D E C I S I O N
Por todos los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente explanados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, AGRARIO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, incoada por la ciudadana ARELIS TIBISAY MARCANO, portadora de la cédula de identidad No. V-5.088.762, contra el ciudadano RAMON ORANGEL MALAVE, identificado con la cédula de identidad No. V-516.040; en consecuencia ha adquirido por USUCAPIÓN la ciudadana ARELIS TIBISAY MARCANO, supra identificada, el bien inmueble constituido por una casa y el terreno sobre el construido, el cual tiene una superficie total de trescientos sesenta metros cuadrados (360 mts2) ubicado Calle Blanco Fombona, Parroquia Altagracia, del Municipio Sucre, de la ciudad de Cumana, Estado Sucre, con cedula catastral.....