DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de los ciudadanos: JHONNY GREGORIO MOYA GOMEZ, de 18 años de edad, Venezolano, cedula de identidad: 21.379.464. Soltero, de profesión obrero, hijo de Jhonny Moya y Yexis Gómez, residenciado en calle nueva del pilar N° 05, Municipio Benítez, Estado Sucre JOSE DANIEL LUGO FERNANDEZ, Venezolano, cédula: 24.133.963, soltero, de profesión obrero, hijo de Daniel Lugo y Carmen Fernández, residenciado en la calle nueva del pilar Nº 03. Municipio Benítez, Estado Sucre ESTEBAN FERMIN GOMEZ RODRIGUEZ. Venezolano, cedula: 24.133.980, soltero, de profesión obrero, hijo de Juana Rodríguez y Esteban Gómez, residenciado en el sector la vena. Municipio Benítez, Estado Sucre .....