Visto que el acusado de autos, manifestó no querer acogerse al procedimiento por Admisión de los Hechos; ÉSTE TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA la APERTURA A JUICIO ORAL Y PÚBLICO en el presente asunto seguido al imputado HERNAN JOSE GONZALEZ PACHECO, Venezolano, natural de Irapa, 18 años de edad, nacido el 19/11/1997, soltero, estudiante, titular de la cédula de identidad Nº 25.363.928, hijo de Héctor González y Mayelis Pacheco y residenciado en sector Campo Claro de Irapa, Calle Junín, Casa S/N, cerca de la Licorería Algo, Municipio Mariño, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN LA MODALIDAD DE PERPETRADOR, previsto y sancionado en los artículos 406 ordinal 1° en relación con el articulo 83 del Código Pen.....