este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 479 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la REVOCATORIA de la Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena de RÉGIMEN ABIERTO al penado WILLIANS JOSÉ GARCÍA RONDÓN, venezolano, nacido en fecha 11-08-1987, de 21 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad N° 18.278.554, hijo de Briceida Rondón y Luís José García, residenciado en el Cordón de Cariaco, Calle Principal, Entrada Principal, Casa S/N°, cerca de la entrada para seguir para Cariaco, Estado Sucre, en consecuencia, se ORDENA SU INMEDIATA CAPTURA, por lo que ha de remitirse dicha orden adjunta a oficio a los Cuerpos de Seguridad del Estado, para que procedan a ejecutar la aprehensión de el citado ciudadano, y una vez aprehendido el penado deberá ser trasladado a la.....