Este Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA a los acusados EDUIN OBETT BELLO RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.966.498, nacido en fecha 05-11-1991, de 23 años de edad, de profesión u oficio pescador, y residenciado en la Comunidad de Guaca, Sector Puerto Taquienes, Calle La Esperanza, Casa S/N, Parroquia Bolívar, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir al pena de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, mas las accesorias de ley, por estar incurso en la comisión del delito de HOMICIDIO PRETERINTENCIONAL EN GRADO DE CÓMPLICE NO NECESARIO, previsto y sancionado en el artículo 410, en concordancia con el artículo 84 ordinal 1º ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ALEXIS JOSÉ MARTÍNEZ MARTÍNEZ y al acusado CHRISTIAMS EDGARDO HERNÁNDEZ GAZCON, venezolano, mayor de ed.....