DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho, antes señaladas, este Tribunal Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES, a favor del adolescente xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 15/12/1998, de 16 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-27.690.267, soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx en la presente causa seguida en su contra, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el Artículo 218 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; con fundamento legal en los artículos 44 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; 557 y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Por cuanto en esta misma fecha, este Tribuna.....