Acto seguido el Tribunal, visto el señalamiento de la parte actora declara Judicial y preventivamente Embargado el vehículo anteriormente señalado a los fines del Avalúo del mismo designa como Perito Avaluador al Ciudadano: Víctor Julio Jiménez, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad Nro 4.300.726; quien estando presente acepto el cargo, presta juramento de ley y expone: El bien embargado se trata de un vehículo, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Uso: Particular, Modelo: Optra, Año: 2004, Color: Azul, Placa: VBW485, Marca: Chevrolet, Serial del Motor: T18SED070837, Serial de Carrocería: 9GAJM52304B008813, el cual le falta caucho de repuesto, el gato, el triangulo de seguridad, el equipo de sonido y la batería; tiene dos (02) cauchos en regular estado y dos (02) cauchos espichados (rotos), tiene motor y caja de velocidades, limpia parabrisas dañado, retrovisor del lado izquierdo dañado, todo el costado del lado del conductor totalmente chocado, con los rines de ese la.....