Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta el dispositivo de conformidad con el articulo 513 de la LOPNNA, En consecuencia declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus MEDINA CARLOS ENRIQUE , quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.089.259, a favor de su esposa RAMOS MARIA DEL VALLE y de sus hijos los ciudadanos a MARY CARMEN, ERAISY JOSEFINA, CARLOS ENRIQUE, YOLYS COROMOTO, FRANCIS ALEJANDRA, JORMAN MARTIN, JOVANNY ALFONZO, LUZMARY DORIANNY, DORIANNY LUZMARY, MARIA DEL VALLE, EDELMARY CAROLINA MEDINA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de Identidad Nros. 12.271.835, 14.670.943, 16.314.081, 16.703.715, 19.081.583, 19.237.573, 19.239.478, 24.129.128, 24.129.130, 22.843.382, 24.875.670 Y Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niñ.....