Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, éste Tribunal Mixto Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, constituído con Escabinos, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al Acusado MIGUEL ANGEL BARCELO, venezolano, de 28 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°: 16.841.421, hijo de Ángel Custodio Aguilera y Elvira Barceló, natural de Carúpano, Estado Sucre, nacido en fecha 23-08-75, de oficio Caletero y vendedor de víveres y residenciado en el sector Los Ranchos, frente al Estadium, casa S/N, Playa Grande, Carúpano, Estado Sucre, del delito de ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS CONTINUADOS, previsto y sancionado en el artículo 377 parte in fine, en concordancia con los artículos 375, ordinal 1° y 99, todos del Código Penal con las agravantes previstas en los ordinales 2° y 9° del artículo 77 ejusdem, que le fuera imputado por la Representaci.....