Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSPENSIÓN CONDICIONAL A LA PROSECUCIÓN DE PROCESO, de conformidad con lo establecido en el articulo 358 y 359 del COPP consistente en MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACION DE LIBERTAD, en contra de RICHARD JOSE GARCIA GUERRA, venezolano, natural de Yoco, de 30 años de edad, nacido en fecha 07-05-1.982, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.694.409, de profesión u oficio agricultor, hijo de Arcadio Garcia y Fucha Guerra, y residenciado en: Calle la Quinta, casa Nº 22 de la población de Yoco Municipio Valdez, estado Sucre, NOEL JOSE GARCIA GUERRA venezolano, natural de Guiria Municipio Valdez, de 33 años de edad, nacido en fecha 03-06-1.979, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.893.255, de profesión u oficio agricultor, hijo J.....