¿a qué hora despacharon ese día? R: ese día despacharon a las 11:30, ese día la mama llego al salón antes de las 11:30, la primera que siempre se iba era la niña. ¿Ese día usted vio a la mama de OMISSIS cuando llego a buscar a la niña? R: si estábamos en el salón cuando ella llego. ¿Puede observar si cuando la mama de la niña llego ella hablo con el profesor? R: no en ningún momento. ¿Qué hicieron después de la evaluación? R: el maestro se quedó revisando los exámenes y nosotros bochincheando. ¿El maestro les hizo conocimiento de alguna actividad a realizarse en las pozas? R: no. ¿A qué hora usted se fue de clases? R. A las 11:30AM Es todo. La Jueza quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Qué edad tienes actualmente y que edad tenías en el momento en que ocurrieron los hechos? R: tengo 17 y tenía como 14 o 13. ¿Hasta qué grado llegaste tú? R: hasta 5to grado. ¿Cuál fue el motivo de que no siguió estudiando? R: porque no me provoco seguir estudiando, después de este problema, me sentí incómodo con esto porque me acusaban a mí. ¿Quién te dijo a ti que te estaban acusando en este caso? R: una señora que llego aquí el juicio pasado, y me dijo que la niña me estaba acusando de que yo cerraba la puerta, la mama de Elvismar me lo dijo. ¿Actualmente que haces? R: Trabajo ayudando a mi abuelo de albañilería. ¿Eres familia del acusado o son amigos? R: No, nada. ¿Cuándo fue la última vez que hablaste con tu profesor Benancio Morao? R: hoy. ¿Cómo te consta que nunca la niña como le dices tú que está presente en sala, nunca se quedó sola con el maestro en sala? R: porque nunca los vi solos en el salón. ¿Quién te llevaba y te buscaba al colegio? R: me iba solo. ¿Quién salía de último de tu salón? R: no sé. Tú te ibas al final? R: no salía con el grupo completo. ¿Cómo te consta que la mama de la niña que tu señala en sala estaba afuera del salón? R: porque yo la vi cuando llego, por la puerta que estaba abierta y se sentó en las escaleras a esperar. ¿Cómo sabes que el Profesor Benancio Morao nunca cerró la puerta? R: porque uno siempre entraba y salía y la puerta siempre estaba abierta. ¿Cómo era la puerta del salón? R: era una puerta normal de color azul. ¿Cuándo ustedes veían clases la puerta como estaba? R: abierta. ¿tu tenías amistad con la niña que señalas en sala? R: más o menos no la trataba mucho. ¿Actualmente dónde vives? R: Calle sucre, Casa Nº 42, San José de Aerocuar, Municipio Benítez, Estado Sucre. ¿Por qué motivo crees que la señora te dijo que te estaban acusando? R: no sé. ¿y cuando te enteraste de eso? R; la semana pasada.
Natalia Mercedes Rodríguez
“A mí me extraño lo que paso ese día porque cuando yo fui a retirar a mi niño que estudiaba con la niña, cuando yo lo voy a retirar ya estaba la mama de la niña conversando con el maestro y cuando llegue a la casa fue que me entere de lo que paso. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿A qué día se refiere y por qué se sorprende? R: porque el señor Benancio fue agredido, yo llegue a la escuela y cuando entro al salón consigo al maestro conversando con la mama de la niña estaban hablando de un paseo a las pozas, cuando ellos se van el profesor me comento a mí lo de las pozas y me dijo que necesitaban la colaboración de los representantes y ahí habían más niños porque fuimos las primeras en llegar a buscar a los niños, por eso me extraño porque yo los vi a ellos conversando de buena manera. ¿Se recuerda que día fue? R; mañana tiene 5 años. ¿A qué hora llego a buscar a su hijo? R: antes de las 03pm, ¿Cómo se llama su hijo? R: José Bellorin. ¿Cómo se entera usted que el maestro fue agredido ese día? R: los vecinos me contaron que el maestro Benancio fue agredido. ¿Cuándo se entrara usted? R: en la tarde, que me llamaron a contarme, ya había almorzado y todo? R: y el niño? R: almorzó en la escuela. ¿Quién estaba en el salón cuando llego a buscar a su hijo? R: el maestro Benancio, la niña OMISSIS, la mama y los demás niños. ¿Dónde estaba sentado el profesor? R: Sentado en el escritorio. ¿Normalmente cuando usted va a buscar a su hija él está sentado o se para? R: sentado. ¿Cuál era el horario de clases de su hijo? R: el horario bolivariano de 07.30 a las 03.00. ¿Cuál era el horario del recreo? R: ahí no daban recreo solo daban permiso a los niños a salir a comprar. ¿Cómo hacían con la comida? R; en la escuela le daban la comida, ellos comían en el salón. ¿Ellos pasaban el día dentro del salón? R: si, ellos se quedaban ahí y los profesores entraban al salón, el de música o artes plásticas el único que los sacaba era el de deporte. ¿Cómo se llamaba el profesor de deporte? R: Julián. ¿Qué grado le impartía el maestro Benancio a su hijo? R: 4to Grado. ¿Su niño le llego a comentar si en algún momento el maestro dejaba a un niño dentro del salón de clases? R; no nunca me dijo. ¿su hijo le llego a comentar como era la dinámica escolar? R: no, pero después que paso eso yo le pregunte a mi hijo y él me dijo que en ningún momento se quedaban solos. ¿Qué le hace recordar usted al que refiere que mañana cumplen 5 años? R: porque fue el día que agredieron al maestro Benancio. ¿Quién lo agredió? R: el papa de la niña?. ¿Usted sabe porque el papa de la niña agredió al maestro? R: por lo que se rumora. La Defensora Privada quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Puede indicar si desde que comenzó el año escolar iba a buscar al niño al colegio? R: si todos los días. ¿Puede indicar si en el momento en que usted buscaba a su hijo había otros representantes? R: si la mama de la niña, siempre éramos las primeras en llegar. ¿Cuándo usted iba a buscar a su niño al colegio siempre él estaba solo en el salón de clases? R: no siempre había niños. ¿Nunca llego a ver el salón solo con el maestro y la niña OMISSIS? R: no. ¿Usted puede indicar si el día a que refiere la ciudadana fiscal, quien llego primero a buscar a los niños? R: la mama de OMSSIS estaba ahí y luego llegue yo y habían más niños en el salón. ¿Puede indicar que queda antes de llegar al salón? R: la dirección y al frente la parte de las señoras que limpian y antes estaba un espacio físico que era donde el maestro de deporte los llevaba. ¿Se puede visualizar desde ahí el salón de clases? R: sí. ¿Cuándo usted fue a retirar al niño de clases vio al maestro en actitud sospechosa? R; no para nada. ¿su hijo le comento si en algún momento el maestro se quedaba solo en el aula con algún niño.? R: no
ELVIMAR DEL VALLE HERNANDEZ MORAO,
“Eso fue un día normal, cantamos el himno, luego entramos al área de clases, vimos las asignaciones, al final lo que vimos fue un examen de matemáticos, en ese tiempo teñíamos que ensillar lo de los aguinaldo, ese salón permanecía abierto, cuando la hora del despacho, venia la mama de ella a buscarla, ella pidió permiso y Salí a buscarla cuando regreso recogió sus útiles y se fue, es todo. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿diga la hora, lugar y fecha de los hechos? El 11-12-2009, en el transcurso de la mañana, en la escuela vieja, horita es una escuela de niños especiales, ¿Qué relación tiene con el maestro Benancio morao? Es mi tío, ¿Qué estudiabas tu para el 11-12-2009? 4to grado, ¿Cómo se llamaba la escuela? Escuela bolivariana Bernardo Bermúdez, ¿Por qué estabas en la escuela vieja? Porque estaban construyendo la escuela, la escuela Bernardo Bermúdez, ¿el liceo viejo donde funcionaba? Cambiaron de sede para el lado del cementerio, ¿Qué horario de clases tenia? Cuando había almuerzo salíamos a las 3 y si no salíamos a las 11:30 am, el horario es de 7:00 am a 3:00 pm, ¿ese 11-12-2009 a qué hora saliste? A las 11:30 am, ¿y cuando vino la mama de ella quien es ella? OMISSIS, ¿Cuándo llego donde estaba usted? En el aura de clases, ella y la señora Natalia iban a buscarlas primero, ¿y quienes estaban en el salón ese día? Todos, ¿Qué estudiabas en ese momento? 4to grado, ¿ese día llovió? No recuerdo, ¿Qué te hace recordar esa fecha? Era diciembre y estábamos en lo del parando y de ahí faltaba una semana para finalizar el año, ¿Qué hicieron después de la evaluación? Fue la última evaluación y estábamos esperando que despacharan y ella pidió permiso para el baño y yo la fui a buscar porque el maestro me dijo al favor parte en la puerta y llámala, ¿recuerdas como estaba vestido el maestro? Blue Jean y camisa azul, ¿había algún motivo para salir del salón de clases? Salíamos a comprar merienda cuando no había almuerzo, en la casa de la abuela de ella que quedaba cerca ¿y OMISSIS salía a comprar? Si, ¿Quién era tu profesor de deporte? William Figueroa, ¿recuerdas si OMSSIS faltaba a las clases de deporte? No, cesaron. La Defensa Privada quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿la puerta del salón permanecía cerrada o abierta? La puerta permanecía abierta y tenía el límite de vista con la dirección y el baño, y como estábamos en diciembre practicábamos el aguinaldo, ¿Cuándo iniciaban su actividad ese día 11-12-2009 desayunaron dentro del salón o almorzaron? Ese día teníamos clase hasta las 11:30 am, lo que comíamos era por medio de otras personas, ese día salimos a las 11:30am, ¿Cuál era el uniforme de las niñas? Falda, medias latas, chemis blanca y zapatos colegiales, ¿y ese día hubo deporte? No, ¿Cuál es el uniforme de deporte? Mono y camisas ovejitas azules, ¿en qué día de la semana le tocaba deporte y donde lo recibía? Frente del salón había un espacio como esta sala, ¿los alumnos llegaban todos o un grupo? Todos y el maestro se sentaba con los obreros, ¿ OMISSIS se quedaba sola con el maestro Benancio? No como se iba a quedar sola si todo el tiempo estaban con nosotros hay, ¿Cómo era la relación de maestro? Copiaba en la pizarra, hablaba, uno copia y hacia los ejercicios, ¿Quién le vendía chuchearías en el momento en que no había almuerzo? La fiscal objeta por cuanto no se relaciona con el objeto de la investigación, y la juez la declara sin lugar y ordena contestar. Era la abuela de ella la señora Isaura, ¿de cuánto en cuanto iban a comprar chucherias? De 2 o 3 personas y los demás quedaban en el salón, ¿ese día Rigoberto recibió instrucciones para cerrar la puerta y quedarse solo con OMISSIS? el aula quedaba siempre abierta y vista a la dirección, Rigoberto no cerro puerta, cesaron. La Jueza quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿a qué hora se retiró del salón de clases el 11-12-2009? A las 11:30 am, ¿ya la OMISSIS se había ido? La mama era una de las representantes que iba a buscarla temprano, ¿Por qué recuerdas ese día en especial? Era un día normal, aparte de que sucedió eso, de que cuando llegue a mi casa llegaron con la noticia de que él había golpeado al maestro, cesaron.
JULIAN JOSE FIGUEROA MALAVE,
“Lo que se ha comentado en lo que sucedió a la escuela, con relación a mi persona hasta donde sé al compañero se le acusa de actos lascivos y mientras estuve en mi hora de clases nunca observe nada extraño, es todo. La Defensa Privada quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿puede indicar al tribunal cual fue su actividad ese día 11-12-2009 dentro de la escuela? Se deja constancia que la fiscal objeta por cuanto el testigo no ha mencionado fechas y la juez la declara con lugar, ¿puede recordar la fecha, lugar y hora? El 11-12-2009 aproximadamente de 10 a 11 am, ¿Cuál fue su actividad? Como docente de educación física con los alumnos grandes nos trasladábamos a la sede principal en algunas oportunidades, ¿a los alumnos del profesor Benancio les dio clases? No recuerdo, ¿diga si en el día y hora como era la llegada de los alumnos? Generalmente salíamos todos al área, y siempre mostraban alegrías cuando veían al docente, todos quieren salir, ¿recuerda si en una de esos meses que dio deporte la ciudadana OMISSIS se quedaba encerrada con el salón y el profesor no la dejaba salir? Jamás en mi hora de clases todos los niños salen, ¿Cuál es el uniforme de deporte? Eso depende, la vestimenta es deportiva, y allá escogidos el mono y la camisa azul oscuro y zapatos deportivos, ¿esa escuela da almuerzo o desayuno? Es una escuela bolivariana y si se daba la trasladaban hasta la escuela, ¿esa escuela tiene comedor? En su sede pero la comida se traslada al aula, ¿sabe si OMSSIS faltaba a clases? En mi hora no siempre participaba, cesaron. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿a qué institución se refiere? Escuela boliviana Bernardo Bermúdez san José de Aerocuar, ¿a qué grado impartía clases? Desde preescolar hasta 6to grado, ¿qué rea usted allí? Docente de educación física,. ¿Para el año 2009 recuerda tener como alumna a OMISSIS? Si, ¿Cómo era su rendimiento? Como una niña bien, dentro de la parte educativa lo catalogamos entre C y muy bien, le gustaba participar, ¿Dónde entregaba el rendimiento de su actividad? En la dirección en una planilla donde estaban incluidos todos los alumnos, y luego se le entregaba al maestro de aulas, ¿recuerda haberla evaluado en el primer trimestre del año 2009? No recuerdo, ¿Dónde veía deporte el 4to grado en el primer trimestre del año 2009? En la sede principal de la escuela, o en algún espacio donde sucedieron los hechos, en el antigüito liceo, el frente del liceo, cuando no había clase alguno del liceo nos íbamos a la cancha, ¿desde l frente del liceo se veía a la dirección, se podía visualizar al docente y a los alumnos? Se veía perfectamente ¿y del salón de 4to grado? También se veía de frente de la puerta del salón, ¿Cómo es el salón de 4to grado? esta la dirección, Esta el salón con una puerta de una hoja, en la parte de tras hay una ventana corrida sin vidrio, ¿a qué compañero se refiere en su declaración? Al señor Benancio Morao, ¿y que ejercía el allí para usted llamarlo compañero? Docente de aula, ¿Qué clases daba él? 4to grado para el momento, ¿Qué horario de clases le daba en el primer trimestre del año 2009 en 4to grado? dos días de la semana a esa institución a cada grado, días intercalados, ¿OMISSIS asistía siempre a clases? Si, y siempre con su instrumentaría en eso era responsable, ¿ella falto a su clase en el primer trimestre del año 2009? Recuerdo que una vez la mama me dijo que estaba enferman pero no recuerdo la fecha, ¿a qué se refiere a lo que sucedió en la escuela? A la agresión que hubo en la escuela, cuando el papa de la niña agredió al maestro, ¿sabe porque eso ocurrió? Al momento lo descobija y después los comentarios que era porque la niña rencillas viejas, del papa de la niña hacia el maestro, ¿Por qué recuerda la fecha 11-12-2009? Seria porque fue la fecha donde ocurrieron los hechos donde hubo la agresión es lo que recuerdo, ¿recuerda si ese día llovió? No recuerda, cesaron.
MONICA MERCEDES RODRIGUEZ DE GUERRA,
“Ese yo no estaba allí, me encontraba en mi casa, haciendo el almuerzo y me entere por una vecina que el maestro Benancio había sido agredido, y pensé que era mentira, y después me dice que lo tienen en el ambulatorio, y me fui para el ambulatorio y me encontré con el maestro Benancio con una herida en la cabeza que había sido agredido, y de allí nos íbamos para la policía para hacer la denuncia, yo era la que le estaba haciendo la suplencia en una oportunidad que él se había ido de permiso por un viaje a Francia; es todo.- La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Sra. Mónica mencione al Tribunal el tiempo en que realizo la suplencia? R- desde el 20-10 al 18-11 de año 2009. ¿En ese tiempo como era las actividades en clase¿? R- Bueno como todo, y siendo suplente son inquietos y habían como cinco o seis bastantes terribles, y buscaba la manera de distraerlos. ¿Puede indicar como era la conducta de OMISSIS? R- era de buena conducta, y conversaba mucho y si recuerdo un día que la vi afligida en un examen de matemáticas, y le pregunte que le pasaba, y me dijo que no recordaba los ejercicios, y le dije que no era tan difícil, y me dice que si le iba a pegar y le dije que no, que era u n examen de rutina, y su mama fue hablar conmigo sobre esa situación y me dijo que su papa era maestro y que si salía mal su papa le podía pegar, y también le dije que era un examen de rutina, y que todo iba a salir bien por lo demás la recuerdo como una niña tranquila. ¿Sra. Mónica puede indicar la hora de entrada y salida de los alumnos? R- la hora de entrada era las 07:00 de la mañana y de salida a las 03:00 de la tarde cuando había almuerzo. ¿Cuándo no había almuerzo a qué hora salían? R- a las 11:30 o 12:00 del mediodía. ¿Usted puede indicar al Tribunal desayunaban o almorzaban fuera del aula de clases o si había algún área para eso? R- el desayuno se lo llevaban a eso de las 8:00 u 8:30 de la mañana y a veces ellos llevaban su dinero para comparar, y en ese entonces como era una institución prestada, los niños salían de dos en dos para comprar, al mediodía el almuerzo se llevaba a los salones, ya que no había un área donde comer. ¿Usted puede indicar si se quedaba sola con un alumno, o con pocos en el aula de clases, mientras salían a comprar? R- quedaba con la mayoría siempre iban dos regresaba, y después dos. ¿Usted puede indicar al Tribunal cuales eran los representantes que normalmente buscaban a los alumnos, como era esa situación? R- eran muy pocos los representantes que iban a buscar a los alumnos, recuerdo el representante de José Andrés, de OMISSIS José Alejandro, y de Daniel, los que generalmente era común que buscaran a los niños, y por lo general los primeros que se iban. ¿Puede indicar al Tribunal cuando llegaba la representante de OMSSIS a buscarla se encontraban otros alumnos en el aula? R- Si la mayoría, porque recuerdo que funcionaba también el preescolar, y ella tenía el niño allí, y siempre salían temprano, la mama de OMISSIS buscaba al niño y luego la recogía a ella, por lo general recuerdo que era así. ¿Sra. Mónica cuando les tocaba la actividad deportiva como era esa situación, salía todos? R- el especialista de deporte siempre los iba a buscar al salón, y siempre salían todos a esa actividad. ¿Sra. Mónica la puerta del salón de clases permanecía abierta o cerrada? R- Siempre abierta permanecía abierta por política de la institución. ¿Sra. Mónica el salón quedaba cerca de la dirección como era el espacio donde estaba el aula? R- el salón quedaba al frente de la dirección. ¿Puede indicar al Tribunal en el tiempo que tiene dando clases como ha observado la conducta del maestro Venancio? R- Su conducta puedo decir que ejemplar y respetuosa en una oportunidad fue representante de él, y siempre lo he conocido como una persona respetuosa y dada en su profesión. Es todo. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿indique hora lugar y fecha en que ocurrieron los hechos que narro en su exposición ‘ R- eso fue el 11-12-2009 y ocurrió en la institución. ¿Cómo vestía el maestro Benancio Morao ese día cuando usted fue a verlo al ambulatorio? R- por el tiempo que tiene no lo recuerdo. ¿Qué le hace recordar con exactitud la fecha 11-12-2009? R- yo estaba preparando almuerzo cuando me llamaron y me dieron la noticia. ¿Ese día llovió? R- no recuerdo. ¿Qué grado impartió suplencia en el lapso octubre y noviembre del 2009? R- 4 grado. ¿En qué institución impartió suplencia de 4 grado? R- en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez. ¿Quién le asigno esa suplencia? R- el maestro Benancio. ¿Puede indicar con fecha exacta en que inicio y culmino la suplencia de octubre a noviembre? R- 20-10 y finalizo el 18-11. ¿En ese lapso donde recibían clases de deporte los alumnos de 4 grado? R- en la Cancha de la Institución. ¿Cómo se llamaba el profesor de Deporte? R- Julián Figueroa. ¿Impartió usted simultáneamente clases a 4 grado en la escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, y en el Preescolar? R- estuve como suplente de 4 grado en el periodo que indique, y como era colaboradora prestaba mi servicio en el preescolar cuando no hacia suplencias. ¿Qué relación tienen con el maestro Benancio Morao? R- una simple amistad, pero más lejana que cercana. Es todo La juez realiza quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿a Rigoberto Martínez Caraballo usted le impartió clases y si sus familiares lo iban a buscar? R- si le impartí clases pero no lo iban a buscar.
José Andrés Marques Bellorin,
“Lo que voy a decir es que nunca vi nada sospechoso que ocurriera entre el maestro y la muchacha, en deporte siempre salíamos todos, y la puerta nunca se cerraba, y las actividades siempre las hacíamos todos juntos, nunca nadie se quedaba en el salón, y recuerdo que a OMISSIS era de las primeras que siempre iban a buscar, es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿José recuerda el día en que sucedieron los hechos? R- recuerdo que fue un 11 del 2009. ¿Puedes indicar a qué hora y que hiciste ese día en clase? R- Recuerdo que un día normal, y que teníamos un examen de matemáticas, y recuerdo que supuestamente la niña salió raspada, salíamos a comer y nos despacharon, cuando había almuerzo nos despachaban a las 03:00 de la tarde y cuando no había nos despachaban al mediodía. ¿José recuerda cuales eran los representantes que siempre eran los primeros en buscar a los alumnos? R- Siempre todos los días la venían a buscar primero a ella. ¿Recuerda a que hora de ese día buscaron a la niña? R- No recuerdo, pero si recuerdo que ese día nos despacharon al mediodía porque no había almuerzo. ¿Recuerdas cuando la mama de OMISSIS la iba buscar ese día? R- Si a ella siempre la buscaban primero, y yo siempre estaba presente. ¿Cuándo ustedes iban hacer deporte se quedaba algunos de los alumnos solo en el salón de clases? R- cuando venía el profesor de deporte nos íbamos todos, y el maestro Venancio se iba a la dirección a esperar que nosotros termináramos. ¿Cómo permanecía la puerta del salón? R- siempre estaba abierta desde que entrábamos en la mañana. ¿Explica al Tribunal cuando salían a comprar a fuera, como era eso en el salón de clases, explica al Tribunal como salían? R- El maestro nos permitía salir de dos en dos a comer, para que no quedara nunca el salón solo. ¿Cuándo te refieres a comer era comprara chucherias desayuno? R- cuando no había desayuno era que nos dejaban salir a comprar algo. ¿El almuerzo como era y donde comían? R. Comíamos en el salón, nosotros llevábamos nuestros envases y el comedor nos depositaba allí la comida, y siempre comíamos en el salón. ¿Recuerdas si ese día llovió? R- recuerdo que había tiempo frío pero no llovió. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿recuerdas que grado te dio el maestro Benancio Morao? R- Si 4 grado. ¿Cuánto tiempo te impartió clase el maestro Venancio? R- él estuvo ausente un tiempo por un viaje, y nos dio la maestra Mónica ¿Siempre estuviste recibiendo clases de 4 grado del maestro Venancio Morao? R- si estuve con él todo el 4 grado. ¿Qué te hace recordar la fecha 11 del 2009? R- ese día todo fue normal, tuvimos clases, y ese día el maestro Venancio se iba de viajes. ¿Recuerdas en que mes? R- Creo que Noviembre. ¿En todo cuarto grado lo cambiaron de salón? R- No. ¿Recuerdas cinco nombres de tus compañeros de clases de esa época? R- José Bellorin, Johnny Hernández, Laura Falcon, Ramón, Carluis. ¿Dónde veían clases de deporte? R- Como no había cancha segura de deporte, y nos daban clases en frente del salón, porque en esa época estaban construyendo la escuela y nos pasaron a otra mientras tanto. Es todo.
Gloria del Valle Mago Chacon,
“No tengo conocimiento de los hechos, sino que me entere después de lo que ocurrió en el salón de clases del maestro con el papa de omissis, porque en ese momento estaba allí, es todo. La Defensa Privada quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Cuál es su actividad laboral? R- soy docente de la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez. ¿Cuánto tiempo ti9ene laborando en esa institución? R- Nueve años. ¿Qué grado imparte? R- En esa oportunidad impartía 4 grado. ¿Recuerda el día que ocurrieron los hechos que usted se enteró? R- recuerdo fue en el 2009, tenía como 4 años laborando allí. ¿Cómo era el inicio de las actividades de clases de esa institución? R- en esa época los niños salían a comparar su merienda y regresaban al salón de clases, es decir se le daba un receso. ¿y la hora de almuerzo? R- lo hacían en el salón. ¿Cómo permanecían las puertas del aula de clases? R- Siempre abierta. ¿Qué actitud tenía el papa de OMSSIS en ese momento cuando ocurrieron los hechos? R- En ese momento el entro y nos pareció normal, y fue cuando vimos los golpes muchos se acercaron, pero yo me quede en mi sitio, y el al salir le pregunto qué había pasado, y él me dijo que el maestro había pasado algo con su hija, eso es lo único que presencie. ¿En el tiempo que tiene en esa institución vio en la conducta extraña en el maestro Venancio y los niños? R- No nunca vi una conducta extraña de parte del maestro Benancio. ¿Cuándo sus alumnos va hacer deporte, como es la dinámica, y en qué espacio físico realizan las actividades? R- en ese entonces estábamos en el municipio escolar, el maestro deporte los busca salen todos, y hacen su actividad, y los vuelve a llevar, nunca se queda nadie en el salón. ¿Recuerda si ese día llovió? R- no recuerda. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿En que se dé la escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez cumplía usted su función docente en el periodo 2009 – 2010? R- a raíz del terremoto, una parte estaba en la sede, y otra en la parte del liceo. ¿Recuerda usted como sus alumnos a los niños José Bellorin, Johnny Hernández, Laura Falcon, Ramón, Carluis y José Márquez? R- Ellos no eran de mi sección, yo daba 4 A. ¿Usted suscribió alguna constancia de buena conducta a favor del ciudadano Benancio Morao? R- No recuerdo. ¿Para el periodo 2009-2010 usted ejercía algún cargo o función en el consejo Comunal de San José? R- Sí. ¿Recuerda usted como su alumno del periodo 2009-2010 como sus alumnos a Rigoberto Martínez y Luisanyelis Suniaga? R- No recuerdo. ¿Dónde veían Deporte sus alumnos? R- en un pasillo que estaba habilitado cerca de la dirección. Es todo. Cesaron las preguntas.
Maria del Valle Martínez Segura,
“Lo que voy a decir es la verdad y nada más la verdad de lo ocurrido el 11 de diciembre del año 2009, yo soy docente de la escuela Bernardo Bermúdez, ahorita tengo 30 años de servicio, como docente de cultura, ese día estaban celebrando los niños de preescolar la navidad y yo me disfrace de Santa Claus, para la actividad, que varios años lo venía haciendo, esa mañana el maestro Benancio se acercó a decirme que él tenía una actividad con alumnos de 6 grado que les había dado clase anteriormente, para invitarme a compartir, y los representante y los que quisieran ir de la institución, me fui al salón de preescolar y se desenvolvió todo en el preescolar, y cuando regreso encuentro una alboroto, que no era normal en la escuela, me encuentro carios docentes en el salón, del maestro Benancio y el Sr. presente en sala, y veo al maestro con la camisa bañada en sangre, y escuchaba que la esposa del señor Alexis le decía porque hiciste eso, y lo decía varias veces, que ella no le había dicho eso, de allí llevaron al maestro al ambulatorio, y fueron a poner la denuncia a la policía, varios maestros y el maestro Benancio, es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿puede indicar al tribunal cuanto tiempo de servicio en la institución? R- 30 años de servicio. ¿Puede indicar al Tribunal que grado impartía en la institución ¿R- le doy clases a toda la matricula porque soy docente de cultura. ¿Puede indicar si impartió clases a la niña OMISSIS? R- en esa época como era la docente de cultura impartía a toda la matrícula de la institución. ¿Indique si preparo algún acto cultural de los alumnos de 4 grado del maestro de Benancio? R- en esa época se preparaba un parrando, y participaban todos los alumnos, y participaban dos alumnos de cada grado., la OMISSIS no tengo nada que decir, era una niña tranquila, y participaba en sus clases. ¿Puede Indicar, en todo el tiempo que tiene de servicio como permanecen las puertas de las aulas de salón? R- las puertas permanecen abiertas y más que estábamos en un recinto prestado. ¿Puede indicar el 11-12-2009 a eso de las 09 o 10 de la mañana tránsito por el pasillo del salón de clases donde impartía clases el maestro Benancio? R- en ese mañana estaban varios docentes que estábamos con los ensayos del parrandon. ¿ En el tiempo que tienen en la institución esa semana del 11-12 alguna vez observo que el maestro Benancio se quedaba solo con los alumnos dentro del salón de clases? R- nunca quedaba solo, los salones se cerraban al finalizar la jornada, casi siempre la última que quedaba era yo. ¿Ese día 11-12-2009 observo alguna actitud nerviosa o sospechosa del maestro Benancio? R- no, estábamos echando broma, y no vi nada fuera de lo normal. ¿Puede indicar si recuerda a qué hora, fue cuando escucho lo que la esposa del Sr. Alexis le decía, que indico en su declaración? R- la hora exacta no la recuerdo, estaba con la actividad con los niños del preescolar, cuando regreso, van pasando y escuche lo que indique. ¿Puede indicar si ese día llovió o no? R- no recuerdo. ¿Puede indicar al Tribunal la conducta del ciudadano Benancio Morao? R- normal como todos nosotros, nunca vi en el nada fuera de lo común. ¿Puede indicar como era la conducta del ciudadano Benancio con sus alumnos? R- había mucha comunicación, impartiendo conocimientos, veía todo normal. ¿Puede indicar al Tribunal como es la visibilidad desde afuera del aula de clases del maestro Benancio? R- el aula quedaba en frente de la dirección, y había un salón de usos múltiples que se usaba para el deporte, el personal siempre estaba sentados cercas, pendientes de los muchachos, tenía bastante visibilidad. ¿En el tiempo que estuvo en la institución observo que algún niño se quedaba solo en la hora de deporte? R- el docente de deporte los buscaba a los alumnos, y los unía para la actividad. ¿Tiene conocimiento del almuerzo y el desayuno que había en la institución? R. el comedor quedaba en la otra escuela, y el traslado de los muchachos era incomodo por lo que siendo una escuela bolivariana, se desayunaba y almorzaba dentro del aula de clases. Cesan las preguntas. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Qué le hace recordar el día de los hechos el 11-12-2009? R- porque ese día fue que se presentó el problema que se cayó mano a mano el Sr. Alexis con el maestro. ¿Hasta qué hora realizo la actividad como santa Claus en el preescolar? R- empezamos como a las 09:00 pero con exactitud la hora que culmino, pero fue en el lapso de 11:00 y 12:30. ¿Qué distancia queda entre el preescolar donde realizaba la actividad a la escuela bolivariana Bernardo Bermúdez? R- a una distancia de donde está la puerta de la sala a donde culmina el pasillo de la escalera. ¿Puede precisar con puntos cardinales la ubicación de lo que está indicando? R- en el sur Esta la Dirección, hacia la izquierda el este el salón del maestro Benancio. ¿Cómo se llama la Directora del plantel para ese entonces? R- Magalis de Figueroa. ¿Ella presencio los hechos que ocurrieron ese día? R- ella estaba en la otra sede. ¿Para cuándo vio a la mama de OMSSIS ella tenía algún paraguas, cobertor, toalla? R- no recuerdo. Cesan las preguntas.
Alberto José Alejandro Guerra,
“Yo iba para la carretera a llevar a una alumna, y en eso veo al Sr Alexis que iba bajando con un palo directo al salón de Benancio yo iba tras de él , y me senté en el frente del salón de Benancio, es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Qué actividad realiza en la escuela Bernardo Bermúdez? R- Obrero. ¿Qué horario tiene? R- entro antes de las 6 de la mañana y salgo a las 3, y siempre esperaba al maestro Venancio para irnos. ¿Qué tipo de actividad realiza? R- abrir los salones y cerrarlos al terminar, poner el agua. ¿Ese día 11-122009 cuál fue su actividad? R- yo abría los salones, y buscaba la comida, porque alli daban 4, 5 y 6, y en la sede vieja 1, 2 y 3 grado. ¿Ese día repartió comida? R- sí, se llevaba la comida a los salones. ¿Recuerda ese día se despachó a qué hora? R- a las 11. ¿Recuerda los representantes que siempre iban a buscar a los alumnos? Siempre iba la mama de la niña: ¿puede indicar si llego a observar si el maestro Benancio se quedaba solo con los alumnos en el aula de clases? R- no. ¿Cuándo vio al ciudadano Alexis, y lo vio con un palo, hacia donde se dirigía el? R. al salón del maestro Venancio. ¿Qué hizo el señor Alexis? R- le dio en la cabeza al maestro Benancio. ¿Vio cuando le seños Alexis le dio con el palo al maestro Benancio? R- escucha el golpe. ¿Vio cuando el señor Alexis salio del aula de clases con quién? R- el salió solo no estaba acompañado. ¿En el tiempo de servicio que tiene en la institución observo alguna conducta sospechosa del señor Venancio? R- no. ¿Las puertas del salón de clases permanecían abiertas o cerradas? R- abiertas. ¿Puede indicar al tribunal la ubicación del aula de clases, si hay visibilidad, si siempre había personal cerca del aula? R- sí, la dirección queda cerca del aula de clases. ¿Puede recordar si en la actividad de deporte de los alumnos del maestro Venancio? R- se quedaba algún alumno solo con el maestro? R- no. Cesan las preguntas. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Dónde funcionaban el preescolar de la escuela Bernardo Bermúdez? R- a 30 metros del liceo donde funcionaba la escuela. ¿Dentro del liceo viejo o una sede aparte? R.- dentro de la sede del liceo. ¿Qué personal directivo se encontraba en la sede donde funcionaba el liceo viejo donde estaba 4, 5 y 6 grado, el día que vio al profesor Alexis con un palo en las manos? –R- la Sub. Directora Daisi López de Albornoz. ¿Qué día fue eso? R- el 11-12-2009. ¿Qué le hace recordar que fue el 11-12-2009 y no otro día? R- porque ese fue el día. Cesan las preguntas.
Jonny Rafael Fernández,
“Nosotros estábamos en la parte que era el antiguo liceo, y funcionaban unos grados de la escuela Bernardo Bermúdez, cuando se presente el ciudadano Alexis, siempre nos sentábamos en el frente del salón del maestro Benancio, que quedaba a unos escasos 20 metros, donde funcionaba el área de la dirección y siempre nos sentábamos allí, cuando comienza la gritadera de las mujeres corren, los hombres entre ellos Pedro Martínez, Popi que no recuerdo el nombre, en ese momento estábamos en la parte de tras cerca de la mata de mango y vimos cuando entro el señor Alexis, la entrada era donde queda entonces el simoncito, cuando escuchamos los gritos de las mujeres, y salimos a ver lo que pasaba, nos conseguimos con la maestra Crusbeira, en ese momento tenían al maestro Benancio afuera con la cabeza bañada en sangre, la maestra Crusbeira llevaba un palo de aproximadamente 60 centímetros, y el señor Alexis ya había salido corriendo, y escucho cuando la esposa le decía al señor Alexis, que ella no le había dicho nada malo para que actuara de esa forma, en ese momento montamos en mi carrito Fiat blanco al maestro y fuimos al comando policial a poner la denuncia, de lo que había acontecido dentro de la escuela, es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Diga al Tribunal cuanto tiempo tiene de servicio en la escuela Bernardo Bermúdez? R- 9 años. ¿Con que frecuencia se sentaban el sitio que usted indico? R- después de la actividad del himno, nos sentábamos allí. ¿De esa parte se observa el salón de clases del maestro Benancio? R- si se observaba bastante. ¿Ese día del 11-09-2009 observo si el maestro se quedaba solo en el salón? R- no, en esa escuela por ser bolivariana no se daba recreo, los niños salían a comprar sus cosas para desayunar, e iban a comparar unos 30 metros lineal, pero nunca salían de la escuela. ¿Puede indicar como permanecía la puerta del salón del maestro Benancio? R- siempre estaban abierta, porque Defensa civil siempre nos indicaba que las aulas siempre deben estar abiertas, ya que estábamos en una zona sísmica, y por algunas circunstancias siempre deben estar abiertas. ¿Puede indicar al Tribunal si en el tiempo que sentaban allí, observaban que la mama de omissis la iba a bizcar a la hora del despacho? R- para ese entonces, habían tres representantes entre ella la mama de omissis, siempre iban a buscar a sus niños siempre a la hora incluso un cuarto de hora antes, los llevaban al salón y los buscaba, era ella y la Sra. Nati, y otra que no recuerda ahorita el nombre. ¿Puede indicar al Tribunal cuando la Sra. buscaba su hija, quedaban otros niños en el salón? R- la hora de despacho eran la misma para todos los grados, con diferencia de unos minutos, y el maestro se quedaba hasta que buscaran al último alumno, y casi siempre se ponían en el lugar destinado para deportes, para que buscaran al resto de los niños. ¿Puede indicar al tribunal si recuerda la hora cuando el ciudadano Alexis Rojas, se apareció en la institución? R- recuerdo que seria que faltaban cerca de 20 minutos para las dice, estaba cerca de la hora de despacho aproximadamente. ¿Puede indicar que escucho exactamente de la persona ciudadana madre de la niña OMSSIS esposa del señor Alexis Rojas de lo que dijo anteriormente? R- ella salió a paso apurado vociferando no diciendo que ella no había dicho nada malo para que actuara de esa forma en contra del maestro. ¿Porque se cuerda de ese día? R- porque fueron hechos que marco ese día en la escuela. ¿Puede indicar como es la conducta del señor Benancio Morao? R- en los años de servicio que tengo compartiendo con él siempre lo vi como una persona tranquila, siempre con una sonría, un carisma, una buena conducta. Cesan las preguntas. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Cuantos 4 grados o salones de 4 grados se impartían en la escuela Bolivariana Bermúdez, para el periodo 2009-2010? R- dos secciones de 4 grado. ¿Puede decirme quienes eran los maestros de esos grados? R- una era Benancio Morao, y la otra Yelitza no recuerdo el apellido. ¿El día de los hechos que narro que directivos se encontraban en la sede donde funcionada los 4 y 5 grados? R- para serle sincero no recuerdo, para ese momento si la Sra. Daisi López. ¿Recuerda a una alumna de nombre Laura Falcón? R- si la recuerdo, del sector Corea. ¿Ella era alumna del maestro Benancio Morao o la maestra Yelitza? R- no recuerdo. Cesan las preguntas
Randy José Mendoza Ruiz, de conformidad con el artículo 214 del Código Orgánico Procesal Penal, quien dijo ser venezolano, titular de la cedula de identidad Nº V- 28.280.131, domiciliada en Carúpano, Estado Sucre, quien siendo inquirida sobre los hechos objeto de debate manifestó: “ Ese día fue un día viernes y yo no fui a clases, es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Randy puedes indicar al tribunal que grado cursabas en la escuela bolivariana ubicada en san José Aerocuar. R: Yo estudiaba Cuarto Grado ¿Puedes indicar como se llama la escuela R: Escuela Bolivariana Andrés Mata, ¿Qué sección cursabas R: Sección A. ¿Puedes indicar el nombre del docente que te dio cuarto grado: R: Venancio Morao ¿Puedes indicar si recuerdas nombres de los compañeros de clases. R: Yorman, Yonny, Alejandro, José, Luís y no recuerdo más. ¿Puedes indicar al tribunal como era la actividad dentro del salón de clases con tus compañeros. R: nuestra actividad era normal con nuestras tareas. ¿Puedes indicar si recuerdas algún representante ir al colegio a retirar algún alumno cuando tu estudiabas. R: no recuerdo. ¿Cuándo era la hora del almuerzo y del desayuno era adentro del salón de clases o afuera. R: salíamos a comprar y comíamos dentro del salón. ¿Cuándo tenían deporte ustedes salían juntos a la cancha o se quedaban algún estudiante con el profesor. R: todos salíamos juntos. ¿Cómo permanecía la puerta del aula de clases. R: abierta. ¿Puedes indicar al tribunal como era la conducta del maestro con ustedes. R: Era un maestro bien con nosotros. ¿En ese tiempo de estudio viste alguna actitud sospechosa de propasarse el maestro con las alumnas de quedarse en clases. R: cuando despachaban todos nos íbamos. ¿Si recuerdas el salón de clases tiene visibilidad de estar cerca de la dirección R: sí. Es todo. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿En qué año estudiaste cuarto grado: R: Como en el 2010 o 2011. ¿Cuántos maestros de cuarto grado habían R: Dos nada más, Sección A y B. ¿Cómo se llamaban los maestros de esas sección. R: Yelitza Caraballo y Venancio Morao. ¿Cuando salían a comprar todos. R: si todos. ¿Hubo algún alumno que estudiara en tu sección que cambiaron con la maestra Yelitza Caraballo. R: no recuerdo. ¿Recuerdas si algún compañero de estudio se llamaban José Márquez y Laura falcón. R: Laura estudiaba en la otra sección y José Márquez conmigo. ¿Recuerdas a una persona de nombre Gloria Mago Chacón que era maestra. R;: si me acuerdo, daba quinto grado.
SONIA TERESA MUNDARAIN DE CEDEÑO, titular de la cedula de identidad Nª 6.956.575, quien expone: Ese día yo me encontraba sentada frente a lo que funcionaba como dirección de la escuela, entonces vi cuando el señor entro al salón, escuche unos golpes y cuando el señor salió paso por el frente de donde yo estaba sentada y la maestra gloria le pregunto qué pasaba, que porque había hecho eso el señor respondió porque el maestro abuso de mi hija, yo quede allí parada y fue cuando todo se alboroto y salió el maestro del salón bañado en sangre, es todo. La Representante del Ministerio Público, quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Hora y lugar de los hechos que acaba de narrar. R: el 11 de diciembre del 2009, en las aulas viejas del liceo Andrés Mata, después de la salida de los niños. ¿Cómo se llama la institución al cual hace referencia que despachaban a los niños: R escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez. ¿Cuál es el horario de clases de la escuela bolivariana para el periodo 2009-2010.: R: de 7:001 am a 3:00 de la tarde. ¿Porque despachaban a las 11:30: R: porque no había almuerzo. ¿Y porque no a las 12: 00. R: bueno variaba. ¿Qué cargo: R;:: docente de aula daba 6 grado ¿Y la maestra Gloria que grado daba: R: No recuerdo. ¿Cuántas sección daban cuarto grado. R: No recuerdo ¿Qué tiempo tiene trabajando en esa institución. R: trece años. ¿Usted recuerda los nombre de los maestros en el periodo 2009-2010: R: no, en esa semana me reincorpore de un reposo medico por un operación. ¿Qué tiempo tubo usted de reposo. R: dos meses. ¿Ósea para los meses de: R: finales de septiembre y me incorpore en diciembre. ¿Había una instrucción por parte de la directiva de la institución respecto a laboral con las puertas abiertas o cerradas. R: si, el personal de protección civil siempre va a la escuela hacer talleres y mantener las puertas abiertas porque vivimos en una zona sísmica, ¿Podría indicar las características de las aulas de clase del liceo. R: en el centro estaba un área que no tiene nada y el maestro de educación física impartía clases cuando la cancha estaba ocupada. Y donde estaba sentada hay dos aulas del lado derecho dos de frente y en el lado izquierdo unas oficinas. ¿Descripción física de los salones. R: De bloque con una puerta de hierro con una hoja, ventanas de persianas, sin vidrios, ¿Qué medidas tienen las ventanas. R: como de un metro, todo un ventear. ¿AMENAZA quien se refiere usted cuando indica que salió del salón y dijo el maestro abuso de mi hija. R: Al papa de la niña alumna del maestro Morao. ¿No se acuerda el nombre de la niña R: No. ¿A pesar de estar de reposo tenia usted conocimiento sobre si había algún compañero suyo que estuviera de reposo o de permiso. R: Si el maestro Venancio. Cuando me fui de reposo él estaba trabajando y cuando me incorpore él no estaba trabajando, no sé, no le puedo asegurar. ¿Cómo es que el maestro estaba herido si estaba de reposo, R: si estaba no recuerdo. Es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Puede indicar al tribunal si ese día 11 de diciembre del año 2009, a qué hora llego al liceo. R: normalmente llego a las 7: ¿Qué hizo ese día R; cantando el himno, fui a las aulas de atrás lo que funcionaba como dirección, Salí a la hora de despacho como a a las 11:30 y me senté allí donde estaba. ¿a qué hora se sentó allí? R: de 11 a 1:30. ¿Cuándo se sentó los alumnos se habían ido. ¿Pudo presenciar si algún representante fue a retirar algún alumno: R: no recuerdo. ¿Puede indicar si la mama de omissis la fue a retirar R: no recuerdo. ¿En el momento que suceden los hechos puede indicar quienes se encontraban allí. R: La maestra gloria y la maestra Cruz Tineo. ¿Usted puede indicar al tribunal si en el momento en que la escuela entregaba las comidas o era el momento del almuerzo había un lugar específico para almorzar. R: dentro del aula cada uno en su mesa silla. ¿En ese tiempo como era la conducta del maestro Morao con los alumnos con el ambiente, como se desempeñaba. R: Yo observaba buen trato bastante comunicación, nunca observe maltratos ni nada irregular. ¿Puede indicar si ese día llovió. : Para horas de la tarde. ¿Puede indicar unos nombres de los alumnos del maestro Venancio. R: No”.
Sulma Josefina Hernandez Tineo,
“”Bueno yo trabajó en la escuela donde trabajaba el docente, estaba presente ese día cuando empezaron los hechos, ese día me dirigía a mi salón cuando entro el señor y traía un palo escondido atrás, y no pensé que aria nada malo entre a mi salón y luego escuche la bulla, cuando Salí él tenía el palo y estaban forcejeando con el palo y los compañeros le quitaron el palo, el señor salió del salón y en ese momento se llevaron al señor luego la señora gritaba que él no le había dicho nada malo a él para que hiciera eso,. Es todo. La Defensa Privada a realizar preguntas quien interroga al deponente en la forma siguiente: ¿Usted recuerda la fecha de ese día R: 11/12/2009 día viernes. ¿Usted recuerda el sitio. R: En el salón del Maestro. ¿Cómo se llama la escuela. R: escuela Bolivariana Bermúdez. ¿Puede indicar a qué hora llego el señor con el palo. R: la hora exacta no sé, ¿ Con quién llego el señor a la escuela. R: Solo. ¿Cuándo el señor se retira que usted pudo observar. R: Cuando el señor se retiró yo me quede en el salón ¿Estaban otras personas. R: Estaba también la señora. ¿Usted pudo observar si el señor Alexis le ocasiono una lección al señor Morao. R: Si le partió la cabeza. ¿Cuál es su función n en la escuela. R: Obrera. ¿Cuánto tiempo tiene en la escuela. R: 7 años fijas y 5 de colaboradora. ¿Ese día a qué hora llego al colegio. R: Mi hora normal 6:30. ¿Usted ese día pudo observar alguna relación irregular del maestro con sus alumnos. R: No. ¿Puede indicar como se mantiene las puertas el salón de clases,. R: Abiertas. ¿Puede indicar la ubicación del aula de clases donde imparte el maestro Venancio y su estructura física, si hay visibilidad, si está cerca de dirección. R: el salón de clases queda al frente de la dirección de lado izquierdo, en el medio la cancha y a una esquina la cancha porque eso es pequeño, y el salón tiene mitad de bloques y la parte de atrás era rejas. ¿Cuál es el sitio donde se sentaba y si se podía ver. R: Si nos sentábamos y la puerta del salón quedaba al frente. ¿Qué tiempo se sentaban. R: todos los días de la semana porque ese era el único lugar donde nos sentábamos, si había visibilidad de ver para el salón. ¿Puede indicar si los alumnos desayunaban dentro o fuera del salón de clases. R: dentro. ¿Usted en esos días pudo observar si cuando salían hacer deporte quedaba un alumno con el maestro Benancio. R: Salían todos. ¿Puede indicar el comportamiento del maestro con los alumnos y en las instalaciones. R: el maestro Venancio fue maestro de mis 5 hijas y nunca lo note mal, siempre fue cariñoso. ¿En el tiempo que usted tubo alli pudo ver a la representante de la niña en ir a buscar a la niña. R: Uno de los representantes en buscar a la niña era la mami de OMSSIS. ¿Usted señalo que la esposa de Alexis le decía algo, que era. R: Que ella no le había dicho nada malo a él para hacer eso. Es todo.
MARLYS BRÍGIDA BASTARDO DÍAZ, testigo de la Defensa Privada, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, cédula de identidad Nº V- 14.173.776, quien, manifestó: Yo trabajo en la institución pero cuando sucedieron los hechos yo no estaba allí estaba limpiando y cuando regrese ya el maestro lo habían sacado que le dieron un golpe, no vi lo que paso. Es todo. La Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿diga al tribunal que actividad presta en la escuela. R: Obrera. ¿Diga al tribunal en que consiste el trabajo. R: cerca los salones del centro educación inicial bernardo Bermúdez. ¿Qué tiempo tiene en la institución. R: 7 años. ¿Diga al tribunal que hace cuando termina su jornada. R: Me siento con mi8s compañeros hablar. ¿Diga al tribunal si alrededor de los salones está cerca de donde está sentada. R: Si es accesible. ¡Diga al tribunal si permaneció allí si en el salón la puerta estaba cerrada. R: Los salones nunca permanecen cerrados por orden de defensa civil. ¿Diga al tribunal si todos los alumnos salían hacer deporte. R: salían todos. ¿Diga al tribunal si pudo observar si algún alumno se quedaba con el maestro. R:: No. ¿Diga al tribunal si pudo observar si algún representante buscaba a un alumno a la escuela. R: Todos los representantes iban a buscar los niños. ¿Diga al tribunal como era la conducta del maestro en la escuela. R: El maestro le dio clases a mi hijo y siempre tuvo una buena conducta. ¿Diga al tribunal si vio alguna actitud sospechosos del maestro con los alumno. R: no- ¿Puede indicar como era la hora el almuerzo,. R: se lo llevábamos al salón de clases. Es todo. La representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al tribunal si puede indicar donde presta sus servicios, ubicación exacta donde presta su trabajo. R: Carretera san José Carúpano en la misma escuela inicial. Y la ubicación era donde funcionaba el liceo Andrés mata. ¿Diga dónde daba clases el maestro. R: Allí en la cede prestada. ¿Diga al tribunal si hay acceso de ese sitio a la cede prestada. R: No- ¿En sus horas de descanso porque no se quedaba en su cede. R: Porque nos reuníamos allí. Es todo. La jueza formulo preguntas: ¿Dígame la fecha en que usted dice que sucedieron los hechos. R: el 11/12/2009. Es todo.
BERNARDA FELIPA HERNÁNDEZ DE MILLAN, testigo de la Defensa Privada, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, cédula de identidad Nº V- 8.220.396, quien, manifestó: “No sé nada de eso. Es todo. La Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: “Diga la testigo que actividad presta en la escuela. R: Obrera. ¿Diga cuánto tiempo tienen trabajando allí. R: 12 años. ¿Dónde presta los servicios. R: Limpieza de los salones, ¿Qué actividad hacia cuando terminaban. R: Nos reuníamos a descansar cerca de la dirección. ¿Diga si de donde se reunían había visibilidad para el salón. R: Si. ¿Diga al tribunal si puedo observar si la puerta estaba cerrada. R: no. ¿Diga al tribunal si el maestro se queda con alumnos solo o acompañado. R: Solo, ¿Diga al tribunal si cuando los niños salían hacer deporte salían todos. R: Cuando le tocaba a cada salón salían todos. ¿Diga al tribunal si ellos desayunaban dentro del salón o afuera. Es todo.
MARLENYS DE JESUS ARO DURAN,
“Yo trabajaba en ese momento como subdirectora del centro de educación inicial del centro simoncito negra Hipólita bolívar, a su vez representante de una niña que estudiaba en ese momento con el maestro, la oficina de mi institución quedaba a unos 18 metros o 20 del salón que son dos estructuras que están ahí, la del preescolar y la de los salones, donde esta provisionalmente la escuela, me sorprendí mucho cuando supe del hecho ocurrido en ese momento porque no vi no veo, de verdad no veo no me explico porque esa acusación hacia el maestro él fue maestro de mi hijo mayor, siempre como mama estoy pendiente de mi niña se paraba en la puerta me saludaba, y la niña de este acto, en ocasión fue a mío casa a hacer trabajo con mi hija, y nunca tuve quejas de algún acto que hiciera el maestro, siempre fui miembro de la asociación de padres y representantes, conocía al personal, esta escuela por ser bolivariana no se da recreo por eso mi hija salía rapidito, yo visualizaba el salón donde está mi hija, cuando escucho el comentaría, si nunca hemos tenido quejas de nadie ni en el gremio docente como ciudadano y como maestro nunca vi ninguna actitud negativa hacia mi hija o a otro niño, tanto es así que cuando pasaron a 6to grado lo colocaron a él como padrino de la promoción en consenso con los alumnos y representantes, eso es porque gozaban del aprecio de los alumnos, y gozan de su aprecio y horita están en tercer año y están pendiente de que se aclaren los hechos, que nos han mantenido triste porque el maestro no se merece esto, Es todo. La Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Cuánto tiempo tiene ejerciendo el cargo de subdirectora del simoncito? Fui inaugurado de ese centro, 2 o 3 años escolares, ¿Dónde funcionaba? Funciona en el mismo lugar, las instalaciones de la antigua escuela Bernardo Bermúdez, ¿la dirección queda al frente del salón donde veía clase su hija? Lateral, ¿había visibilidad de donde funcionaba su trabajo al aula? Bastante, ¿Cómo se llama su hija? Milenia Chiquinquirá Betania Heredia Aro, ¿las puertas del salón permanecían cerradas o abiertas? Abiertas porque trabajamos en zona sísmica, ¿su hija le comento si el maestro abusada de las alumnas en el salón de clases? No nunca, más bien mi hija lloro mucho cuando se enteró de la situación, ¿observo cuando los alumnos recibían clases de deporte? A veces los sacaban a la cancha, y a veces cerca si había algún espacio, ¿iban todos a hacer deporte? Si todos iban, Es todo.
MARLENYS DE JESUS ARO DURAN, ¿puede definir como es la estructura del salón donde estudiaba OMSSIS alumna del profesión Benancio Morao? Ese salón en ese momento piso de concreto, techo de zinc, Paredes de bloque, una puerta, amplio, de acuerdo a los requerimientos, y tenía su ventana en la parte de atrás que se ve al otro lado, ¿la pared que queda frente a su lugar de trabajo hasta donde llega y que posibilidad tenia de observar? Yo no estaba detrás de la pared. Yo estaba frente al salón donde da la puerta de entrada, hay esta la puerta eso es reja, el ventanal se ve de la cintura para arriba, ¿usted estaba pendiente todo el día de lo que hacía el profesor Benancio? No, porque no era su supervisora y yo tenía mi trabajo, pero yo era representante, yo me paraba y veía mis aulas las que debía monitorear ¿si un alumno se siente mal va a clases de deporte? Si van mi hija iba y se sentaba cuando tenía su menstruación, ¿todos iba? Todos los alumnos iban, ¿usted se cercioraba de que fueran a la clase de deporte? Claro que me cercioraba porque estaba mi hija, ¿usted estaba pendiente solo de su hija? No, pendiente de todos, porque es la integración, que es una atención más especial porque es mi hija, ¿y sus alumnos? Mi trabajo me permitía monitorear ver lo que los alumnos, no es que yo pasaba todo el día allí, ¿recuerda la fecha de los hechos? El día exacto no, pero del mes si, tantos eventos, Es todo. La juez formulo preguntas: ¿desde qué fecha ingreso como subdirectora de ese centro y hasta que fecha ceso en el mismo? Empecé en el año escolar 2008-2009 que se inicia en el mes de septiembre, y luego 2009-2010, ¿para esa fecha que estaba como subdirectora del centro hubo algún acontecimiento en esa escuela donde estudiaba omissis en relación con el profesor Benancio Morao? Yo no estaba allí en ese instante, cuando manifestaron después que le habían dado un palo al profesor, ¿a la escuela donde estudiaba su hija? escuela bolivariana Bernardo Bermúdez, ¿la escuela y el preescolar están en la misma estructura? Si, ¿la división entre el centro negra Hipólita y la escuela Bernardo Bermúdez, era de qué manera? Es una reja, ¿su sitio de trabajo esa subdirección se encontraba en un área cubierta por paredes, como era la visibilidad hacia el salón de clases? Es una oficina la puerta donde uno se para, y de una lado están las aulas, ¿para ver al salón de clases tenía que estar parada en la puerta de su oficina? Si, y no me la pasaba parada hay, ¿Cómo tuvo conocimiento de estos hechos? Por mi hija que se formó un escándanlo, niños llorando, ¿se enteró por su hija? Por mi hija nada más no, ¿entonces como tuvo conocimiento? Por la bulla que se formó en el plantel, ¿tiene usted algún tipo de interés personal, en la resulta de este juicio? No, más bien quiero que todo se aclare cómo debe ser, Es todo.
VIRGINIA BLASINI MORISON
“La niña fue presentada a mi consulta en el colegio universitario de Carúpano, por referencia de la fiscalía, con un oficio solicitando la evaluación psicológica de la niña por estar severamente perturbaba por estar expuesta a actos lascivos por parte su docente, inicio su tratamiento que duro más o menos 1 año, hasta que estimamos que estaba en condiciones de manejar la situación y de adaptarse a su vida normal, es todo. La representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Cuántos años tiene de profesión y a que se decida?36 años trabajando en la psicólogo infantil, ¿a qué se refiere en perturbación? El estado de alteración de la niña en esos momentos, llanto, nerviosismo, ansiedad, miedo, ¿esas características porque las produce este delito? Es una experiencia de alto impacto traumático, desarticula la actividad emocional de cualquier criatura y si llego a la consulta, eso es imposible que el niño lo finja, que pueda alterar su coedición se le aplicaron pruebas psicológicas donde se notó que había sido expuesta a una experiencia altamente traumática, ¿una víctima como en el caso que nos ocupa sería necesario de que se cambie de institución por la situación a la que fue sometida dentro de su exposición por lo manifestado por la niña? Si claro, porque la niña asocia lo ocurrido y el ambiente, sustraerla del ambiente era lo más correcto hasta que supere la situación ¿en porcentaje cuál sería su diagnóstico en cuanto a la realidad de lo que manifestó la niña? 99,99 5 de que la niña vivió la experiencia por supuesto que la vicio, la sintomatología completica todas las presento la niña durante todo el proceso, ¿esa experiencia vivida por ella hasta que edad pudiera abarcar? Ella necesita una evaluación cada cierto tiempo para evaluar su tratamiento, ¿al día de hoy aun esta en esa situación? No, por las condiciones intelectuales de la niña y su entorno familiar, son favorables para su recuperación, pero si es bueno hacer su seguimiento ya que es una adolescente, ¿Cuándo el abuso es por un educador cual es el riesgo? Que lo vuelva a cometer, ¿Por qué un maestro llegaría a tal extremo? No estudie al victimario, cesaron. La Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Cuándo un niño es expuesto a este tipo de delitos baja su rendimiento académico? Impacta en escenarios de su vida, pero no necesariamente sobre todos, lo que si puede afectar su atención, ¿Cuándo esta niña todos los días en el trimestres del 2009 es expuesta al abuso esta niña demuestra ante el salón de clases o ante los profesores da señal de algo? No estoy Allí pero evidentemente tiene que haber dado alguna señal, ¿Cuáles son esas manifestación? aislamiento, sensibilidad, llanto recurrente, manifestaciones de tristeza, ¿en el rendimiento no afecta? Puede o no haberlo afectado, ¿Cuándo un nuño abusado todos los días en el salón de clases afecta su rendimiento o da alguna señal en el ambiente donde percibe sus actividades? El fiscal objeta por cuanto la defensa está indicando un supuesto y es declarada con lugar por la juez por cuanto estamos en un hecho concreto. ¿Cuándo la niña OMSSIS es abusada todos los días en el salón de clases puede dar alguna señal? Claro que puede dar señales, pero no sé si fueron todos los días, hubo recurrencia en los eventos, ¿Cuándo el sitio del suceso es una escuela los diferentes docente se pueden dar cuanta de la actitud de la niña? El docente está en contacto directo de los niños, yo fui maestra y soy profesora, puede haber cambios en el niño y pueden ser observado por el maestro, ¿usted es sexólogo? No, pero para determinar un caso de abuso no hace falta ser sexólogo, ¿realizo el método madelein tomas? No, ¿Cuándo la niña está en estado de shock afecta un estado cognitivo? Muchos niños encapsulan el trauma a nivel emocional, y es un mecanismo de defensa, hay otros niños que se desarticulan en todo, ¿Cuándo el niño va a ser entrevista es fácil? Es un proceso que se va desarrollando, hay casos más fácil otras más difícil, es tan variado como la condición humana, ¿diga usted si en la primera entrevista esos examen son concluyentes? No se aplicó prueba en la primera entrevista, solo que una entrevista, depende del caso, yo no puedo establecer la cronología de cada caso, o sinceramente no recuerdo, cesaron La jueza formulo preguntas: ¿reconoce el contenido y firma que presento y que se le coloca de manifiesto? Si, ¿de acuerdo a este informe o síntesis cuales fueron las conclusiones una vez que evaluó en fecha 11-11-2009 a la niña OMSSIS? Que había sido expuesta a una experiencia altamente traumática en su vida sexual, ¿esas síntesis de exploración psicológica no nos da el autor con veracidad de quien le propicio esas lesiones psicológicas no da certeza de la culpabilidad de la persona requiere o ella señalo el autor de estas lesiones psicológicas? Ello lo señalo y en función de eso aplique el test de la familia para verificar su estructura psicológica y la conceptualización de la figura masculina para la niña, Tuve varios contactos con ella, para restituir su estabilidad emocional, esa fue mi prioridad, el autor se acercó varias veces a tratar de hablar conmigo, de una manera muy cordial y amable, cordial con él porque es un ser humano, ¿la niña desde el punto de vista psicológica es un paciente? Si, ¿la victima del presente asunto podría mentir acerca de la autoría de la persona que señala como responsable de las lesiones psicológicas? Por su edad, 8 años, por su estado psicológico, por los afectada, difícilmente se puede pensar que la niña pueda mentir, y las entrevistas las pruebas psicológicas donde uno va desentrañando, seria demasiad torcido pensar que un niño pueda inventar eso, en mi experiencia solo una Jove de 13 años, y eso salió a relucir en la entrevista y la prueba psicológica, ¿noto que estaba inducida a mentir? No, ¿Qué porcentaje de alteración emocional? Como un 85 %, ¿en algún momento la niña manifestó que esos abusos eran varios, diarios? Eran recurrentes y de distinto tipos y naturaleza, ¿de acuerdo a su experiencia la niña manifestó porque no había exteriorizado eso tenía mucho miedo de que algo le pudiera pasar, ¿la niña accedió paulatinamente? Si poco o poco, Es todo.
MAGALI TERESA MALAVE DE FIGUEROA, cédula de identidad Nº V- 3.760.147, testigo, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, con domicilio en el estado Sucre, quien manifestó: yo era la directora del plantel, pro por efectos del terremoto, la escuela estaba divida en dos partes, una parte trabajaba el maestro con otro docente y en la sede donde estaba el área administrativa, cuando sucedieron los hechos yo estaba en la otra parte de la escuela, no es mucho lo que pueda aportar porque no estaba, lo que oí fue los comentarios, cuando me dirigí a donde fue los hechos, fui a la policial a colocar la renuencia, el maestro fue mi compañero de trabajo y los padres de la niñas fueron alumnos de la escuela y ahora representantes, tenían confianza para ir a hablar conmigo y no lo hicieron, y no me consta que haya sucedido lago allí, es todo. La representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿recuerda la fecha de eso hechos? Creo que fue el 11-12-2009, ¿Por qué lo recuerda? Porque íbamos a ir a comprar unos recuerdos para una feria de la escuela, ¿conoce a OMSSIS? Si porque estudio en la escuela y su mama y su papa también estudiaron en la escuela, eran vecinos de la escuela, ¿recuerda el aula donde ella estudiaba? Teníamos unos alones funcionando en el liceo, y el maestro Benancio trabajaba en el liceo, ¿recuerda como era su salón? Normal quedaba diagonal a la secretaria, subdirectora, y donde yo me instalaba, ¿ese salón la parte frontal cómo es? Tiene media pared y ventanas que estaba abiertas siempre, uno se paraba y se inclina y se veía hacia fuera ¿un alumno sentado podía ver hacia afuera? No, por las paredes no, por la puerta si, ¿de afuera pueden observar hacia adentro? Si, ¿tendría la persona que acercase a la pared? Por supuesto, ¿a cierta distancia se podía ver por la ventana? Difícilmente, por la puerta si, ¿Cuándo terminaban las actividades uds. Se reunían? Si los viernes casi siempre, ¿el maestro Benancio asistía a las reuniones? A veces si, es una escuela bolivariana, ¿el señor Benancio mora estuvo ausente para el año 2009? El era permisivo y dejaba un docente, cuando tenía otras actividades, y dejaba un docente, ¿sabe si salió al extranjero? En ese año no anteriormente si, ¿al lado de la escuela bolivariana Bernardo Bermúdez, hay otra escuela? Esta la escuela, luego un terreno solo, y El liceo, la escuela quedo dañada y compartimos la matricula entre la escuela y el liceo, ¿se podría observar desde la dirección al salón donde estudiaba OMSSIS ¿Cómo se enteró de los hechos? Estaba en comedor de la escuela cuando me llaman que el maestro había sido agredido por un representante, corrimos hacia allá, y los maestros y obreros y ya se lo habían llevado para la medicatura de San José, una maestra tenía un palo en la mano y con eso le dio Alexis rojas, me fui a la medicatura no vi a nadie, y le pregunte a Benancio que paso y me dijo no sé, puse la denuncia en la policía, y después es que escucho rumores en la calle, porque el maestro me dijo que no sabía nada, no estaba hay cuando Alexis entro y le dio al maestro, cesaron. La Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué paso con ese palo? Una maestra me lo entrego y e dijo con este palo le dieron a Benancio, fue a poner la denuncia, y deje el palo, puse la denuncia en la policía de san José el mismo día un rato después de los hechos, ¿Cuántas años tiene trabajando en esa escuela? 33 años y ya estaba jubilada, ¿en el tiempo que estuvo en esa escuela escucho algún comentario donde Benancio le hiciera actos lascivos a niños? No, jamás, si hubiera tenido un rumor, yo hubiera tomado decisiones hubiera actuado, eran representantes que iban todos los días y nunca me dijeron nada, ¿usted estaba pendiente de lo que pasaba en la escuela? Si, ¿Benancio ese año metió algún reposo? Benancio era una persona que le gustaba meter sus permisos, y él hablaba con una representé que le hacía suplencia creo que se llama Mónica, ¿las puertas del liceo permanecían cerradas o abiertas? Por órdenes debíamos tener la puerta abierta, cesaron
LUÍS ALFREDO HIDALGO GONZÁLEZ, cédula de identidad Nº V- 11.440.496, Funcionario Policial testigo del Ministerio Público, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, con domicilio en el estado Sucre, quien manifestó: “ hasta donde recuerdo me encontraba de guardia, no recuerdo la fecha, se recibió llamada vía radia que en la escuela un ciudadano golpeo a otro y nos dirigimos a la calle san Francisco, no recuerdo el número de casa donde se nos participó que el ciudadano estaba en la clínica, es todo. La representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al tribunal si se tuvo conocimiento de que formularon denuncia. R: Para en el momento que yo me encontraba en el comando no hubo denuncia. ¡Diga al tribunal si cuando se trasladó al centro asistencial encontró a la persona lesionada. R: No. ¿Diga si dejo constancias en actas policiales de las actuaciones realizadas. R: Si. ¿Diga si emitió actuaciones competentes. R: No. ¿Diga si s le envió al ministerio Publico. R: No. ¡Diga si recuerda la persona que llego al comando. R: Si la persona que esta aquí presente. ¿Diga que manifestó. R: Que había un problema con su hija. ¡Diga si hubo detenido. R: No. Es todo. La Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al tribunal como le identificaron de la información. R: Creo que fue vía radio. ¿Diga al tribunal si dieron identificación. R: No recuerdo debe estar en los libros. ¿diga si si recuerda el nombre del ciudadano. R: sé que fue el ciudadano Morao. ¿Diga si fue a buscar al ciudadano. R: Si pero no estaba porque estaba en un centro asistencial en Carúpano. ¿Diga si tiene conocimiento de poner denuncia. R: No el ciudadano si pero no la personas golpeada. ¡Diga al tribunal si estaba en el comando R: Si. ¿Diga a qué hora entro al comando . R: A las 8 de la mañana. ¿Diga si estuvo todo el día en el comando. R. No, es todo.
ALI JOSÉ ROJAS: “mi actuación fue que nos mandaron del comando a dirigirnos a la residencia del señor Morao y en la residencia una ciudadana nos informó que el ciudadano estaba en un centro asistencial de Carúpano. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al tribunal Sobre quien era las actuaciones o la aprehensión que iban a detener. R: Al ciudadano Venancio. ¿Diga si el ciudadano se encuentra en sala. R: Si. ¿Conoce al ciudadano. R: De vista. ¿Diga al tribunal si tuvo conocimiento que el ciudadano Morao formulo denuncia. R: No. ¿Diga al tribunal porque aprenderían al ciudadano. R: por la denuncia del padre de la niña. ¡Diga a que departamento labora. R: Al Destacamento 34 de San José de Aerocuar. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Diga al tribunal Con quien se trasladó cuando buscaron al señor Venancio. R: Funcionario hidalgo, no recuerdo más. ¿Diga al tribunal si en el comando se recibió alguna denuncia de agresión de violencia física de parte del colegio de Andrés Bello. R: No. ¿Objeción? ¿Diga al tribunal a qué hora empezó su jornada y a qué hora termino. R: Se trabaja 24 horas por 48 horas libres, pero nunca sale al horario. ¡ ¿Objeción?. ¿Diga si permaneció todo el día en el comando. R: o recuerdo porque yo era chofer.
Lic. Maruja Navarro Bravo, cédula de identidad Nº V- 4.647.102, experta, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, con domicilio en el estado Sucre, (se deja constancia que se le coloco de manifiesto el informe psicológico) quien manifestó: acude el paciente a una consulta porque estaba ligeramente deprimido, me manifestó el motivo por el cual se sentía mal, Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué tipo de especialidad tiene y que tiempo de experiencia? Psicólogo clínico, 33 años de experiencia y sexóloga, ¿Qué tipo de método aplico al paciente? Se aplica el test de Bender gestal, es una prueba que le da información al psicólogo de los conflictos emocionales, nivel intelectual, rasgos de personalidad y disfunción sexual, es la Biblia del psicólogo y la prueba HTTP que es de personalidad, ¿se pudo determinar si dio características de aberración sexual? No, solo estrés por la situación del momento, para el momento de la evaluación no, ¿el perfil físico del Benancio Morao en relación a sus evaluaciones pudo determinar algún estado de shoc? Ligera depresión y estrés emocional, que es preocupación por la situación que me estaba planteando, ¿le dio algún indicio que podía cometer actos sexuales? Para el momento de la evaluación no, es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿ratifica el contenido y firma del informe? si, ¿es una prueba de certeza o de evaluación? Es una prueba nos da información sobre alguna disfunción emocional, personal, es la Biblia del psicólogo, Es todo.
LUSMINA ANTONIO VILLARROEL.
¿Es trabajadora de la escuela Bernardo Bermúdez? Si, ¿Qué tipo de trabajo realiza? Soy aseadora, ¿en el año 2009 trabajaba en esa institución? Si, ¿en ese año pudo escuchar, observar cual situación de acto sexual o de conducta irregular con los alumnos o con OMISSIS en esa institución con Benancio Morao? No, ¿las puertas permanecían abiertas o cerradas? Abierta, ¿había visibilidad para el salón de clases para ese salón? Si, porque al frente del salón funcionaba la oficina de la dirección y hay permanecíamos pendiente del trabajo, ¿Dónde los niños hacían deporte? Al frente del salón del maestro, en un patio, ¿Cuándo tocaba clases de deporte algún alumno se quedaba solo con el maestro Morao? No, el maestro de deporte los buscaba y se los llevaba a su salón, ¿Cómo es el salón? En la parte de atrás hay visibilidad al salón de atrás, y por el notro lado hay una aulas que se le prestaban al municipio escolar, ¿la representante de OMISSIS la iba a buscar al salón? La mama siempre iba a buscarla, ¿tiene conocimiento de la conducta de Benancio Morao en el trabajo? Nunca nos dio a demostrar lo contrario a lo que estamos hablando, siempre lo vi como una persona respetable, ¿nunca vio una actitud sospechosa con los niños en el salón de clases? No, ¿Cuándo desayunaban donde lo hacían? Salían a comprar y regresaban al salón, si había almuerzo uno subía a buscar la comida y la llevábamos al salón y yo llevaba al salón del maestro morao, es todo.
ANTONIA DEL VALLE MONTES REYES, cédula de identidad Nº V- 4.950.722, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, con domicilio en el estado Sucre, quien manifestó: yo le voy a hablar como personal administrativo de la institución, me encargaba de la asistencia, inasistencia, días hábiles, se dio inicio el 16 de septiembre y el 21 de septiembre comenzaron a laborar con alumnos, durante el mes de septiembre y octubre no se dio comida ya que no se le había pagado al proveedor, los niños comparaban su comida, la semana del 7 al 11 que fue la última semana que se dio clase, el suceso fue el 11-12-2009 y esa semana del 7 al 11 tampoco se dio comida en la escuela porque se estaba preparando el parando municipal, con todas las escuelas, del maestro benancio tengo que decir que fue maestreo de mi hijo en el año 1994 y de mi hija en el año 2000 y no tengo queja del maestro en ningún sentido, Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿puede indicar cuanto tiempo de servicio tiene en la institución? 21 años, ¿Dónde era su oficina? Estábamos en la sede de bernardo Bermúdez, en ocasiones veníamos a traer alguna información, ¿dentro de su actividad recorría el espacio físico? En la sede vieja si, ¿Cómo se mantenían esas puertas de los salones de clases? Después del terremoto del 97 esas puertas se mantenían abiertas, ¿el maestro se quedaba todo el día en el salón o intercambiaban materias? El maestro benancio tenía su salón, llegaba el maestro de deporte, la manualista, el maestro de música, varios maestros con varias actividades en el mismo salón, los maestros salían, ¿en ese año 2009 pudo observar que los alumnos se quedaban solos con el salón de clases? No el maestro daba 4, 5 y 6, algún caso de 3 o 4 representantes que eran de lejos que venían a buscarlos, ¿pudo observar alguna conducta de violencia sexual del maestro benancio morao? Nunca, ¿Cómo era su conducta? Si el no estaba escribiendo era sentado en su escritorio, ¿y con los maestros? Bien, siempre lo veía en su escritorio, es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿indique el periodo en que el maestro benancio morao estuvo de permiso? El 20 de octubre al 19 de noviembre, ¿7 al 11 deque año? De diciembre de 2009, en ese periodo no hubo comida porque había parado, ¿usted es secretaria administrativa de que departamento? De toda la institución, ¿Cuándo bajaba de la sede principal del colegio a la del antiguo liceo, usted, podía observar donde residían clases de deporte los alumnos de benancio morao? Las veces que fui no vi que estaban dando clases de deporte, pero sí sé que daban deporte al frete del salón, Es todo.
DAISY MARCELA LOPEZ DE ALBORNOZ,
“Era la subdirectora cuando se presentó ese problema, trabajábamos en la escuela en dos partes, una parte en la escuela arriba y una parte en el CDI, el maestro pertenecía a donde yo estaba, era un 11 de diciembre cuando paso eso, la escuela es bolivariana y no había comida en ese tiempo despachábamos a las 11:30, el di 14 era el parrandon de la escuela, los niños practicaban y cuando estabamos en la escuela el día 10 me mandaron las estadísticas y ese día él no fue, fue la suplente Mónica, el 11 que fue el día problema el maestro fue, le lleve sus estadísticas, después volví a ir al salón de clases, estuve casi todo el día hay, tineo y yelitza trabajaban frente del salón, a las 11:30 le dije al maestro si no iba al amigo secreto y me dijo que iba a corregir unos exámenes, más tarde llego un señor preguntándome por el maestro benancio y le dije que en el salón, y traía un palo en la mano, y el señor se dirigió al salón golpeando al maestro, y corrimos y vimos al maestro bañado en sangro, si un muchacho no agarra el palo lo hubiese matado, una señora le decía mira Alexis no te dije tantas cosas para que actuaras de esa forma, Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿usted lo vio solo con algunas alumnas o vio situaciones extrañas de actos lascivos o algo irregular? No en ningún momento, ese día no fueron muchos alumnos habían pocos niños, y no vi nada es más yo me quedaba de 15 a 30 minutos, me metía de salón en salón y me quedaba con cada docente, ¿no vio situaciones extrañas o sospechosas cerca del maestro? No vi nada, ¿usted vio cuando el señor que llego con el palo agredió al maestro? Si, estábamos esperando al maestro para el amigo secreto, yo misma lo fui a buscar y me dijo estoy corrigiendo, y llego ese señor que nunca había ido a preguntar por la niña, hay quien iba era la señora y ese día me pregunto por el maestro y le dije que en el salón no sabía que iba a agredir al maestro, ¿Quién dijo yo no te dije eso? La esposa le decía Alexis yo no te dije así eso no era para tanto porque actúas a así, después fui a donde el maestro y le pregunte que paso y lo único que le dije a la señora era que la niña iba mal en matemáticas, ¿daban recreo? No porque era bolivariana y despachábamos a las 11:30 porque no había comida, ¿la puerta del salón de clases de benancio como permaneció? No se cerraba puerta, porque es calurosa y no se podía cerrar, ¿eso día el señor le causo herida al señor benancio? Si le partió la cabeza y estuvo hospitalizado, ¿se colocó alguna denuncia en un cuerpo policial? La directora era Magali Figueroa, puso al denuncia y se llevó el palo por cierto, es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Qué problema se presentó el 11-12-2009? El problema con el representante de la niña que golpeo al docente benancio morao, ¿el 11-12-2009 estaba en el liceo viejo? Si, ¿Dónde residían las clases de deporte los alumnos del 4to grado A? al frente del salón en el patio de la escuela, ¿Cuáles son los nombres de los maestro de 4 grado A Y B? benancio Morao y Yelitza caraballo, ¿indique la ubicación de la oficina donde usted trabaja respecto del salón de clases de 4to grado A del periodo 2009-2010 y del patio? La oficina queda al patio y el salón frente a mí, Es todo.
ROSA TRINIDAD MACUARAN GUTIERREZ, cédula de identidad Nº V- 5.874.036, testigo, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, con domicilio en el estado Sucre, quien manifestó: ese día de eso hechos, yo no trabajo en la institución, sino en el municipio escolar, y fui a la institución a llevar una encomiendan a llevar una encomienda a la directora, de ahí pase al salón de benancio morao a llevarle una hallacas y me entero al medio día de lo sucedido, Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿a qué hora paso por el salón? 8:30, ¿había alumnos? Si, un grupo de docentes ensayando al parrandon, ¿observo alguna actitud sospechosa con alguna alumna en el salón de clases? No vi nada me pare en la puerta y me retire, no vi nada extraño, ¿Cuándo llego encontró la puerta abierta o cerrada? Abierta, es todo.
LUICE ANTONIO ALVAREZ JIMENEZ
“Se dijo que el maestro había abusado de la niña pero yo pienso que eso es mentira, Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿ese día 11-12-2009 asististe a clases? Si, ¿ese día el maestro se quedó solo en especial con OMISSIS? No, .asistía todos los días a clases? Si, ¿vio alguna actitud de actos lascivos del maestro benancio con algunas alumnas en especial con OMSSIS No, ¿Cómo permanecía la puerta de salón? Abierta siempre, ¿a qué hora despacharon? A las 12, ¿recuerdas que representantes llegaban a buscar a sus hijas? No, ¿se daba recreo? Era de 30 minutos, todas salían nadie se quedaba en el salón, incluso el maestro salio, ¿y en deporte? Siempre se iban primero las hembras y luego los varones, es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la representación del Ministerio Público quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿en el periodo escolar 2009-2010 donde estudias? Escuela bolivariana bernardo Bermúdez, ¿Quién te daba clases? Benancio morao, ¿recuerdas a una compañera de nombre OMISSIS? Si, ¿recuerdas si OMISSIS se quedaba sola con el maestro benancio morao? No se quedaba, ¿Dónde se recibían clases de deporte? En la cancha o en el patio, ¿recuerdas que ensayaban para un parrandon? No, ¿el 11-12-2009 fuiste a clases a qué hora te fuiste? Si, a las 12, ¿y ya se había dio OMISSIS o estaba en el salón? No recuerdo. La juez formulo las siguientes preguntas: ¿Cómo era el trato del maestro Benancio Morao para todos los alumnos que estaban en ese periodo 2009-2010? No era un trato específico era un trato amigable y especial para todos no había diferencia, ¿en algún momento en septiembre de 2009 cuando tuvieron clases observaste que en algún momento, algún día la niña OMSSIS rojas se quedó en el salón de clases después de la hora de terminación de las clases? No, ¿la puerta de ese salón permanecía cerrada? No siempre estaba abierta, ¿Cuándo terminaban las clases como estaba la puerta? Abierta, ¿Quién te iba a buscar? Mi mama o me iba solo porque vivo cerca, ¿OMSSIS cómo se iba? A veces la iban a buscar o se iba sola porque la abuela vive cerca, ¿eras amiguito de OMSSIS? Si, ¿en algún momento en clases de deporte todos iban? Si siempre todas iban, es todo.
CRUSBEIRA COROMOTO TINEO GRANADO, cédula de identidad Nº V- 11.966.350, quien previo juramento de Ley dijo ser venezolana, con domicilio en el estado Sucre, quien manifestó: bueno yo en realidad lo que puedo decir es lo que presencie yo soy docente en la escuela y en el momento de la agresión yo fui la que le quite el palo al señor, como era navidad siempre hacíamos los intercambios de regalos, al terminar las clases siempre nos sentábamos al frente de la dirección y como teníamos el compartir y como estaba haciendo unos registros y él nos dijo que esperáramos un rato, en ese momento paso un señor y en eso sentimos unos golpes, y unas maestras que están de frente al salón y gritan y vemos al profesor bañado en sangre y el señor dándole palo, yo le quite el palo al señor y en eso estábamos que paso, y le preguntábamos que paso, a raíz de eso al señor lo agarraron y en eso llego la esposa y le preguntaba que porque hizo eso, en eso nosotros agarramos al profesor Benancio y fuimos a la prefectura a poner la denuncia. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra a la Defensora Privada, Abg. Elvira Goitia, quien solicita se deje constancia de las siguientes preguntas y respuestas: ¿Ciudadana Crusbeira le puede indicar al tribunal a que se dedica? Soy docente y empecé a trabajar como docente en la escuela, desde que entre a la escuela es que conocí al profesor Benancio, ¿Puede identificar al ciudadano que golpeo al profesor Benancio?, no recuerdo el nombre del señor sé que es el papá de la niña, y se comenzó hablar de lo que pasaba, yo tengo una niña que es prima de la niña, en realidad no me acuerdo del nombre del señor y sé que es profesor, ¿Usted vio al señor con el palo? Cuando entro no, cuando le dio, y yo fui la que le quite el palo, ¿Dónde lo golpeo?, en la cabeza, él estaba todo bañado en sangre, ¿Usted pudo observar que el señor Benancio se cayó a golpes con el señor? No, el profesor no le pego, ¿Fueron a la prefectura a poner la denuncia? si nosotros fuimos a la prefectura hacer la denuncia, yo le lleve el palo lleno de sangre, cuando yo pase atestiguar era como las 7:00 de la noche, ¿Crusbeira usted puede indicar al tribunal si llovió? Que haya llovido no, para entrar al salón hay que pasar por el patio, ya cuando fuimos a la prefectura si estaba lloviendo y nos percatamos porque estaba un terreno donde están construyendo y nos resguardamos ahí, ¿Recuerda el día?, es difícil de olvidar porque siempre lo recordamos y lo ponemos de ejemplo, eso fue un 11 de diciembre de 2009, ¿Usted puede indicar si las puertas de la institución siempre permanecían abierta? Se mantienen siempre las puertas abiertas, igual se prohibía obstaculizar la puerta, ¿Qué grado usted daba? Yo daba en ese entonces sexto grado, ¿Dónde iban hacer deportes? No era donde estaban nuestras aulas, sino por el municipio escolar, en un terreno sin techo, en el frente donde quedaba el salón del maestro Benancio, ¿Ciudadana Crusbeira cuando los alumnos iban a ver deportes se iban todos? Si iban todos al menos que el niño este enfermo y el maestro lo sepa y se quede con el maestro, aun así, si el niño está enfermo se lo llevaba y lo ponían en una sombra, ¿El maestro sale acompañar a los alumnos? Si, ¿Crusbeira en esa escuela bolivariana se da recreo o algún tiempo libre para que los muchachos salgan a comprar? Ahí no se da recreo, si el niño no llevo su desayuno o no le gustaba comer lo que había, el maestro le daba permiso a uno o dos para que fuera a la bodega que esta atrás de la escuela, ¿En el tiempo que usted está trabajando en la escuela puede indicar la conducta del maestro Benancio con los niños? Nunca vi nada malo, ni presencie nada malo, conocí a un grupo de maestros mayores, no puedo decir que el maestro es un falta de respeto ni nada, en el tiempo que nosotros trabajamos siempre fue con respeto, más bien le decía que le encantaba sus muchachos, le hacía fiesta, siempre iba con un grupo de maestros y representantes y por cierto ese diciembre ya el tenía planeado un paseo con ese grupo, ¿Puede indicar si el maestro se quedaba solo con los alumnos? No. Es todo.
PRUEBAS INCORPORADAS POR SU LECTURA
SISTESIS EXPLORACIÓN PSICOLOGICA, de fecha 11-12-2009, suscrito por la Dra. Virginia Blassini; Datos de Identificación: OMSSIS, Fecha de Nacimiento: 06-03-2001, Edad: 8 años – 9 meses, Escolaridad: 4to Grado, Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, San José de Areocuar; Motivo Consulta: Actos Lascivos caracterizado por manipulación de los genitales de la niña, besos en la boca, sexo oral bajo sometimiento y amenazas por parte de su docente Benancio Morao. Resultados: Niña de adecuado desarrollo pondoestatural, aspecto saludable y satisfactoria preservación personal. Ubicada en tiempo, espacio y persona. Procesos sensoperceptivos normales. Es el primer producto de la relación matrimonial estable de Alexis Rojas y Francis Jiménez de Rojas, de la cual han nacido dos hijos más OMSSIS (6 años) OMSSIS (4 meses). Según referencia de la niña y el resultado del test de la familia, sus padres constituyen sólidas referencias afectivas y nutritivas. En el área intelectual dispone de una edad mental equivalente a su edad cronológica – Pseofunciones sin excepción conservadas (atención, concentración, memoria y capacidad asociativa). Pensamiento relativo a los constantes actos lascivos a los cuales fue expuesta y narra en forma amplia y detallada, ritmo acelerado, nivel concreto. En el área emocional se le explora severamente perturbada, tensa, confundida, triste e iracunda hacia su victimario. Reconoce que desde que se iniciaron estas acciones sintió miedo, repulsión y culpa. No se atrevió a hablar, por “temor que ocurriera algo malo”. Adicionalmente ha presentado alteraciones en el sueño y pesadillas, manifestó rechazo a la escuela. Recomendaciones: Proceder ante las instancias legales pertinentes a fin de que a OMSSIS no se le continúe vulnerando sus derechos. Continuar asistencia psicológica con las debidas orientaciones a los padres. Cambiarla de escuela. Inscribirla en actividades complementarias. Pruebas técnicas empleadas: Test de la Familia. Prueba de la figura humana Goudecoryh. Entrevista Psicológica. Validos por seis (06) meses: Cursante al folio 11 y vuelto de la Primera Pieza.-
CONSTANCIA DE RESIDENCIA, registro civil municipal, quien suscribe, Señor Pablo López, registrador civil del municipio Andrés mata del estado Sucre, hace constar; que los ciudadanos MAGALIS BELLORIN y MERCEDES DE VICENT, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nº 5.859.886 y 5.859.785, respectivamente en calidad de testigos, los mismo manifestaron conocer, bien de vista trato y comunicación al ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, venezolano, de profesión pescador, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.861.044, tiene fijada su residencia en la comunidad de san José de Aerocuar, parroquia de este municipio desde hace 50 años, constancia de residencia que se expide a solicitud de parte interesada en san José de Aerocuar a los 10 días del mes de febrero del año 2010. Testigos. Esta copia certificada se expide en papel común y sin estampilla de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del código civil vigente, según gaceta oficial Nº 38.945, de fecha 04 de junio de 2008. lo certifico Señor Pablo López, Registrador Civil Municipal, Cursante al folio 73 de la Primera Pieza.-
ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 2:10 horas de la tarde, del día jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, el niño JULIO CESAR ANDARCIA, de 10 años de edad, acompañado de su representante legal ciudadana YASMIR FERRER HERNANDEZ, de 32 años de edad, C.I. 13.730.175, natural de Carúpano, municipio Bermúdez, estado Sucre, nacido el 14-10-1999, domiciliada en el sector José Francisco Bermúdez, San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata, estado sucre, a los fines de exponer sobre los hechos como testigo bajo juramento en relación con la causa signada con el Nº 19.F05.2C.0291.09, que se investiga por el delito de (VIOLENCIA SEXUAL), previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña OMSSIS, de 8 años de edad, hecho ocurrido en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, de San José de Aerocuar, quien manifestó lo siguiente: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento vio al maestro manoseándole el cuerpo o sus partes íntimas (totona) a la niña OMSSIS. CONTESTO: no yo no vi nada de eso, en este estado pasa a exponer la ciudadana YASMIR FERRER, quien manifesté lo siguiente: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento llego a escuchar comentarios sobre el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO que estaba acostumbrado a tocarles las partes íntimas a sus alumnos y su menor hijo Julio Cesar él había manifestado que el maestro lo estaba tocando sus partes íntimas a él y a sus compañeritos de clase. CONTESTO: no, nunca más bien el maestro BENANCIO, hasta donde yo lo conozco es una persona muy respetable, el tiempo que él tiene en esa escuela, nunca se había escuchado una queja de ese maestro, es todo, se leyó y conformes firman. LA FISCAL, EL ENTREVISTADO JULIO CESAR A. LA REPRESENTANTE YASMIR FERRER, C.I. 13.730.175, Cursante al folio 68 de la Primera Pieza.-
ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 2:20 horas de la tarde, del día jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, la niña ELVIMAR DEL VALLE HERNANDEZ MORAO, de 10 años de edad, acompañado de su representante legal ciudadana YURAIMA MORAO, de 45 años de edad, C.I. 6.957.010 (quien manifestó ser hermana del presunto imputado BENANCIO MORAO), natural de Carúpano, municipio Bermúdez, estado Sucre, nacido el 10-11-1999, domiciliada en la urbanización Las Carmelitas, casa sin número, calle principal, San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata, estado sucre, a los fines de exponer sobre los hechos como testigo bajo juramento en relación con la causa signada con el Nº 19.F05.2C.0291.09, que se investiga por el delito de (VIOLENCIA SEXUAL), previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña OMSSIS, de 8 años de edad, hecho ocurrido en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, de San José de Aerocuar, quien manifestó lo siguiente: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento vio que el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO le enseñaba el piripicho, tocando o manoseándole el cuerpo o sus partes íntimas (totona) a la niña OMSSIS. CONTESTO: no yo nunca vi nada de eso, en este estado pasa a exponer la ciudadana YURAIMA MORAO, quien manifesté lo siguiente: yo soy hermana del presunto imputado y en realidad lo que puedo decir, que nunca mi hija me ha manifestado que su maestro quien es su tío, no hacía nada no acorde con la conducta de un maestro. PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento llego a escuchar comentarios sobre el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO que estaba acostumbrado a tocarles las partes íntimas a sus alumnos en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, CONTESTO: no, nunca mi hermano siempre fue un hombre muy educado más bien el regañaba a los alumnos cuando decían palabras obscenas, es todo, se leyó y conformes firman. LA FISCAL, EL ENTREVISTADO ELVIMAR DEL VALLE HERNANDEZ MORAO. LA REPRESENTANTE MORAO, C.I. 6.957.010, Cursante al folio 69 de la Primera Pieza.
ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 3:30 horas de la tarde, del día jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, el niño RANDY JOSE MENOZA RUIZ, de 10 años de edad, acompañado de su representante legal ciudadana JOSEFINA MARIA RUIZ, de 38 años de edad, C.I. 11.441.085, natural de Carúpano, municipio Bermúdez, estado Sucre, nacido el 19-01-2000, domiciliada en Camino de Guiria, casa sin número, calle principal, San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata, estado sucre, a los fines de exponer sobre los hechos como testigo bajo juramento en relación con la causa signada con el Nº 19.F05.2C.0291.09, que se investiga por el delito de (VIOLENCIA SEXUAL), previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña OMISSIS, de 8 años de edad, hecho ocurrido en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, de San José de Aerocuar, quien manifestó lo siguiente: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento vio que el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO le enseñaba el piripicho, tocando o manoseándole el cuerpo o sus partes íntimas (totona) a la niña OMISSIS CONTESTO: no yo nunca vi hacer nada de eso a mi maestro, en este estado pasa a exponer la ciudadana JOSEFINA MARIA RUIZ, quien manifesté lo siguiente; PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento llego a escuchar comentarios sobre el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO que estaba acostumbrado a tocarles las partes íntimas a sus alumnos en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, y si su hijo Randy en algún momento llego a manifestarle que el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO trataba de abusar de sus compañeritos de clases CONTESTO: bueno lo único que yo le puedo decir es que el comentario que dicen las personas en la calle, en verdad no puedo opinar sobre la conducta del maestro Benancio, ya que tengo poco tiempo conociendo, porque mis hijos estudiaban en camino de Guiria, anteriormente, es todo, se leyó y conformes firman. LA FISCAL, EL ENTREVISTADO RANDY. LA REPRESENTANTE JOSEFINA RUIZ, C.I. 11.441.085, Cursante al folio 70 de la Primera Pieza.-
ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 4:05 horas de la tarde, del día jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, el niño KEIVIS MAURICIO SANCHEZ PLACENCIO, de 12 años de edad, acompañado de su representante legal ciudadana NORLIS MARIS SANCHEZ ALCALA, de 29 años de edad, C.I. 15.883.961, natural de Carúpano, municipio Bermúdez, estado Sucre, nacido el 17-01-1998, domiciliada en el sector San Luís, vía san José de Aerocuar, casa sin número, carretera nacional Carúpano san José, estado sucre, a los fines de exponer sobre los hechos como testigo bajo juramento en relación con la causa signada con el Nº 19.F05.2C.0291.09, que se investiga por el delito de (VIOLENCIA SEXUAL), previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña OMISSIS, de 8 años de edad, hecho ocurrido en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, de San José de Aerocuar, quien manifestó lo siguiente: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento vio que el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO le enseñaba el piripicho, tocando o manoseándole el cuerpo o sus partes íntimas (totona) a la niña OMISSIS CONTESTO: no mi maestro nunca hizo eso, en este estado pasa a exponer la ciudadana NORLIS MARIS SANCHEZ ALCALA, quien manifestó lo siguiente; PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento su hijo le llego a manifestar que veía al maestro Benancio en actos no acorde a un maestro con las niñas o los alumnos de su clase, CONTESTO: no el maestro siempre está pendiente de sus alumnos y siempre cuando los alumnos aflojan en las clases el siempre llamaba a los representantes para plantearle la situación, es todo, se leyó y conformes firman. LA FISCAL, EL ENTREVISTADO KEIVIN. LA REPRESENTANTE NORLIS, C.I. 15.883.961, Cursante al folio 71 de la Primera Pieza. ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 4:20 horas de la tarde, del día Jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, ciudadana SONIA TERESA MUNDARAIN SANDOVAL, de 44 años de edad, C.I. 6.956.575, natural del municipio Andrés Mata, estado Sucre, (quien es directora de la escuela bolivariana Bernardo Bermúdez), domiciliada en el sector San Luís, vía san José de aerocuar, casa sin número, carretera nacional Carúpano san José, estado sucre, a los fines de exponer sobre los hechos como testigo bajo juramento en relación con la causa signada con el Nº 19.F05.2C.0291.09, que se investiga por el delito de (VIOLENCIA SEXUAL), previsto y sancionado en el artículo 46 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la niña OMSSIS de 8 años de edad, hecho ocurrido en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, de San José de Aerocuar, quien manifestó lo siguiente: PRIMERA PREGUNTA: Diga usted si en algún momento observo que el maestro BENANCIO ANTONIO MORAO tomaba actitudes no acorde a la de un maestro como hacer tocamientos o actos lascivos a los alumnos de su clases, tocándoles sus partes íntimas, enseñándole su miembro sexual (pene) a la niña OMISSIS. CONTESTO: no en ningún momento, en este estado pasa a exponer la ciudadana PRIMERA PREGUNTA: diga usted si para el periodo antes d su cargo de directora tuvo conocimiento que existiera alguna denuncia en contra del maestro BENANCIO ANTONIO MORAO, CONTESTO: no, no tengo conocimiento no sé si la otra directora tendrá denuncia en contra del maestro BENANCIO MORAO, es todo, se leyó y conformes firman. LA FISCAL, LA ENTREVISTADA, C.I. 6.956.575, Cursante al folio 72 de la Primera Pieza.
FIRMAS DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS QUE AVALAN LA PRESENTE ACTA DE LA COOPERATIVA BANCO COMUNAL, LA CABAÑA, VILLA HERMOSA DEL CONSEJO COMUNAL BELLA VISTA, SAN JOSE DE AEROCUAR, donde se deja constancia que Diecinueve (19) personas, dejando sentado su nombres y apellidos, firmas números de cedulas de identidad, con su respectivo sello que avala el Consejo Comunal Bella Vista, San José De Aerocuar Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, cursante al folio 75.
FIRMAS DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS QUE AVALAN LA PRESENTE ACTA DE LA COOPERATIVA BANCO COMUNAL, LA CABAÑA, VILLA HERMOSA DEL CONSEJO COMUNAL BELLA VISTA, SAN JOSE DE AEROCUAR, donde se deja constancia que Diecinueve (19) personas, dejando sentado su nombres y apellidos, firmas números de cedulas de identidad, con su respectivo sello que avala el Consejo Comunal Bella Vista, San José De Aerocuar Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, cursante al folio 76.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODE POPULAR PARA LA EDUCACION, ESCUELA BOLIVARIANA “BERNARDO BERMUDEZ”. SAN JOSE DE AEROCUAR – ESTADO SUCRE, de fecha 14/12/2009, Nosotros los abajo firmantes personalmente que labora en la Escuela Bolivariana “Bernardo Bermúdez”, mediante el presente escrito damos fe de conocer de vista trato y comunicación al Licenciado Venancio Antonio Morao, cedula de identidad Nº 5.861.044, quien durante 20 años se ha desempeñado en esta Institución y siempre ha demostrado ser un profesional responsable, honesto, con una moral intachable, cumplidor de sus derechos y obligaciones, buen esposo, buen padre, excelente compañero y colaborador . Y a través de todos los años que ha laborado en esta Institución nunca ha presentado problema alguno de conducta inadecuada a falta de respeto al personal o alumno. Donde se deja constancia que Treinta (30) personas, dejando sentado su nombres y apellidos, firmas números de cedulas de identidad, cursante al folio 77 y su vuelto.
FIRMAS DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES DE ALUMNOS CURSANTES DEL 4TO GRADO SECCION A, DE LA ESCUELA PRIMARIA EN LA UNIDAD EDUACTIVA BOLIVARIANA “BERNARDO BERMUDEZ, de la población de SAN JOSÉ DE AEROCUAR, MUNICPIO ANDRES MATA, ESTADO SUCRE, donde CATORCE (14) PERSONAS dejan constancia de la conducta intachable del maestro BENANCIO MORAO, dejando asentado su nombres y apellidos, firmas y números de cedulas de identidad, cursante al folio 79.
FIRMAS DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS DE LA COMUNIDAD DE SAN JOSE DE AEROCUAR, PARROQUIA SAN JOSE, MUNICPIO ANDRES MATA, ESTADO SUCRE, donde dejan constancia que conocemos suficientemente bien, desde hace muchos años, a nuestro vecino ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, venezolano, educador, casado con la también profesora DIONILDE MARIA RODRIGUEZ DE MORAO, cédula de identidad Nº V- 5.861.044, domiciliado al final de la calle san francisco de esta población de san José de Aerocuar, y por eso tenemos conocimiento de su persona, sabemos y nos consta de manera cierta que es una persona equilibrada psicológicamente, de excelente moral, con una hoja de servicio intachable, en la docencia que data de más de 28 años, podemos dar además que nuestro vecino no ha tenido ningún tipo de contratiempo con sus educandos a los cuales trata con cariño, y respeto y solo tiene para con ellos la interacción que existe y debe existir entre el maestro y sus alumnos, en el delicado proceso de enseñanza aprendizaje, en tal sentido y jurando que lo expresado nosotros es cierto, en todas y cada una de sus partes y como prueba de ellos, suscribimos este instrumento en san José de Aerocuar a los 14 días del mes de diciembre del año 2009, dejando sentado su nombres y apellidos, firmas números de cedulas de identidad, cursante a los folios 84 al 93 de la pieza Nº 01.
CONSTANCIA:Nosotros padres y representantes de alumnos del cuarto grado sección A de Educación Primaria en la UE Bolivariana Bernardo Bermúdez de la población de San José de Aerocuar del Municipio Andrés Mata y actuando en pleno uso de nuestros conocimientos y facultades mentales bajo fe de juramento declaramos que hemos conversado con nuestros representados acerca de una situación aparentemente ocurrido contra la persona de una niña compañera de clases, cuyo nombre omitimos de conformidad con lo establecido en la LOPNNA, donde se trata irresponsablemente de involucrar al docente facilitador licenciado Venancio Morao y ellos nos manifestaron que no han observado actuación extraña ni física ni verbal en el referido docente que no sea el cariño el buen trato y respeto del docente para con ellos. En vista de lo expresado por nuestros representados nos sentimos comprometidos con el mismo,. Por cuanto no tenemos una mala referencia de su persona, todo lo contrario nos sentimos satisfechos y orgullos de que el licenciado Venancio Morao un hombre honorable y de conducta moral intachable sea el guía intelectual de nuestros niños y niñas, en fe de ello suscribimos este documento en San José De Aerocuar a los 23 días del mes de diciembre del 2009. se deja constancia que en la parte infine de la hoja firman con nombre, apellidos y números de cedulas de identidad catorce (14) representantes, así como los nombres de sus representados.
RESUMEN PSICOLÓGICO, de fecha 17-03-2015, de Benancio Antonio Morao, de 56 años, docente, ha sido evaluado, por esta consulta, observándose fluidez en su lenguaje, coherencia de ideas, es extrovertido para el momento, no se observa ninguna patológica psíquica, aunque presenta ligera depresión y estrés emocional debido a un juicio que tiene por presunto acto lascivos a una niña, en su análisis laboral tampoco se observa alguna disfunción sexual, ni antecedentes significativos al respecto, se lleva bien con su pareja y relaciones afectivas con sus hijos, y adecuada, psicóloga clínica Mgt. en sexología Maruja Navarro Bravo.
Inspección Judicial el Tribunal hasta la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, antigua sede del Liceo Andrés Mata, ubicado en la Vía Nacional de San José de Aerocuar, Parroquia Andrés Mata, Municipio Andrés Mata, estado Sucre, a los fines de llevar a cabo la audiencia especial de inspección en el sitio del suceso, a los fine de dejar constancia del espacio físico y la visibilidad que existe en dicho lugar.
HECHOS QUE EL TRIBUNAL ESTIMA ACREDITADO Y SU VALORACIÓN
Considera necesario este Tribunal resaltar que la valoración que de las pruebas se hará de seguidas, tendrá lugar en el marco del sistema de la sana crítica y de los principios que le son propios tomando en cuenta en conjunto el acervo probatorio, de cuya valoración se obtuvo resultado insuficiente para establecer la verdad de los hechos y las circunstancias descritas en la acusación. Así tenemos, que este Tribunal cumpliendo con el principio de exhaustividad de la sentencia atendiendo a las afirmaciones de hecho relevantes expuestas por las partes y a las pruebas recibidas en juicio conforme fueron admitidas por el Juez de la Audiencia Preliminar, entendiendo que dentro del proceso penal de corte acusatorio en la forma instaurada por el Código Orgánico Procesal Penal, la actividad probatoria constituye el esfuerzo encaminado a establecer la verdad de los hechos extraprocesales con el objeto de hacer imperar la Justicia en la aplicación del derecho, y atendiendo al contenido en general de las declaraciones de los testigos se observa:
DESESTIMACIONES:
Desestima la constancia de residencia, registro civil municipal, quien suscribe, Señor Pablo López, registrador civil del Municipio Andrés Mata del estado Sucre, hace constar; que los ciudadanos MAGALIS BELLORIN y MERCEDES DE VICENT, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nº 5.859.886 y 5.859.785, respectivamente en calidad de testigos, los mismos manifestaron conocer, bien de vista trato y comunicación al ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, ya que de la misma no se desprende nada de interés o importancia para el esclarecimiento de los hechos.
Desestima el ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 2:10 horas de la tarde, del día jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, el niño OMISSIS, de 10 años de edad, acompañado de su representante legal ciudadana YASMIR FERRER HERNANDEZ, por cuanto los entrevistados no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
Desestima el ACTA DE ENTREVISTA, en Carúpano, siendo las 4:05 horas de la tarde, del día jueves 4-03-2010, compareció previa citación por ante este despacho, el niño OMISSIS, de 12 años de edad, por cuanto los entrevistados no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
Se desestiman las FIRMAS DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS QUE AVALAN LA PRESENTE ACTA DE LA COOPERATIVA BANCO COMUNAL, LA CABAÑA, VILLA HERMOSA DEL CONSEJO COMUNAL BELLA VISTA, SAN JOSE DE AEROCUAR, donde se deja constancia que Diecinueve (19) personas, dejando sentado su nombres y apellidos, firmas números de cedulas de identidad, con su respectivo sello que avala el Consejo Comunal Bella Vista, San Jose De Aerocuar Municipio Andres Mata del Estado Sucre, por cuanto los firmantes en sumayoría no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
Se desestiman las firmas del personal que labora en la Escuela Bolivariana “Bernardo Bermúdez”, mediante el presente escrito damos fe de conocer de vista trato y comunicación al Licenciado Venancio Antonio Morao, cedula de identidad Nº 5.861.044, quien durante 20 años se ha desempeñado en esta Institución y siempre ha demostrado ser un profesional responsable, honesto, con una moral intachable, cumplidor de sus derechos y obligaciones, buen esposo, buen padre, excelente compañero y colaborador por cuanto los firmantes no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
Se desestiman las FIRMAS DE LOS PADRES Y REPRESENTANTES DE ALUMNOS CURSANTES DEL 4TO GRADO SECCION A, DE LA ESCUELA PRIMARIA EN LA UNIDAD EDUACTIVA BOLIVARIANA “BERNARDO BERMUDEZ, de la población de SAN JOSÉ DE AEROCUAR, MUNICPIO ANDRES MATA, ESTADO SUCRE, donde CATORCE (14) PERSONAS dejan constancia de la conducta intachable del maestro BENANCIO MORAO, dejando asentado su nombres y apellidos, firmas y números de cedulas de identidad, cursante al folio 79, por cuanto los firmantes no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
Se desestiman las FIRMAS DE LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS DE LA COMUNIDAD DE SAN JOSE DE AEROCUAR, PARROQUIA SAN JOSE, MUNICPIO ANDRES MATA, ESTADO SUCRE, donde dejan constancia que conocemos suficientemente bien, desde hace muchos años, a nuestro vecino ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, venezolano, educador, casado con la también profesora DIONILDE MARIA RODRIGUEZ DE MORAO, cédula de identidad Nº V- 5.861.044, domiciliado al final de la calle san francisco de esta población de san José de aerocuar, por cuanto los firmantes no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
Se desestiman la firma de los padres y representantes de alumnos del cuarto grado sección A de Educación Primaria en la UE Bolivariana Bernardo Bermúdez de la población de San José de Aerocuar del Municipio Andrés Mata.
Por cuanto los firmantes no acudieron al Tribunal a rendir declaración, por lo tanto en resguardo a la norma rectora de la oralidad y la contradicción, no se puede valorar, amén de que ellas por si sola solo recogen la materialización de actos propios de la investigación y que a lo sumo solo sirven para fundar la acusación fiscal; se reputa entonces tales actas como meros documentos intraprocesales propios y necesarios, en la fase preparatoria del proceso en cuanto solo dan prueba de los actos de averiguación, apreciarlos sería transgredir la norma y sustituir los dichos posibles por las manifestaciones escritas, lo cual, habida cuenta de la naturaleza de tales actas, es inconcebible en nuestro sistema Oral.
APRECIACIONES DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES:
Rindió declaración el ciudadano Alexis José Rojas González, quien manifestó que su hija veía clases en las instalaciones del Liceo Andrés Mata, y que el día 11 de diciembre a eso de las 11:00 de la mañana, él se encontraba pegándole las cerraduras a una reja y que su esposa salió a buscar a su hija al colegio, y que al regreso le dijo que le tenía que decir algo, cuando regresará de buscar a su otro hijo, que él le pregunto a la niña y su hija le dijo llorando de que el maestro Benancio abusaba de ella, tocándole sus partes, besándola en la boca y manoseándola, que eso le dio rabia por lo que se dirigió al colegio y encontró al maestro en el salón de clases, que discutieron se fueron a los golpes y luego se dirigió a poner la denuncia junto con su esposa y su hija. Esta Juzgadora considera que dicha declaración se corresponde con el conjunto de declaraciones expuestas en el Juicio en cuanto a que efectivamente el día 11 de diciembre de 2009, el ciudadano Alexis Rojas, se dirigió al Colegio donde estudiaba su hija, busco el salón de clases de 4to grado donde aún se encontraba el maestro Benancio Morao y lo hirió en la cabeza con un palo, no obstante de que se fueron a los golpes y discutieron no fue sostenido por los testigos presenciales, pues estos dijeron que Alexis llegó al salón de clases con un palo, e hirió al maestro Benancio Morao en la cabeza, gritándole y acusándole de haber abusado de su hija, por lo que se advierte incongruencia en su declaración, amén de que hecho delictivo que le atribuye al acusado Benancio Morao, no fue probado en juicio.
En su declaración la victima ahora adolescente, manifestó que el señor refiriéndose al acusado cuando salían todos los niños al recreo, su compañero Rigoberto cerraba la puerta y su maestro la dejaba a ella en el salón porque su cuaderno se lo dejaba para revisarlo de último, que la agarraba, la besaba, le metía la mano en el cierre se la sentaba en las piernas y le tocaba sus partes íntimas, bajo amenaza de que le iba a bajar las notas, que eso ocurrió desde el quinto día que empezaron el año escolar hasta el día en que le conto a su papá, que prácticamente nadie se daba cuenta de eso porque todos salían, y la puerta estaba cerrada, dicha declaración no puede ser apreciada por esta Juzgadora puesto que los hechos narrados por la víctima, no fueron sostenidos por todas las demás personas que acudieron a sala a declarar, pues la victima sostiene que ella quedaba sola en el salón con el maestro con la puerta cerraba, suposiciones éstas que fueron desmentidas por los testigos traídos al juicio, quienes fueron contestes en señalar que la puerta del aula siempre quedaba abierta, y que nunca el maestro se quedaba solo con la alumna, en tal sentido basándose esta juzgadora, en el Principio de Inmediación, lo cual implica la comunicación personal de los jueces con las partes, y el contacto directo con las pruebas, como instrumento para llegar a una íntima compenetración de los intereses en juego, quien aquí decide observó el dicho de la niña como mecánico, aprendido, estudiado, es decir no se observó la espontaneidad en su declaración.
Rindió declaración la ciudadana Jiménez Francys del Carmen, madre de la víctima quien dijo que eso fue el 11 de diciembre del 2009, se dirigía a la escuela buscar a su hija, y cuando entró al salón de clases, su hija estaba al lado del escritorio como si le estuvieran corrigiendo un cuaderno y que el acusado estaba sospechoso, arreglándose la camisa, que ella le pregunto qué estaba pasando y él le decía todo nervioso que nada que su hija tenía que ir a un paseo para las pozas, que ella se llevó a su hija a la casa y le dijo a su esposo que tuviera cuidado porque había observado al maestro muy sospechoso, que cuando ella se regresa a buscar al otro niño, se encuentra con el problema porque la niña le había contado todo a su papá, esta juzgadora aprecia dicha declaración como falsa, pues su dicho de que ella entró al salón de clases, y encontró al maestro Benancio sospechoso, arreglándose la camisa, no es un hecho contundente que por sí solo pruebe el delito, pues es una apreciación subjetiva de la madre de la víctima, que para ser apreciada como cierta deben surgir otras pruebas que la acrediten, y no surgió en el debate otra prueba que acreditara tal circunstancia, por el contrario se desprende de la declaración de la ciudadana Natalia Rodríguez, que el acusado no estaba solo con la niña, ya que ella menciona que cuando llega al salón de clases a retirar a su hijo, la madre de la víctima ya estaba en el salón de clases hablando tranquilo con el maestro, y siendo que de otras declaraciones de los compañeros de clases de la víctima se desprende que estas dos ciudadanas eran de las primeras representantes que iban al salón a retirar a sus hijos, entonces no es cierto que el maestro se encontrara en conducta sospechosa con la niña, puesto que no estaba solo con ella.
Rindió declaración el ciudadano Rigoberto Andrés Martínez Caraballo, quien manifestó que el acusado en ningún momento llego a abusar de la niña, que él nunca vio eso y que su persona en ningún momento cerraba la puerta del salón de clases.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
La ciudadana Natalia Mercedes Rodríguez, dijo que a ella le extraño lo que paso ese día porque cuando ella fue a retirar a su hijo que estudiaba con la niña, ya estaba la mama de la niña conversando con el maestro de buena manera, que estaban hablando de un paseo a las pozas, que a ella también le hablo del paseo y que necesitaba la colaboración de los representantes, que eso es una escuela bolivariana con horario de 7:00 de la mañana a 3:00 de la tarde, y que el único profesor que los sacaba era el profesor de deporte.
De esta declaración se desprende que el acusado no estaba solo con la niña, el día 11 de diciembre de 2009, uno de los días en la cual la niña mencionó que sucedieron los hechos, incluso dijo que ese día se lo hizo tres veces, ya que esta testigo menciona que cuando llega al salón de clases a retirar a su hijo, ya la madre de la niña estaba retirando a la niña, y los vio hablando de una manera normal, advirtiéndose entonces que no es cierto que el maestro se encontrara en conducta sospechosa con la niña, puesto que no estaba solo con ella.
La ciudadana ELVIMAR DEL VALLE HERNANDEZ MORAO, manifestó que ella era compañera de clases de Omissis, y que su salón de clases permanecía abierto, y en la hora del despacho, venia la mama de ella a buscarla, que ella recuerda la fecha porque estaban practicando aguinaldos.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal al igual que su acta de entrevista rendida en fase de investigación ya que la deponente acudiò al tribunal y siendo de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
El ciudadano JULIAN JOSE FIGUEROA MALAVE, dijo que él era el profesor de Deportes, en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez San José de Aerocuar, y que nunca observó nada extraño mientras estuvo en su hora de clases, que la niña siempre estaba en sus clases de deporte.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
Rindió declaración la ciudadana MONICA MERCEDES RODRIGUEZ DE GUERRA, quien manifestó que ese día no estaba allí, que ella estaba en su casa cuando se enteró de que el profesor Benancio Morao había sido agredido y que ella se trasladó al ambulatorio y lo encontró allí con una herida en la cabeza.
Esta declaración es demostrativa solo de la circunstancia ocurrida al profesor como consecuencia de la lesión ocasionada en su contra por el padre de la víctima, cuando le fue dicho por su hija un hecho que no quedo probado en la sala de audiencias, el cual no se puede desvincular ni dejar de apreciar puesto que producto de esa acción fue que se hizo pública, la acusación de la alumna en contra de su maestro y que por el contrario a lo que ocurre en este tipo de delito donde hay reproche público, aquí ocurrió que las personas que acudieron a declarar sostuvieron que el maestro Benacio Morao, en sus funciones como maestro es una persona de recto procederes, responsable e incapaz de cometer el hecho que le atribuyen, pues no existen en el caso de marras uno de los elementos constituidos de delito como lo es el reproche.
El ciudadano José Andrés Marques Bellorin, dijo que nunca vio nada sospechoso que ocurriera entre el maestro y la muchacha, que en deporte siempre salían todos, que la puerta nunca se cerraba, y las actividades siempre las hacíamos todos juntos, nunca nadie se quedaba en el salón, y que a la niña era de las primeras que iban a buscar.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal, por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
La ciudadana Gloria del Valle Mago Chacon, manifestó ser docente de 4to grado en la institución que de los hechos no sabe nada, pero que nunca vio una conducta extraña del profesor con sus alumnos, que la puerta del salón de clases permanecía abierta y que en la hora de deportes nadie se queda en el salón de clases.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
La ciudadana María del Valle Martínez Segura, dijo que ella es docente de cultura en la escuela Bernardo Bermúdez, que ese día estaban celebrando los niños de preescolar la navidad y que ella se disfrazó de Santa Claus, para la actividad, que varios años lo venía haciendo, que esa mañana el maestro Benancio se acercó a decirle que él tenía una actividad con alumnos de 6 grado que les había dado clase anteriormente, y la invitó a compartir que ella se fue al salón de preescolar y cuando regreso encontró el alboroto, que ella por ser docente de cultura le daba clases a toda la matrícula de la institución y que las puertas del salón de clases permanecían abiertas.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, de esta declaración se desprende también que ese día el maestro acusado no estuvo solo con la niña puesto que la escuela estaba muy concurrida, ya que estaban en épocas de navidad y se estaba practicando el parrandón.
Rindió declaración el ciudadano Alberto José Alejandro Guerra, indicó ser obrero de la escuela y que él iba a la carretera a llevar a una alumna, y en eso ve al Sr Alexis que iba bajando con un palo directo al salón de Benancio, que él es quien abre y cierra los salones de clases, que el maestro Benancio Morao no se quedaba solo con los alumnos, que la ubicación del aula de clases está cerca de la dirección, que hay visibilidad al aula de clases y que en la actividad de deporte el maestro Benancio Morao no se quedaba solo con ningún alumno.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel.
Rindió declaración el ciudadano Jonny Rafael Fernández, dijo que ellos estaban en el antiguo liceo donde funcionaban unos grados de la escuela Bernardo Bermúdez, y siempre se sentaban en el frente del salón del maestro Benancio, que quedaba a unos escasos 20 metros, donde funcionaba el área de la dirección, que la puerta del aula de clases del maestro Benancio, siempre estaban abierta, porque Defensa civil indicaba que las aulas siempre deben estar abiertas, ya que estaban en una zona sísmica, y por algunas circunstancias siempre deben estar abiertas. Qué la mama de la víctima siempre iban a buscar a sus niños siempre a la hora incluso un cuarto de hora antes, los llevaban al salón y los buscaba, y que el maestro se quedaba hasta que buscaran al último alumno, y que casi siempre se ponían en el lugar destinado para deportes, para que buscaran al resto de los niños.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel, que el motivo de que el salón de clases permanecía abierta era por una instrucción de defensa civil, por estar ubicado la escuela en una zona sísmica, además es demostrativa también de que a la víctima era una de las primeras alumnas que iban a buscar en la escuela en hora del despacho.
EL ciudadano Randy José Mendoza Ruiz, manifestó que de los hechos ese día fue un viernes y ella no fue a clases, pero en el interrogatorio manifestó que ella era estudiante de 4to grado en la escuela Bolivariana Andrés Mata, que su docente fu Benancio Morao y que su actividad en las horas de clases era normal, que la puerta del aula permanecía abierta y la conducta del maestro con ellos era bien, que cuando despachaban todos se iban y que el salón de clases tiene visibilidad de estar cerca de la dirección.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal al igual que su acta de entrevista rendida en fase de investigación, por cuanto la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
La ciudadana SONIA TERESA MUNDARAIN DE CEDEÑO, dijo que ese día ese se encontraba sentada frente a lo que funcionaba como dirección de la escuela, y que entonces vio cuando el señor Alexis entro al salón, escuchó unos golpes y cuando el señor salió paso por el frente de donde ella estaba sentada y la maestra Gloria le pregunto qué pasaba, que porque había hecho eso, el señor respondió porque el maestro abuso de su hija, que ello ocurrió el 11 de diciembre del 2009, que el horario de la institución es de 7:00 am a 3:00 de la tarde, que en la institución había una instrucción por parte de la directiva de la institución respecto a laboral con las puertas abiertas por recomendación del el personal de protección civil que siempre iba a la escuela hacer talleres porque ser ésa una zona sísmica, que en el centro de la institución hay un área que no tiene nada y el maestro de educación física impartía clases cuando la cancha estaba ocupada, que hay dos aulas del lado derecho dos de frente y en el lado izquierdo unas oficinas, que los salones son bloque con una puerta de hierro con una hoja, ventanas de persianas, sin vidrios, que observaba buen trato bastante comunicación, del maestro Benancio Morao con sus alumnos nunca observó maltratos ni nada irregular.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel.
La ciudadana Sulma Josefina Hernández Tineo, dijo que ella trabajó en la escuela y ese día viernes 11 de diciembre de 2009, cuando el señor Alexis agredió en el salón de clases al maestro Benancio Morao, que el aula de clases de Benancio Morao, permanece abierto y que ese salón de clases queda al frente de la dirección del lado izquierdo, que el maestro Benancio Morao, fue maestro de sus cinco hijos y nunca le notó nada mal.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel.
Rindió declaración la ciudadana MARLYS BRÍGIDA BASTARDO DÍAZ, quien dijo que ella trabaja como obrera en la institución pero cuando sucedieron los hechos ella no estaba allí, pero que los salones nunca permanecen cerrados por instrucciones de defensa civil, que el maestro le dio clases a su hijo y siempre tuvo una buena conducta con los alumnos.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, por una instrucción de defensa civil, por estar ubicado la escuela en una zona sísmica.
La ciudadana BERNARDA FELIPA HERNÁNDEZ DE MILLAN, manifestó no saber nada de los hechos que trabaja como obrera, dijo que se sentaban a descansar cerca de la dirección y que desde donde estaban tenía visibilidad hacia el salón pues la puerta del salón permanecía abierta.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
La ciudadana MARLENYS DE JESUS ARO DURAN, dijo ser la subdirectora del simoncito Negra Hipolita, manifestó que se sorprendió mucho cuando supo del hecho ocurrido, en ese momento porque no vio nada extraño allí, que no se explica porque esa acusación hacia el maestro, porque él fue maestro de su hijo mayor, y siempre como mama estaba pendiente de su niña se paraba en la puerta le saludaba, y que la niña de este acto, en ocasión fue a su casa a hacer trabajo con su hija, y nunca tuvo quejas de algún acto que hiciera el maestro, manifestó que ella siempre fue miembro de la asociación de padres y representantes, conocía al personal, que ella visualizaba el salón donde estaba su hija recibiendo clases, que nunca tuvo quejas de nadie ni en el gremio docente como ciudadano y como maestro nunca vi ninguna actitud negativa hacia su hija o a otro niño, y que al mestro Benancio Morao, sus alumnos lo colocaron a él como padrino de la promoción en consenso con los alumnos y representantes, y que eso ocurrió porque gozaban del aprecio de los alumnos, y todavía gozan de su aprecio y que ahorita esos alumnos están en tercer año y están pendiente de que se aclaren los hechos.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la subdirección del simoncito Negro Hipolita, por lo que podía apreciar a los alumnos desde allí y que nunca vio nada extraño en el salón de clases, por el contrario sostuvo que el acusado en referencia gozaba y aun del aprecio de los alumnos de la época del hecho.
Rindió declaración la Psicólogo VIRGINIA BLASINI MORISON, quien suscribió la síntesis de exploración psicológica de fecha 11-12-2009, y dijo que la niña fue presentada a su consulta en el colegio Universitario de Carúpano, por referencia de la fiscalía, con un oficio solicitando la evaluación psicológica de la niña por estar severamente perturbaba por estar expuesta a actos lascivos por parte su docente, que inició su tratamiento que duro más o menos 1 año, hasta que estimó que estaba en condiciones de manejar la situación y de adaptarse a su vida normal, que la niña en esos momentos, manifestaba un estado de perturbación que significa llanto, nerviosismo, ansiedad, miedo, por una experiencia de alto impacto traumático, que desarticula la actividad emocional de cualquier criatura, eso es imposible que el niño lo finja.
Es de observar que no existe otro medios de prueba, que sostenga la tesis de que esos hechos denunciados por la víctima, y de los cuales estuvo en tratamiento psicológico por un año, fueron causados por el maestro Benancio Morao, ya que no se dieron las circunstancia de modo, tiempo y lugar de la comisión del mismo, ya que la víctima directa del hecho, sostiene un tiempo, modo y lugar de los hechos, en lo cual por las circunstancia en que estaba el aula de clases y los lineamientos de funcionamiento del plantel, no se pudieron dar como ellas sostienen.
Rindió declaración la ciudadana MAGALI TERESA MALAVE DE FIGUEROA quien dijo que era la directora del plantel, que por efectos del terremoto, la escuela estaba divida en dos partes, una parte trabajaba el maestra con otro docente y en la sede donde estaba el área administrativa, cuando sucedieron los hechos estaba en la otra parte de la escuela, manifestó que no le consta que haya sucedido algo allí, ya que el aula quedaba diagonal a la secretaria y dirección y que las puertas del salón siempre permanecían abiertas.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel.
Rindió declaración el Funcionario Policial LUÍS ALFREDO HIDALGO GONZÁLEZ, quien expuso que se encontraba de guardia, recibió llamada vía radia que en la escuela un ciudadano golpeo a otro.
Esta declaración es demostrativa solo de la circunstancia ocurrida al profesor como consecuencia de la lesión ocasionada en su contra por el padre de la víctima, cuando le fue dicho por su hija un hecho que no quedo probado en la sala de audiencias, el cual no se puede desvincular ni dejar de apreciar puesto que producto de esa acción fue que se hizo pública, la acusación de la alumna en contra de su maestro.
El Funcionario ALI JOSÉ ROJAS dijo que su actuación fue dirigirse a la residencia del señor Morao, por la denuncia del padre de la niña.
Esta declaración es demostrativa solo de la circunstancia ocurrida al profesor como consecuencia de la lesión ocasionada en su contra por el padre de la víctima, cuando le fue dicho por su hija un hecho que no quedo probado en la sala de audiencias, el cual no se puede desvincular ni dejar de apreciar puesto que producto de esa acción fue que se hizo pública, la acusación de la alumna en contra de su maestro
Rindió declaración el Psicólogo Clínico Lcda. Maruja Navarro Bravo, cédula de identidad Nº V- 4.647.102, RESUMEN PSICOLÓGICO, de fecha 17-03-2015, dijo que el paciente acude a una consulta porque estaba ligeramente deprimido, me manifestó el motivo por el cual se sentía mal, que le aplicó el test de Bender gestal, es una prueba que le da información al psicólogo de los conflictos emocionales, nivel intelectual, rasgos de personalidad y disfunción sexual, es la Biblia del psicólogo y la prueba HTTP que es de personalidad, el cual arrojo solo estrés por la situación del momento.
Esta declaración es apreciada puesto que como experto la Psicólogo concluyó que el acusado sufrió solo estrés por la situación del momento y que con la prueba realizada no se desprendió que el acusado sufriera algún problema que indicara perturbación de índole sexual.
La ciudadana LUSMINA ANTONIO VILLARROEL CARBALLO, manifestó que era aseadora de la escuela Bernardo Bermúdez, que nunca observó ninguna conducta irregular del maestro Benancio Morao, con los alumnos, que las puertas de la institución siempre permanecían abiertas, que había visibilidad porque al frente del aula funcionaba la oficina de la dirección.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel.
Rindió declaración la ciudadana ANTONIA DEL VALLE MONTES REYES, quien manifestó que era personal administrativo de la institución, y que se encargaba de la asistencia, inasistencia, días hábiles, que el suceso fue el 11-12-2009 y esa semana del 7 al 11 no se dio comida en la escuela porque se estaba preparando el parrandón con todas las escuelas, que el maestro Benancio fue maestreo de mi hijo en el año 1994 y de mi hija en el año 2000 y que no tiene quejas del maestro en ningún sentido, que luego del terremoto de 1997 las puertas de las aulas permanecían abiertas y que no observó ninguna conducta de violencia sexual del maestro Benancio Morao.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, que el maestro Benancio Morao, nunca estuvo solo con la niña, y que el salón de clases tenía visibilidad hacia la dirección del plantel, que el motivo de que el salón de clases permanecía abierta era por una instrucción de defensa civil.
La ciudadana DAISY MARCELA LOPEZ DE ALBORNOZ, manifestó que era la subdirectora cuando se presentó ese problema, que trabajaban en la escuela en dos partes, una parte en la escuela arriba y una parte en el CDI, que la escuela es bolivariana y no había comida, que en ese tiempo despachaban a las 11:30, que ese día llego un señor preguntándole por el maestro Benancio y le dijo que estaba en el salón, y traía un palo en la mano, y que el señor se dirigió al salón golpeando al maestro.
Esta declaración es demostrativa solo de la circunstancia ocurrida al profesor como consecuencia de la lesión ocasionada en su contra por el padre de la víctima, cuando le fue dicho por su hija un hecho que no quedo probado en la sala de audiencias, el cual no se puede desvincular ni dejar de apreciar puesto que producto de esa acción fue que se hizo pública, la acusación de la alumna en contra de su maestro.
La declaración de la ciudadana ROSA TRINIDAD MACUARAN GUTIERREZ, quien manifestó que ese día fue a la institución a llevar una encomienda a la directora, que paso por el salón del maestro Benancio Morao a llevarle unas hallacas y vio a un grupo de docentes ensayando al parrandon, que no vio nada extraño en el salón de clases, y que encontró la puerta abierta.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta, y que ese día el plantel y el salón de clases estuvo muy concurrido.
El ciudadano LUICE ANTONIO ALVAREZ JIMENEZ, que se día 11-12-2009, el maestro no se quedó solo con la niña y que la puerta del salón siempre permanecían abierta.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
La declaración CRUSBEIRA COROMOTO TINEO GRANADO, dijo que él es docente de la institución y que al momento de la agresión él fue quien le quito el palo al señor, también refirió que las puertas de la institución se mantenían siempre abiertas y estaba prohibido obstaculizar la puerta.
Esta declaración es apreciada por este Tribunal por cuanto de la misma se desprende un hecho afirmado y sostenido por todas las declaraciones de los demás compañeros de clases de la víctima, representantes, obreros, personal administrativo y docente de la institución quienes a una sostuvieron que la puerta del salón de clases siempre permanecía abierta.
Así las cosas, concatenadas y adminiculadas entre si estas pruebas, en el principio de decantación de la prueba, aprecia esta juzgadora, que en el transcurso del debate víctima, manifestó que desde que comenzó las clases en 4to grado en la Escuela Bolivariana Bernardo Bermúdez, específicamente el día 11 de diciembre del 2009, su maestro Benancio Antonio Morao, la ponía en frente de su escritorio dentro del aula de clases, cerrando la puerta, quedando ambos solos, la besaba, la abrazaba y la ponía a que le tocara sus partes íntimas (el pene), siendo sometida a evaluaciones psicológicas en donde expresó su experiencia, a la Psicólogo Virginia Blassini, quien ratifico haber atendido a OMSSIS como su paciente y que la misma le relató lo hechos y que los mismo no pudieron ser fingidos; no obstante en el transcurso del debate se evacuaron una serie de testigos como docentes, estudiantes del mismo salón, obreros, todos de esa institución quienes fueron conteste en afirmar que la puerta del salón de clase de 4to grado del periodo de clases 2009-2010 permanecía abierta por razones de seguridad, siguiendo instrucciones de defensa civil, como prevención en caso de ocurrir algún siniestro, por encontrarse dicha escuela en el Municipio Andrés Mata, zona sísmica de Paria, pues precisamente esa Escuela Bolivariana sufrió daños materiales producto de varias réplicas sísmicas y mientras la reparaban los alumnos de 4to, 5to y 6to grado recibían clases en el antiguo liceo del Municipio Andrés Mata, Asimismo pudo corroborar este Tribunal que en inspección realizada en el sitio del suceso, que el lugar donde recibían clases de deportes está ubicado en frente del aula de clases donde recibía la victima clases de 4to grado en el año 2009, tenía visibilidad hacia la dirección del plantel, así que lo dicho por la víctima, corroborado por la Psicólogo Virginia Blassini, fue desmentido por un cúmulo de pruebas que desmienten o desarticulan la tesis de la víctima, por lo que no existen suficientes elementos de convicción que permitan desvirtuar la presunción de inocencia que le ampara al maestro Benancio Antonio Morao, por cuanto se demostró en sala que la niña nunca quedaba sola en el aula de clase con el maestro, y que el aula de clases siempre permanecía abierta, por lo que no pudiéndose esclarecer ni acreditar firme y fehacientemente el dicho de la víctima, es por lo que quien aquí decide que la sentencia debe ser absolutoria, en consonancia con la petición fiscal. ASI SE DECIDE.
FUNDAMENTO DE HECHOS Y DE DERECHO
Habiendo este Tribunal realizado el análisis y el estudio exhaustivo de los medios de prueba que fueron objeto del debate oral y público, teniendo como aplicación de la justicia los principios de valoración y apreciación de las pruebas contenidos en el Artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal, como la sana crítica, la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia. Siendo los hechos imputados al ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, Actos Lascivos Agravados, previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, en perjuicio de la niña OMISSIS (se omite el nombre de la víctima por disposición legal) debiendo la representación del Ministerio Público probar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos y como consecuencia de ello la participación efectiva del acusado en los mismos, este Tribunal mediante la valoración de las pruebas controvertidas y traídas al proceso estima:
Con la referida deposición y con las preguntas formuladas por las partes dentro del interrogatorio realizado a los testigos, y víctima, infiere y extrae este Tribunal que en relación a los hechos suficientemente debatidos en ésta sala de juicio, no quedó demostrado que efectivamente la niña fuera víctima de actos lascivos de parte de su maestro Benancio Morao, ya que quedó demostrado que el salón de 4to grado, donde veía clases la niña permanecía abierto, que dicha aula queda diagonal a la dirección del plantel, desde donde se tiene visibilidad al salón de clases, infiere y extrae este Tribunal que las pruebas documentales y las experticias ratificadas en sala por la experta el cual adujo que efectivamente se configura el delito de actos lascivos agravados, sin embargo ello no es demostrativo de la culpabilidad del acusado de autos, puesto que la acción lesiva sufrida por la víctima no la pudo causar él, de acuerdo a las declaraciones de los representantes, obreros, maestros profesores, los cuales indicaron fehacientemente y sin ningún tipo de ambigüedad que el acusado nunca se quedó solo en el salón de clases con la niña, que la puerta del salón no se cerraba por recomendación de Defensa Civil, que la niña siempre era buscada al colegio por su madre incluso que era una de las primeras niñas a las que se iba a buscar, por lo que este sislogismo nos hace concluir que no pudo el maestro Benancio Morao, realizar las acciones lascivas señaladas por la víctima, pues no gozaba de los elementos de la clandestinidad, la soledad, lo oculto para hacerlo, en lo cual se pudiera decir que basta solo el dicho de la víctima, pues el escenario que ella misma relata donde ocurrió el hecho es el aula de clases donde cursaba el cuarto grado de educación primaria, lugar donde tenía compañeros de clases, que no era oculto o privado para terceros, donde incluso sus compañeros de clases manifestaron que ella nunca se quedó sola en el salón con el maestro Benancio Morao, que nunca vieron nada extraño entre el maestro y la víctima, razón por la cual el abuso sufrido por la víctima y de los cuales manifestó la Psicologo, que la consecuencia psicológica y emocional que padeció la víctima no pudieron ser fingidos por ellas, NO SE PROBO, que fueran producidos por su maestro Benancio Morao.
Ya que su declaración, está en parte impregnada de circunstancias que no ocurrieron como ella lo explicó en sala, por ejemplo el hecho de señalar que ello ocurría cuando los niños salía al recreo que el maestro se quedaba solo con ella, cerraba la puerta y la obligaba a sentarse en sus piernas, que la abrazaba, le tocaba y le obligaba a meter sus mano por dentro del pantalón, ello no pudo ser cierto, ya que estando abierta la puerta del aula de clases y el aula diagonal a la dirección, no pudo realizar tal acto, por tanto tiempo sin ser sorprendido o visto., por los trabajadores de la institución o algún representante.
Pues la declaración de la madre de la niña, el cual manifestó que ella encontró a su hija sola en el salón con el maestro se contradice, con la declaración de la representante Natalia Mercedes Rodríguez el cual adujo que ella cuando fue a buscar a su hijo encontró a la ciudadana hablando con el maestro de lo más normal, donde se advierte que la niña no estaba sola en el salón con el maestro, si todavía habían niños que estaban buscando sus representantes.
Así las cosas, en todo proceso acusatorio como el nuestro, hay que observar caracteres demostrativos del delito en procura de obtener una sentencia justa, es decir, tiene que quedar demostrado que el hecho ocurrió, la forma como ocurrió y quien lo cometió.
Así las cosas, en casos como el estudiado, donde se presume afectada la intimidad de una niña ahora adolescente, de manera que se presenta para quien decide dificultad para creer totalmente que el hecho ocurrió, en la forma como señaló la niña y que lo haya cometido el maestro Benancio Morao, habida cuenta del cumulo de testigos del caso, que aun y cuando estos delitos que por su naturaleza son cometidos en la clandestinidad, donde nadie o casi nadie, pueda dar fe de lo acontecido, razón por la cual ciertos autores consideran que los testigos de la víctima cobran notoriedad al extremo de ser prueba suficiente; no obstante a ello lo expuesto, en caso como el de Actos Lascivos y el consecuente delito de Violencia Psicológica, con los medios de pruebas debatidos, no se demostró circunstancias del lugar señalado como el lugar de los hechos, lo que indica que el mismo no pudo realizarse allí, de igual modo, no hubo un testigo, que reprochara, escandalizara o considerara como cierto el hecho narrado por la víctima y su padres, por el contrario, declararon que el mismo no pudo ser realizado por el maestro Benancio Morao, porque lo consideraban como un maestro honesto, responsable, asimismo ningún alumno lo acusó de ser irrespetuoso o con conductas extraña dentro del salón de clases, por lo tanto no hubo ni siquiera una mínima actividad probatoria que apoyara la acusación fiscal, lo que llevó a la vindicta pública a solicitar sentencia absolutoria para el acusado.
En consecuencia, contando solo con reconocimiento posológico, y la declaración de ella misma y sus padres, es de observar que no existe otro medios de prueba, que sostenga la tesis de que esos hechos fueron causados por el maestro Benancio Morao, ya que no se dieron las circunstancia de modo, tiempo y lugar de la comisión del mismo, por lo que es imposible determinar responsabilidad alguna en los hechos objetos de juicio del encausado, máxime cuando la calificación Jurídica refiere a Actos Lascivos, lo que hace imperativo teniendo un reconocimiento médico del acusado el cual arrojó que el mismo en su análisis laboral no se observó alguna disfunción sexual, ni antecedentes significativos al respecto, y una declaración de la víctima la cual no es posible concatenarla a la realidad de ubicación y visibilidad del aula para terceros, de que el maestro se quedaba solo con ella, que cerraba la puerta, de allí que se advierte una contradicción entre su dicho y lo dicho por los testigos, y la inspección realizada por este Trbunal el cual arrojo que efectivamente al aula quedaba diagonal a la dirección del plantel.
En consecuencia, en cuanto al hecho objeto de debate este Tribunal de Juicio visto que conforme a las reglas de la lógica, a las máximas de experiencia es imposible que se pueda precisar responsabilidad alguna en los hechos tipificados por el Ministerio Publico Actos Lascivos Agravados, previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y Violencia Psicológica, previsto y sancionado en el artículo 39 ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, es por lo que se declara No CULPABLE al ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, en base a nuestra Legislación Venezolana, la cual contempla el principio IN DUBIO PRO REO, sabiendo que esto significa que la duda beneficia al acusado, y en adecuación a que la carga de la prueba corresponde al Ministerio Público por ser quien tiene delegada constitucional y legalmente el ejercicio de la acción penal, y siendo que los elementos de prueba que presentó en contra del acusado resultaron débiles y endebles, lo propio y ajustado a derecho en procura de una recta y justa administración de justicia, es emitir dictamen absolutorio a favor del acusado, por no haber quedado demostrado en el debate oral y privado, su culpabilidad y consiguiente responsabilidad, resultando ajustado a derecho al petición de sentencia absolutoria de la representación fiscal. ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, Este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley ABSUELVE al ciudadano BENANCIO ANTONIO MORAO, venezolano, de 56 años de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 5.861.044, nacido en fecha 04 de Mayo de 1959, de oficio: Educador, residenciado en Calle San Francisco, casa Nº 02, San José de Aerocuar, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el encabezado y 1er aparte del artículo 45 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia y VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 Ejusdem, en concordancia con el 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, niña y adolescentes, en perjuicio de la niña OMISSIS; por considerarlo NO CULPABLE de los hechos imputados por el Ministerio Publico. Publíquese.
Jueza Segunda de Juicio
ABG. LOURDES SALAZAR SALAZAR
LA SECRETARIA
ABG .MARÌA JOSE MARTINEZ
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