Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Segundo de Juicio, constituido con Escabinos, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, por unanimidad de todos sus miembros, ABSUELVE a los ciudadanos JAIRO JOSE MORAO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 17.020.279, de profesión u oficio pintor , de 25 años, domiciliado Calle La Industria, casa s/n, Canchunchú, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y ALFREDO JOSE MARCANO MORAO, venezolano, indocumentado, de profesión u oficio latonero, de 20 años, domiciliado Calle La Industria, casa s/n, Canchunchú, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de los delitos de Homicidio Intencional en Grado de Complicidad, para el primero de ellos y de Homicidio Intencional para el segundo de ellos, previstos y sancionados en los artículos 407 en concor.....