Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda con Lugar la solicitud Fiscal y en consecuencia, Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad, a los imputados a los ciudadano RAMÓN ALEJANDRO URBANEJA VILLAFRANCA, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 25.899.801, natural de Cumaná, soltero, de oficio Obrero, nacido en fecha 15-08-1995, hijo de Edgar Urbaneja y Deyanira Villafranca, residenciado en Barrio San Baltasar, ultima Calle, Casa S/N, Cumanacoa Municipio Montes, del Estado, Sucre; y ISMAEL JOSÉ ABREU COLÓN, venezolano, de 22 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 21.425.483, natural de Maracay Estado Aragua, soltero, de oficio obrero, nacido en fecha 01-09-1991, hijo de Yajaira Colon y Jesús Abreu, residenciado en el Pueblo Aricagua, Sector San Agustín, Casa S/N, cerca de la B.....