Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de la Defensora Pública Penal Cuarta, ABG. JENNY APONTE, y ACUERDA de conformidad con lo establecido en el artículo 245 del Código Orgánico Procesal Penal, CAUCIÓN JURATORIA a favor de los imputados HENDER JOSE RODRIGUEZ RAMIREZ, venezolano, natural de Cantaura, estado Anzoátegui, soltero, de 24 años de edad, de profesión u oficio indefinido, Cédula de Identidad Nº V- 24.947.136, nacido en fecha 12/06/1990, hijo de Gilberto Rodríguez y Doris Ramírez, residenciado en la Avenida Universitaria en el barrio 23 de Enero, casa s/n, entrando por la panadería parroquia Santa catalina, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; y LUIS MANUEL ROJAS MOYA, venezolano, natural de Carúpano Municipio Bermúdez, soltero, de 28 años de edad, de profesión u oficio indefinido, Cedula de.....