ESTE TRIBUNAL CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE, SEDE CUMANÁ, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, condena por el procedimiento especial de admisión de los hechos, al ciudadano: HILDEMAR JOSÉ CEDEÑO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 10.953.315, natural de Cumaná, nacido en fecha 28/11/1968, de 43 años de edad, soltero, de profesión u oficio Técnico en Refrigeración, hijo de Carmen Cedeño y Tito Arrioja, residenciado en la Urbanización Bebedero, Sector 02, Vereda 17, Casa N° 20, Cumaná, Estado Sucre, Teléfono 0293-451.27.78, a cumplir la pena de ONCE (11) MESES Y DIEZ (10) DIAS DE PRISIÓN mas las penas accesorias de ley, por la comisión de los delitos de AMENAZAS y ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 41 y 40 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana: MAGALY JOSEFINA CARIACO BLANCA. Pe.....