REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.
Cumaná, 30 de Abril de dos mil trece (2013) 202º y 154º



ASUNTO: JMS1-S-4425-13
SOLICITANTE: YSBELIA MERCEDES PADRON
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS

Vistas y analizadas las actas que conforman el presente asunto, y revisadas las testimoniales promovidas en la presente solicitud por la ciudadana: YSBELIA MERCEDES PADRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.978.485 domiciliada en el Sector Buenos Aires, Edificio El Pedregal, Piso 01, Apartamento 01, Mariguitar, Municipio Bolívar estado Sucre este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y en virtud de que se encuentran llenos los extremos de Ley, conforme a lo previsto en el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De Cujus JOER JOSE SANCHEZ RONDON (D) quien era titular de la cedula de identidad N° 5.076.379 a favor de su viuda ciudadana YSBELIA MERCEDES PADRON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 9.978.485 a su hija la adolescente Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, venezolana, titular de la cedula de identidad N° 27.494.989 asimismo a los ciudadanos JOER JOSE SANCHEZ CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.817.318, JOER DAVID SANCHEZ CAMACHO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 16.817.318 Y JOER GREGORI SANCHEZ CAMACHO , venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 20.575.222 en su condición de hijos del De Cujus JOER JOSE SANCHEZ RONDON (D). Es por lo que se acuerda devolver estas actuaciones con sus resultas constante de catorce (14) folios útiles. Asimismo se acuerda la expedición de dos (02) juegos de copias certificadas del presente asunto. En Cumana a los treinta (30) días del mes de Abril del Dos Mil Trece (2013). 202º Años de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza

ABG. MARIA EUGENIA GRAZIANI

LA SECRETARIA,
La presente decisión fue publicada en su fecha, siendo las 10:52 a.m.
LA SECRETARIA,
ASUNTO: JMS1-S-4425-13
SOLICITANTE: YSBELIA MERCEDES PADRON
MOTIVO: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
MEG/nai