Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD, en contra del ciudadano MARCOS JAVIER MEDINA ARIAS venezolana, natural de esta ciudad de Carúpano, de 21 años de edad, nacido en fecha 08-04-90, de estado civil Soltero, titular de la cédula de identidad Nº 18.917.907, de oficios estudiante, hijo de Marco Antonio Medina y Alida Teresa Arias, y residenciada Carúpano Arriba, calle Paraíso. Casa S/N, a tres cuadras del Liceo Pedro Arismendi, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de la ciudadana TORCATT NIÑO MARIA VIRGINIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 256 numeral 4 del Código Orgánico Procesa.....