REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Cumaná- Estado Sucre
Cumaná, treinta y uno de enero de dos mil trece
202º y 153º

SENTENCIA

ASUNTO : RP31-L-2011-000217
PARTE ACTORA : GUSTAVO ANTONIO JUSTINIANI GOMEZ
PARTES DEMANDADA: FERRESURTIDORES C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Vista la diligencia presentada por la ciudadana, ELISA VASQUEZ VISCAINO, abogada en ejercicio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 29.596, en su Carácter de apoderada judicial del ciudadano GUSTAVO ANTONIO JUSTINIANI GOMEZ, titular de la cedula de identidad N°4.422.307, manifestando que Desiste del procedimiento intentado contra la ciudadana VIVIANA MUÑOZ CONTE, titular de la cédula de identidad N° 14.038.114, en consecuencia, este Tribunal Segundo de Sustanciación. Mediación y Ejecución del Trabajo, de conformidad con lo establecido en el articulo 263 al 266 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente desistimiento y declara terminado el presente procedimiento intentado contra la ciudadana VIVIANA MUÑOZ CONTE. Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Se le advierte a la parte demandante que, de acuerdo a las disposiciones contenidas en la norma del articulo 130 eiusdem, podrá ejercer el derecho a apelar contra la presente decisión, por ante el Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados a partir de la fecha de la presente decisión.
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La Jueza,

Abg. ZORAIDA LEMUS ROMERO

El secretario

Abg.TEOFILO SALAZAR