este Tribunal Quinto de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara así Constituida LA CAUCIÓN JURATORIA, a favor del imputado: CARLOS JOSE PEREZ PEREZ, venezolano, natural Guiria del estado Sucre, de 48 años de edad, nacido en fecha 14/10/1970, titular de la cédula de identidad Nº V- 12.556.527, de oficio Agricultor, hijo de Juana de Pérez ( F) y Juan Francisco Pérez (F), y residenciado en Guiria, en la Población de Sabana de Pio, calle Principal, casa sin numero, frente del comando de la Guardia Nacional de Pio, Municipio Mariño del Estado Sucre, por la presunta comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453, Numerales 3° y 4° del Código Penal, en perjuicio del ciudadanos RUBEN MONTAÑO ZAMMORA , y DETENTACION DE ARMA BLANCA , previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal; consistente en: 1.- No Ausentarse de la Jurisdicción del Tribunal, sin la autorización,.....