En consecuencia, por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado JOHAN MANUEL GUERRERO URDANETA, venezolano, de 27 años de edad, nacido el 29-08-1984, natural de el Vigía Estado Mérida, de estado civil soltero, titular de la Cédula de identidad nº 17.622.815, profesión u oficio: obrero, hijo de Ana Mirtha Guerrero Urdaneta, residenciado en: Guiria la Playa, Sector el Silencio, cerca del Mercal por la acera del frente a seis casas, Carúpano, Estado Sucre, por encontrarse incurso en la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la ley especial, en perjuicio de FRANCIS CAROLINA HERNANDEZ GONZALEZ, de conformidad con lo contemplado en el artículo 256 numeral 3 del Código Orgánico Procesal P.....