este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en las previsiones de los artículos 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 20, 53 y 56 del Código Penal y 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE a las penadas MARÍA ALEJANDRA RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, venezolana, indocumentada, natural de Cumaná, de 29 años de edad, nacida en fecha 01/11/1981, de profesión u oficio ama de casa, hija de los ciudadanos Antonia Rosa Rodríguez y Alberto Luis Arcia, residenciada en el Barrio El Realengo, sector Brisas del Manzanares, casa S/N°, vivienda tipo rancho de color amarillo, frente de la mata de tamarindo, Cumaná, Estado Sucre; y ANTONIA ROSA RODRÍGUEZ, venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 8.440.886, natural de Cumaná, Estado Sucre, de 52 años de edad, nacida en fecha 15/03/1959, de profesión u oficio ama .....