DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ARMANDO JOSÉ MACHADO CHACÓN, quien es de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.941.162, nacido en fecha 24-09-79, de 25 años de edad, natural de Cumaná Estado Sucre, casado, de profesión: Funcionario Policial Estadal, residenciado en: Barrio Sábilas, calle la cima casa S/N, Cumaná Estado Sucre; por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES MENOS GRAVES Y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 415 y 418 respectivamente, ambos del Código Penal; en perjuicio del ciudadano JHOANYER RAFAEL MADERA CARABALLO, quien es Venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, de 19 años de edad, soltero, de profesión u oficio estudiante, nacido en fecha 13-11-85, titular de la Cédula de identidad Nº V-19.527.159, residenciado en Calle Principal de San Martín, vía 19 de Abril, casa S/N, Carúpano, Estado Sucre; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 3.....