Por los razonamientos antes expuestos, ESTE JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud plateada por el Ministerio Público y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad a los imputados JOSE GREGORIO LUNAR, venezolano, de 18 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.899.068, natural de Araya, nacido en fecha 13-12-1995, soltero, hijo de los ciudadanos Beatriz Lunar, residenciado en el Barrio Ensal, Calle 3, Casa N° 16, cerca de Policía de Araya, Población de Araya, Municipio Cruz salmerón Acosta, Estado Sucre; y JESUS ENRIQUE FRONTADO VASQUEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 24.514.428, natural de Araya, nacido en fecha 01-03-1995, soltero, estudiante, hijo de los ciudadanos Sugedys.....