Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 479 y 511 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda la REVOCATORIA de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena (Régimen Abierto) al penado JOSÉ GREGORIO ROQUE MARCANO, venezolano, natural de Cumaná Estado Sucre, nacido en fecha 02-11-1987, de 22 años de edad, soltero, obrero, titular de la cédula de identidad Nº 21.398.047, residenciado Bebedero, sector VILLAROSA, casa Nº 50 de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, en consecuencia, se ORDENA SU INMEDIATA CAPTURA, por lo que ha de remitirse dicha orden adjunta a oficio a los Cuerpos de Seguridad del Estado, para que procedan a ejecutar la aprehensión de el citado ciudadano, y una vez aprehendido el penado deberá ser trasladado a la sede del Internado Judicial de esta Ciudad de Cumaná, donde qued.....