Es por lo que éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA MEDIDA DE PROTECCION a la ciudadana YENNY JOSÉ MATA MARCANO, venezolana, casada, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.740.474, de oficios del hogar, grado de instrucción ; primaria completa, soltera en concubinato y domiciliada en la Urbanización Virgen del Valle, calle N° 5, casa N° 5, casa N° 35 DE Playa Grande, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre , como a su núcleo familiar; y por cuanto el Comandante de Policía de ésta ciudad, en comunicación dirigida en otro asunto manifestó que no habían funcionarios suficientes para cumplir con un apostamiento permanente; en consecuencia se ordena al Comandante del Instituto Autónomo de Policía del Estado Sucre, Región Policial N°3, para que funcionarios destacados en el Municipio Bermúde.....